Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/12/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:

Artículo 1º.- AUTORÍCESE a la señora Marisa Alejandra JOJART, D.N.I.
N 20.426.500, C.U.I.T. N 27-20426500-9, Ingresos Brutos N 211161370, con domicilio en Bv. Guzmán N 169, Córdoba, para que preste por el término de DOS 2 años, un Servicio Especial Restringido con centro en EMBALSE y bajo la denominación de PUPOS TOURS.
Artículo 2º.- AUTORÍCESE la incorporación al servicio otorgado a la señora Marisa Alejandra JOJART, del siguiente parque móvil:

Resolución N 144
Córdoba, 15 de noviembre de 2016
VISTO: El expediente Nº 0048-002362/2016 mediante el cual la empresa EL VALLE TOURS S.R.L. solicita la renovación del permiso de explotación de un Servicio Especial, Obrero y Escolar de transporte de pasajeros, con centro en CORDOBA y bajo la denominación de EL VALLE TOURS S.R.L..
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control y la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión, informan que el requirente ha cumplimentado con las exigencias a verificar por las áreas bajo su jurisdicción para prestar el citado servicio.
Que por su parte el señor Director General de Transporte considera que se encuentran reunidos todos los presupuestos para la viabilidad del pedido, por lo que considera que puede hacerse lugar a lo solicitado.
Que el servicio de transporte Especial, Obrero y Escolar se encuentra normado en el Artículo 9, incisos D, E y F de la Ley N 8669 y correlativos del Decreto Reglamentario N 254/2003 y Artículo 37 de Anexo A del decreto precitado.
Que conforme lo prevé el Artículo 40 inciso E de la Ley N 8669 y correlativos del Decreto N 254/2003, es atribución de la Autoridad de Aplicación conceder el presente permiso, considerando pertinente otorgarlo por el término de DOS 2 años a partir del dictado de la Resolución.
Que en virtud de lo establecido en el Artículo 37 inciso 3 del Anexo A
del Decreto N 254/2003 el tiempo máximo que las unidades puedan ser afectadas a esta modalidad de servicio será establecida por la Autoridad de Aplicación.
Que se trata de un permiso nominativo e intransferible por un plazo fijo, pudiendo ser revocado por Resolución fundada en cualquier momento.
Que por imperio de la normativa citada, el servicio a prestar por esta modalidad debe transponer las zonas urbanizadas de jurisdicción municipal o comunal de la localidad donde tiene su centro. A su vez debe resaltarse que la Ley de Transporte Provincial define al servicio especial como aquel que se realiza
Resolución N 146

AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 253
CORDOBA, R.A., JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

- Marca Mercedes Benz, fecha de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor el 04-01-2006, chasis Nº 9BM3840676B448549, motor Nº 904920U0654413, de 40 asientos, Tacógrafo Digitac 12039, Dominio Nº FHM 364, adjudicándole la Placa Identificatoria Nº ER 3407.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de los Servicios Públicos, pase a la Dirección General de Transporte y archívese.
FDO.: GABRIEL BERMUDEZ, SECRETARIO DE TRANSPORTE

mediante contratación previa en cada caso pactándose las condiciones del viaje, sin recorrido permanente, es decir teniendo como objeto contractual la realización de viajes ocasionales que no sean efectuados con recorridos fijos, predeterminados como línea regular.
Que mediante Resolución N 115/2014 de esta Secretaría, se establece el reordenamiento de los servicios de transporte en la modalidad Especial que se encuentran vencidos o próximos a vencerse, y atento a las constancias obrantes en autos, el permiso que intenta renovase se encontraba vigente al momento del dictado de dicha resolución, por lo que no se encuentra dentro de lo previsto en la misma, por lo que corresponde otorgar un nuevo permiso de explotación.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado bajo el N 0890/2016, en uso de sus atribuciones, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- AUTORÍCESE a la empresa EL VALLE TOURS S.R.L., C.U.I.T. N 30-71193218-2, Ingresos Brutos N 280482226, con domicilio en Miguel de Sesse N 3956, B Talleres Sud, Córdoba, para que preste por el término de DOS 2 años, un Servicio Especial, Obrero y Escolar, con centro en CORDOBA y bajo la denominación de EL VALLE TOURS
S.R.L..
Artículo 2º.- AUTORÍCESE la incorporación al servicio otorgado a la empresa EL VALLE TOURS S.R.L., del siguiente parque móvil:
- Marca Scania, fecha de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor el 08-01-2010, chasis Nº +9BSK4X200++A3648931+, motor Nº 8130716, de 46 asientos, Tacógrafo CONTINENTAL VDO 07218780, Dominio Nº IOD 998, adjudicándole la Placa Identificatoria Nº E 3423.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de los Servicios Públicos, pase a la Dirección General de Transporte de Pasajeros y archívese.
FDO.: GABRIEL BERMUDEZ, SECRETARIO DE TRANSPORTE

Córdoba, 16 de noviembre de 2016

de explotación que le fuera concedido por Resolución N 067/2014, para prestar un Servicio Especial Restringido, con centro en VALLE HERMOSO
y bajo la denominación de POLO TOURS.

VISTO: El expediente Nº 0048-001391/2015 mediante el cual la señora María Alejandra FILIPPA solicita le sea aceptada la renuncia al permiso
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión y la Dirección
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/12/2016 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date22/12/2016

Page count12

Edition count4194

Première édition01/02/2006

Dernière édition06/08/2024

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