Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/03/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

VIERNES 18 DE MARZO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXV - Nº 57
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MINISTERIO DE EDUCACION

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a SECCION

Resolución N 176
Córdoba,16 de marzo de 2016
VISTO: La Ley de Educación Nacional 26.206, la Ley de Educación Técnico Profesional 26.058, la Ley de Educación de la Provincia de Córdoba 9870, las Resoluciones Nº 152/2016, Nº 378/08, Nº 84/11 y Nº 148/13
del Ministerio de Educación;

Y CONSIDERANDO:

Que las acciones que se vienen llevando a cabo en la Provincia de Córdoba referidas a la vinculación de la Educación de Jóvenes y Adultos con el mundo de la producción y el trabajo y formación profesional, se encuentran enmarcadas en nuevas normativas vigentes.
Que la Ley Nacional de Educación en su art. 33 establece que Las autoridades jurisdiccionales propiciarán la vinculación de las escuelas secundarias con el mundo de la producción y el trabajo. En este marco, podrán realizar prácticas educativas en las escuelas, empresas, organismos estatales, organizaciones culturales y organizaciones de la sociedad civil, que permitan a los/as alumnos/as el manejo de tecnologías o brinden una experiencia adecuada a su formación y orientación vocacional Que asimismo en el art 47 se establece que Los programas y acciones de educación para jóvenes y adultos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y de las distintas jurisdicciones se articularán con acciones de otros Ministerios, particularmente los de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de Desarrollo Social, de Justicia y Derechos Humanos y de Salud, y se vincularán con el mundo de la producción y el trabajo.
Que el art. 48 de la citada Ley determina los objetivos y criterios a los que debe responder la organización curricular e institucional de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos planteando en el inciso j Promover la participación de los/as docentes y estudiantes en el desarrollo del proyecto educativo, así como la vinculación con la comunidad local y con los sectores laborales o sociales de pertenencia de los/as estudiantes Que en consonancia con lo expresado, el art. 55 de la Ley de Educación de la Provincia de Córdoba N 9780 conforme a la normativa nacional propicia entre sus objetivos y criterios en el inc. j Promover, a través de la firma de convenios, el desarrollo de proyectos educativos con la participación y vinculación de los sectores laborales o sociales de pertenencia de los estudiantes.
Que la Ley de Educación Técnico Profesional en su art 17 define a la Formación profesional como el conjunto de acciones cuyo propósito es la formación socio-laboral para y en el trabajo, dirigida tanto a la adquisición y mejora de las cualificaciones como a la recualificación de los trabajadores, y que permite compatibilizar la promoción social, profesional y personal con la productividad de la economía nacional, regional y local. Además en BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE EDUCACION

Resolucion N 176 PAG.1
Resolucion N 152 PAG.2
MINISTERIO DE SALUD

Resolucion N 84 PAG.3
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS - ERSEP

Resolucion N 617 PAG.3
Resolucion General N 11 PAG.5
Resolucion General N 10 PAG.6
Resolucion General N 9 PAG.8
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Resolucion N 16 PAG.11
Resolucion N 9 PAG.12
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION

Cronograma de pagos PAG.13

su art. 19 expresa que las ofertas de formación profesional podrán contemplar la articulación con programas de alfabetización o de terminalidad de los niveles y ciclos comprendidos en la escolaridad obligatoria y postobligatoria.
Que los Planes de Estudios vigentes para jóvenes y adultos según las Resoluciones Ministeriales 378/08 Nivel Primario, 84/11 Ciclo Básico y 148/13 Ciclo Orientado Nivel Secundario, contemplan espacios curriculares para la formación para y en el trabajo, particularmente el Área Técnico Profesional en el Ciclo Básico y Ciclo Orientado destacándose en el último tramo del Ciclo Orientado el Espacio de Vinculación con el Sector de la Orientación.
Que en el Área Técnico Profesional se profundizan aquellos saberes que facilitan la inserción, aproximación y reflexión sobre el mundo del trabajo alrededor de tres ejes: las relaciones socioeconómicas productivas y el mundo del trabajo, la perspectiva legal del mundo del trabajo y la formación y preparación para un campo profesional-ocupacional específico Que el Espacio de Vinculación con el Sector de la Orientación plantea hacer efectiva la vinculación con el sector socio-productivo y de servicios, su especificidad consiste en la apertura a los diversos campos ocupacionales relacionados con la Orientación y la realización de prácticas a través de distintos dispositivos considerando como relevante la firma de convenios Que la Resolución Ministerial Nº 263/01 a constituido el marco normativo a través del cual se vienen firmando convenios con entidades sindicales, empresariales, cooperativas, municipios, ministerios, universidades y otros colectivos sociales con los que no solamente se comparte la población destinataria sino además, el objetivo de asumir de manera conjunta
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/03/2016 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date18/03/2016

Page count13

Edition count4192

Première édition01/02/2006

Dernière édition02/08/2024

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