Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/11/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

Resolución Nº 402

Córdoba, 21 de Octubre de 2011

reglamentario de la Ley Nº 7631, lo informado por Contaduría General de la Provincia al Nº 11-937/
11 y de acuerdo con lo dictaminado por el Area Legales de este Ministerio al N 794/11, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE :

VISTO: El expediente Nº 0385-069802/2011, en que se procura la afectación a la Secretaría de Cultura, del inmueble sito en calle Rivera Indarte Nº 55 de esta Ciudad, ocupado por el Espacio Cultural Museo de las Mujeres.
Y CONSIDERANDO:
Que el inmueble de que se trata, se encuentra inscripto a nombre de la Provincia de Córdoba, al Dominio Nº 32.976, Tomo 157, Folio 39.193, Año 1947, Departamento Capital, el que se encuentra asignado a dicha Secretaría, según copia fiel del Acta de Entrega de fecha 17 de marzo de 2010, obrante a fs. 6 de autos.

ARTÍCULO 1º.- AFECTAR a favor de la Secretaría de Cultura el inmueble ubicado en calle Rivera Indarte Nº 55 de esta Ciudad, inscripto en el Registro General de la Provincia al Dominio Nº 32976, Folio 39193, Tomo 157, Año 1947, ocupado por el Espacio Cultural Museo de las Mujeres, dependiente de la citada Secretaría..
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto en el artículo 128 del Decreto N 525/95,
MINISTERIO de INDUSTRIA, COMERCIO y TRABAJO

Resolución Nº 256
Córdoba, 1º de Noviembre de 2011
VISTO: La Resolución Nº 412 de fecha 22 de Octubre de 2009, emitida por este Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el citado instrumento legal se dispuso Establecer que los turnos en que cumplirán sus funciones los agentes dependientes de la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Secretaría de Comercio, que se desempeñan en la Casa Ciudadano sita en calle Alvear 11 de la ciudad de Córdoba, se extenderán en el horario de ocho 8 a catorce 14 horas para el turno mañana, y de catorce 14 a veinte 20
horas para el turno tarde.
Que con fecha 28 de Octubre de 2011, el Director de Jurisdicción de Recursos Humanos de este Ministerio solicita dejar sin efecto el citado instrumento legal, por razones de servicio, obrando el Visto Bueno del señor Subsecretario de Coordinación Administrativa.
Por ello, actuaciones cumplidas y prescripciones normativas del Decreto Nº 321/2008, EL MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 412 de fecha 22 de Octubre de 2009, emitida por este Ministerio, y en consecuencia DISPONER que, a partir del 1º de Noviembre de 2011, los agentes dependientes de la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Secretaría de Comercio de este Ministerio, cumplan sus funciones en el horario de ocho 8 a catorce 14 hs. para el turno mañana y de doce 12 a dieciocho 18 hs. para el turno tarde.
ARTÍCULO 2º.- FACULTAR a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Humanos dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa de este Ministerio, para que, con conocimiento de esta última y de la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial y en base a las necesidades del servicio, determine la nómina de agentes que deberán cumplir sus funciones en el turno mañana y en el turno tarde en la Casa del Ciudadano, de conformidad a las pautas establecidas en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese y archívese.
ROBERTO HUGO AVALLE
MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TRABAJO

CÓRDOBA, 15 de noviembre de 2011

MINISTERIO de EDUCACIÓN

Resolución Nº 634

Córdoba, 7 de noviembre de 2011

VISTO: La nota presentada por la señora Coordinadora de la Biblioteca Provincial de Maestros, por la que solicita la incorporación de la Biblioteca Pedagógica de Morteros a la Resolución Ministerial N 162/09.

Que el acto administrativo cuya ampliación se procura, fue dictado conforme a los antecedentes aportados al efecto, no obstante lo cual procede en esta instancia acceder a lo solicitado, toda vez que el mismo debe adecuarse a la realidad fáctica y jurídica que lo hace idóneo.
Por ello y lo aconsejado a fs. 7 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:

Y CONSIDERANDO:
Que por el art. 2 de dicho instrumento legal, se establece que las bibliotecas pertenecientes a la Red Provincial de Bibliotecas Pedagógicas que se detallan en el Anexo I a dicha resolución, dependan de la Subsecretaría de Promoción e Igualdad y Calidad Educativa, y sean coordinadas por la Biblioteca Cabecera -Biblioteca Provincial de Maestrosde Capital.
Que con posterioridad al dictado de la mencionada resolución, -el día 25 de septiembre de 2010- se creó la Biblioteca Pedagógica de Morteros, motivo por el cual se solicita su incorporación a la Red Provincial de Bibliotecas Pedagógicas.

ARTÍCULO 1º.- AMPLIAR el Anexo I de la Resolución Ministerial N 162/09, incorporando al mismo la Biblioteca Pedagógica de Morteros.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL de EDUCACIÓN MEDIA

Resolución Nº 1764
Córdoba, 2 de noviembre de 2011
VISTO: La necesidad de renovar la integración de las Juntas de Clasificación y de Disciplina, comunes a las Direcciones Generales de Educación Media, de Educación Técnica y Formación Profesional, de Educación Superior, de Regímenes Especiales y de Enseñanza de Adultos; por el vencimiento del término de sus respectivos mandatos; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo preceptuado en el Capítulo XVII Artículos 100 y concordantes del Estatuto de la Docencia Media, Especial y Superior Decreto Ley N 214/E/63 y su Decreto reglamentario N 2397/67, deberá procederse a convocar a elecciones para la constitución de las Juntas de Clasificación, para el desempeño que le asigna el Artículo 110 del precitado Decreto Ley y cuyos miembros serán elegidos por voto secreto y obligatorio del personal docente que se desempeñan en los centros educativos dependientes de las Direcciones Generales referidas precedentemente;
Que ha transcurrido, con creces, la prórroga temporal de la actual constitución de las Juntas de Clasificación y de Disciplina que se dispusiera por Resolución Ministerial N 239/08, de fecha 19/05/08, la que a su vez encuentra fundamento legal en los Decretos N 419/04 y N 505/04;
Que similar convocatoria se dispondrá, conjunta y simultáneamente, para la constitución de la Junta de Disciplina, atento a lo dispuesto en los Artículos N 135, 136 y 138 del Estatuto del Docente y en el Decreto reglamentario del citado Artículo 136 N 2303/72; a la que le corresponden los alcances de los instrumentos legales mencionados en el párrafo que antecede;

Que es competencia de la Dirección General de Educación Media efectuar la convocatoria, determinar la fecha de la elección, designar a los miembros integrantes de la Junta Electoral y tramitar completamente el proceso en cuestión, conforme a lo establecido en los Artículos 3 y 6 del Decreto N 2397/67;
Que la convocatoria deberá ajustarse también a lo establecido en el Decreto N 794/03, en cuanto a la nueva estructura y ordenamiento dispuesto en el mismo;
Que los docentes interinos tendrán el derecho y el deber de votar, en concordancia con lo previsto en el Art. 10 del Decreto N 2397/67;
Que la convocatoria deberá determinar la representación que le corresponde a la mayoría y a la primera minoría, de acuerdo con el Art. 104 del Decreto Ley N 214/E/63 y con el Art. 2 de su Decreto reglamentario N 2397/67;
Por ello y en uso de sus propias atribuciones, EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN MEDIA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º- CONVOCAR a elección de miembros de las Juntas de Clasificación y de Disciplina, comunes a las Direcciones Generales de Educación Media, de Educación Técnica y Formación Profesional, de Educación Superior, de Regímenes Especiales y de Enseñanza de Adultos.ARTÍCULO 2- DISPONER que los miembros a elegir integrarán las:
Junta de Clasificación para la Orientación Economía y Gestión de las Organizaciones.
Junta de Clasificación para la Modalidad Técnica ex Producción de Bienes y Servicios.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/11/2011 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date15/11/2011

Page count9

Edition count4178

Première édition01/02/2006

Dernière édition15/07/2024

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