Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/11/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 15 de noviembre de 2011

Decreto Nº 1779

Córdoba, 18 de Octubre de 2011

VISTO: El expediente N 0051-058253/10/R14 en el que la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, propicia por Resolución Nº 578/11, se autorice la ejecución de los trabajos modificatorios necesarios de efectuar en la obra: NUEVA ESTACIÓN TERMINAL DE
OMNIBUS DE CORDOBA Ciudad de Córdoba Departamento Capital Provincia de Córdoba, consistentes en: 1 Estructura Soporte en boletería y placas de yeso en frente de locales, 2
Nuevas Celdas y modificación de cámara de medición, 3
Estructura soporte para embutido de artefactos en mall, 4 Desvío de cañerías de agua, 5 Reubicación de caño cloacal y 6
Construcción bancos de espera, y se adjudiquen los mismos a la Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A., contratista de la obra principal, por la suma de $ 4.060.911,19.
Y CONSIDERANDO:
Que la inspección actuante produce informe manifestando la necesidad de realizar dichos trabajos no contemplados en el proyecto original, cuya ejecución resulta indispensable para el buen funcionamiento de la Nueva Terminal de Ómnibus.
Que se ha dado intervención a la Dirección de Planificación y Proyectos de la Subsecretaría de Arquitectura, que detalla los trabajos que se propician y expresa que luego del análisis y evaluación de los mismos, considera un cambio de proyecto del que se derivan trabajos adicionales. Posteriormente, la Sección Costos verifica el estudio económico presentado por la contratista, da el visto bueno a todo el análisis de costo de las obras a ejecutar y detalla los montos de los trabajos.
Que la Jefatura de Área Inspecciones y Certificaciones produce Informe expresando que los trabajos adicionales en cuestión han sido aprobados por la Dirección de Obras, Licitaciones y Contrataciones y que ascienden a la suma de $ 4.060.911,19, monto que representa, incluido los adicionales gestionados por Referentes Nros. 9, 10 y 12 del presente expediente, un 22,53%

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BOLETÍN OFICIAL
con relación al presupuesto contractual, estimándose un plazo de ejecución de 60 días.
Que la presente obra será atendida con recursos del Presupuesto de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento ACIF Sociedad de Economía Mixta, en el marco de lo establecido en el artículo 40 del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el año 2011
Ley Nº 9873, en un todo de acuerdo al Convenio de Gerenciamiento y Administración de Proyectos, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y la citada Agencia, cuya copia se incorpora en autos y listado de obras de Arquitectura incluidas y en el que se nomina a la presente.
Que la modificación de obra de que se trata encuadra en las previsiones de los artículos 40 y 41 y 7 inciso f de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Que obra en autos el correspondiente Certificado de Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto N 8/98 y Resolución N 002/
99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, y lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 688/11 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 1460/11
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:

consecuentemente ADJUDÍCANSE los mismos a la Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A., contratista de la obra principal, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES SESENTA MIL NOVECIENTOS ONCE CON DIECINUEVE CENTAVOS $
4.060.911,19 a valores contractuales, estableciéndose un plazo de ejecución de 60 días.
ARTÍCULO 2º.- FACÚLTASE a la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento ACIF - Sociedad de Economía Mixta, a suscribir la Addenda Contractual pertinente, en virtud del Convenio de Gerenciamiento y Administración de Proyectos Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el año 2011 Ley Nº 9873, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y el citado organismo, previo cumplimiento de los recaudos legales pertinentes.
ARTÍCULO 3º.- El EGRESO que demande la ejecución de los trabajos consignados en el Artículo 1º será atendido con recursos de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento ACIF
SEM, conforme lo dispuesto oportunamente en el Convenio mencionado en el artículo precedente.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento ACIF SEM, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Subsecretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.

ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE la ejecución de los trabajos modificatorios necesarios de efectuar en la obra: NUEVA
ESTACIÓN TERMINAL DE OMNIBUS DE CORDOBA Ciudad de Córdoba Departamento Capital Provincia de Córdoba, consistentes en: 1 Estructura Soporte en boletería y placas de yeso en frente de locales, 2 Nuevas Celdas y modificación de cámara de medición, 3 Estructura soporte para embutido de artefactos en mall, 4 Desvío de cañerías de agua, 5 Reubicación de caño cloacal y 6 Construcción bancos de espera, y
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

MINISTERIO de FINANZAS

Resolución Nº 388

Córdoba, 21 de Octubre de 2011

VISTO: El expediente Nº 0025-045451/2011 y sus agregados N 0165-088553/2011, 0011-046921/2011, 0011-046669/2011, 0427-032346/2011, 0427-032345/2011, 0427-031894/2011, y 0011-046573/2011 en que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, propicia la rectificación del Presupuesto General de la Administración Provincial para el año 2011.
Y CONSIDERANDO:
Que en virtud del sostenido aumento en la recaudación Provincial, se ha procedido a realizar un análisis integral de la estimación originalmente prevista en la Ley N 9873.
Que, aplicando el criterio de prudencia establecido en los principios contables generalmente aceptados para el sector público, aprobados por Resolución Ministerial N 377/09, a los efectos del cálculo de los mayores recursos percibidos, se realizó la comparación entre la recaudación mensual efectiva respecto de la estimación mensual en oportunidad de la elaboración del Proyecto de Presupuesto 2011.
Que de dicha comparación surge que se han producido mayores ingresos a los previstos para el primer semestre en el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, por lo que resulta necesario otorgar expresión presupuestaria a dicho incremento.
Que a tal fin, es menester modificar el Cálculo de Ingresos y Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia aprobado por los artículos 1 y 2º de la Ley N 9873 en la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y
SEIS MILLONES NOVECIENTOS MIL $ 996.900.000 lo que incluye el consecuente incremento de los recursos afectados en
concepto de coparticipación impositiva a Municipios y Comunas.
Que asimismo es menester incrementar distintos programas y partidas.
Que en virtud de ello, se propicia una modificación del Presupuesto General en vigencia, en las Erogaciones y Contribuciones Figurativas.

detalle analítico incluido en Planilla que como Anexo II con una 1 foja útil forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- INCREMENTAR el Cálculo de las Contribuciones y Erogaciones Figurativas del Presupuesto Gene ral de la Administración Provincial en vigencia en la suma de PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE
MIL $ 11.569.000 de acuerdo al siguiente detalle:

Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo con los artículos 27, 31, 37 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 822/11, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- INCREMENTAR el Cálculo de Ingresos del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia aprobado por el artículo 2º de la Ley N 9873 en la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS
MILLONES NOVECIENTOS MIL $ 996.900.000.-, de conformidad con el detalle analítico incluido en Planilla que como Anexo I con una 1 foja útil forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- INCREMENTAR el Total de las Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia aprobado por el artículo 1º de la Ley N 9873 en la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES
NOVECIENTOS MIL $ 996.900.000.-, de conformidad con el
CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS
En Pesos
PARTIDA

JURISD.

PROG.

1.40

411

25-01-01

1.50

503

25-01-01

DENOMINACIÓN

INCREMENTO

De Organismos y Programas que Integran el Ppto General De Organismos y Programas que Integran el Ppto General
10.000.000

TOTAL

11.569.000

1.569.000

EROGACIONES FIGURATIVAS
En Pesos JURISD.

PROG PARTIDA

1.40

408

20-01-04

1.70

708

20-01-03

DENOMINACIÓN

Cuentas Especiales o Recursos Afectados
INCREMENTO

1.569.000

Dirección de Vivienda
10.000.000

TOTAL

11.569.000

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/11/2011 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date15/11/2011

Page count9

Edition count4173

Première édition01/02/2006

Dernière édition05/07/2024

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