Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/09/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 220

VIVIENDAS EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA
ZONA SUR BARRIOS: VILLA ANGELELLI, SAN
ANTONIO, LAS LILAS, SAN LUCAS, JUAN
PABLO II Y CIUDAD DE MIS SUEÑOS DEPARTAMENTO: CAPITAL, con la Empresa TRATAMIENTO DE AGUAS Y EFLUENTES S.A., por la suma de PESOS SETECIENTOS
CINCUENTA Y TRES MIL CATORCE CON
OCHENTA Y OCHO CENTAVOS $ 753.014,88.

ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS
CINCUENTA Y TRES MIL CATORCE CON
OCHENTA Y OCHO CENTAVOS $ 753.014,88, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración dependiente de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido N 2011/000507, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 505-005,
CÓRDOBA, 26 de setiembre de 2011

Partida 12.05.00.00 del P.V. 125.502,48
Presupuesto Futuro Año 2012. $ 376.507,44
Presupuesto Futuro Año 2013 $ 251.004,96
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Subsecretario de Recursos Hídricos dependiente de este Ministerio a suscribir el contrato pertinente, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos legales correspondientes.

ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Subsecretaría de Recursos Hídricos a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS

PODER

Ejecutivo Decreto Nº 1252

Córdoba, 5 de Agosto de 2011

VISTO: El Expediente Nº 0435-061100/11, registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos.

cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º por la suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000.-, a Jurisdicción 1.25 Área Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, de acuerdo al siguiente detalle: Programa 251-001, Partida Principal 6, Parcial 01, Subparcial 99, Detalle 00 Otras Transferencias a Municipios y Entes Comunales N.C. del P.V.

Departamento
ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentos y Fiscal de Estado.

ARTÍCULO 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Pedanías Dolores Rosas San Javier Luyaba Talas
San Javier
Y CONSIDERANDO:
Que los señores Elio Aldo Manrique y Dr. Augusto Omar Pastore, en su carácter de Intendente y Secretario de Infraestructura y Relaciones Institucionales de la Municipalidad de Freyre, solicitan el otorgamiento de una ayuda económica destinada a solventar los gastos que ocasionará la organización de la 48 Edición de la Fiesta Nacional del Sorgo y la Cosecha Gruesa, la que se llevará a cabo en la localidad de Freyre el próximo 12 de Noviembre de 2011.
Que se acompañan Declaraciones Juradas de los funcionarios citados, mediante la cual se responsabilizan de la recepción, administración y rendición de cuenta en tiempo y forma de los fondos solicitados la que deberán cumplimentar ante la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos en el término de treinta 30 días, a partir de la percepción de los mismos.
Que luce en autos el Visto Bueno del señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentos propiciando el otorgamiento de la ayuda económica peticionada por la suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000..
Que se adjunta el Documento de Contabilidad, Nota de Pedido Nº 2011/000114, a efectos de atender la erogación de autos.
Por ello, lo dispuesto por el Decreto N 2174/07 ratificado por Ley N 9454 Capítulo IV, Artículo 22; Artículo 80 de la Ley N 9086, Ley N 9873, las facultades conferidas por el artículo 144, inciso 1
de la Constitución Provincial, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos bajo el Nº 384/11 y por Fiscalía de Estado bajo N 0889/10 casos similares EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE un subsidio no reintegrable por la suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000.-, a favor de la Municipalidad de Freyre, con domicilio en Bv. Belgrano N 267 de dicha localidad, Departamento San Justo de la Provincia de Córdoba, destinado a solventar gastos que demandará la realización de la 48 Edición de la Fiesta Nacional del Sorgo y de la Cosecha Gruesa, la que se llevará a cabo en la localidad de Freyre el próximo 12 de Noviembre de 2011.
ARTÍCULO 2º.- DESÍGNASE a los señores Elio Aldo Manrique D.N.I. Nº 6.441.719 y Dr. Augusto Omar Pastore D.N.I. Nº 22.266.935, en su carácter de Intendente y Secretario de Infraestructura y Relaciones Institucionales de la Municipalidad de Freyre, fijando domicilio en el del ente municipal que representan, responsables de la recepción, correcta inversión y rendición de cuenta de los fondos, quienes deberán cumplir dicha obligación en el plazo de treinta 30 días a partir de la percepción de los mismos por ante la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos sita en calle 27 de Abril N
172, 4to. piso de la ciudad de Córdoba.
ARTÍCULO 3º.- IMPÚTASE el egreso que demande el
ARTÍCULO 5.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

MINISTRO

CARLOS MARIO GUTIERREZ
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto Nº 1433

Córdoba, 2 de setiembre de 2011

VISTO: El Expediente Nº 0436-058842/11, registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos.
Y CONSIDERANDO:
Que obra nota dirigida al señor Secretario de Agricultura, manifestando que en el Decreto N 723/11 se omitió incluir en su Art. 1 a los productores ganaderos afectados por sequía del Departamento San Javier.
Que el citado Departamento fue considerado en el Acta de Reunión de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria como también por dicha área e incluido en el Proyecto de Decreto.
Que el Secretario de Agricultura solicita incluir al departamento San Javier en el Decreto de Emergencia Agropecuaria por Sequía.
Que, siendo la omisión incurrida un error material involuntario, no existe obstáculo legal alguno para hacer lugar a la gestión propiciada.
Por todo ello, las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos bajo Nº 565/11 y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- AMPLÍASE, el Artículo 1 del Decreto N 723/
2011 a los productores ganaderos afectados por sequía durante el período Septiembre 2010 Marzo 2011 que desarrollen su actividad en las Pedanías y Departamento que se enumeran a continuación:

CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

MINISTRO

CARLOS MARIO GUTIERREZ
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto Nº 1070

Córdoba, 4 de Julio de 2011

VISTO: El expediente Nº 0047-015620/10, en el que la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, propone por Resolución Nº 208/11, se adjudique en forma directa la ejecución de los trabajos de la obra:
REPARACIONES GENERALES en los edificios de los establecimientos que a continuación se detallan: ESCUELA ESPECIAL BLANCA FEIT, ubicada en Avenida Don Bosco Nº 3950
Barrio Las Palmas Demolición y ejecución de nuevos pisos;
ESCUELA PROFESOR ATILIO ARGELLO, ubicada en calle Llaquelén Nº 5100 Barrio Parque República Ejecución de instalación eléctrica Instalación sanitaria parcial Cubierta de techos y reparación de cielorrasos, y ESCUELA ESPECIAL MARÍA
MONTESSORI, ubicada en calle Perú Nº 1751 Barrio Parque San Francisco Cubierta de techos e instalación eléctrica, todos de la Ciudad de Córdoba Departamento Capital, a la firma SCALA
EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L., por la suma de $
2.138.487,99.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos Decreto Nº 814/10, por el cual se crea el Fondo de Reparación y Construcción de Escuelas II Etapa, destinado a atender las necesidades edilicias de los establecimientos escolares públicos de Capital e Interior, dependientes del Ministerio de Educación, adjuntándose listado de establecimientos en estado de Emergencia Edilicia, entre los que se encuentran la ESCUELA
ESPECIAL BLANCA FEIT, la ESCUELA PROFESOR ATILIO
ARGELLO, y la ESCUELA ESPECIAL MARÍA MONTESSORI.
Que a tenor de los informes técnicos obrantes en autos y de la situación de emergencia manifiesta, la contratación en la forma que se propicia encuentra sustento legal, en cuanto a su modalidad y procedencia, en las previsiones del artículo 7º, Inciso b de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Que la Subsecretaría de Arquitectura ha aprobado la documentación Técnica compuesta de Memoria Descriptiva, Planos, Pliego General de Especificaciones Técnicas, Presupuesto y Pliego Particular de Condiciones la que corre agregada en las presentes actuaciones.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/09/2011 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date26/09/2011

Page count10

Edition count4187

Première édition01/02/2006

Dernière édition26/07/2024

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