Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/09/2011 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
BOLETÍN OFICIAL
CÓRDOBA, 29 de setiembre de 2011
1
SECCIÓN
AÑO XCIX - TOMO DLX - Nº 184
CORDOBA, R.A., JUEVES 29 DE SETIEMBRE DE 2011
PUBLICACIONES
SECRETARÍA DE
GOBIERNO
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER
Educación Resolución Nº 797
DE
Legislativo Córdoba, 16 de agosto de 2011
VISTO: Las actuaciones presentadas por el Director Artístico del Proyecto ANIMA 2011, en las que solicita se declare de Interés Educativo el VI Festival Internacional de Animación de Córdoba , que bajo la organización del Centro Experimental de Animación CEAn del Departamento de Cine y Televisión de la Universidad Nacional de Córdoba, y la Cátedra de Animación de la Universidad Nacional de Villa María, se llevará a cabo del 6 al 8 de octubre de 2011, en la ciudad de Córdoba;
Laboulaye / Departamento Roque Sáenz Peña
Construcción del edificio para el centro educativo Leonor de Tejeda LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Y CONSIDERANDO:
Que el Festival constituye un evento académico y cultural, dedicado específicamente a la animación en sus dimensiones artísticas y tecnológicas, y que tiene como principal objetivo reunir individuos creativos dedicados al arte y al oficio de la animación, que se desempeñan en trabajos relacionados a las artes, las industrias culturales, las industrias del entretenimiento, los medios y la educación, tanto del ámbito público como privado.
Que propone como eje temático para esta edición: Formas de animación en América Latina y el Caribe, y prevé la realización de seminarios, talleres, mesas de escuelas de animación, charlas y conferencias y un foro académico, todo a cargo de referentes de reconocida trayectoria.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Ministerial N 118/2006;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo el VI
Festival Internacional de Animación de Córdoba, que bajo la organización del Centro Experimental de Animación CEAn del Departamento de Cine y Televisión de la Universidad Nacional de Có ;rdoba, y la Cátedra de Animación de la Universidad Nacional de Villa María, se llevará a cabo del 6
al 8 de octubre de 2011, en la ciudad de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. DELIA M. PROVINCIALI
SECRETARIA DE EDUCACIÓN
Ley: 9986
ingresará al dominio público de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 3º.- El Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido en el artículo 1º de la presente Ley.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
ARTÍCULO 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los siguientes inmuebles ubicados en la ciudad de Laboulaye, Pedanía La Amarga, Departamento Presidente Roque Sáenz Peña:
a Lote 01: que es parte Noroeste de la Quinta Tres, Sección A y mide cincuenta metros 50,00 m de Norte a Sur por veinte metros 20,00 m de Este a Oeste, con una superficie de un mil metros cuadrados 1.000,00 m. Está inscripto en el Registro General de la Provincia bajo el asiento de Dominio Nº 21.307, Folio Nº 29.038, Tomo 117 del año 1975 y su nomenclatura catastral es: Departamento 22, Pedanía 01, Pueblo 07, Circunscripción 02, Sección 01, Manzana 033, Parcela 001, y b Lote 03: que es parte Noroeste de la Quinta Tres, Sección A y mide cincuenta metros 50,00 m de Norte a Sur por veinte metros 20,00 m de Este a Oeste, con una superficie de un mil metros cuadrados 1.000,00 m. Está inscripto en el Registro General de la Provincia bajo el asiento de Dominio Nº 21.307, Folio Nº 29.038, Tomo 117 del año 1975 y su nomenclatura catastral es: Departamento 22, Pedanía 01, Pueblo 07, Circunscripción 02, Sección 01, Manzana 033, Parcela 003.
ARTÍCULO 2º.- Los inmuebles que se declaran de utilidad pública y sujetos a expropiación por la presente Ley serán destinados a la construcción del edificio para el funcionamiento del Centro Educativo Leonor de Tejeda -niveles inicial y primariodependiente del Ministerio de Educación, el que
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA
PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS
DIECISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL ONCE.
SERGIO SEBASTIÁN BUSSO
PRESIDENTE PROVISORIO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 1384
Córdoba, 2 de setiembre de 2011
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por Ley de la Provincia Nº 9986.
Cúmplase.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la Dirección General de CONTINÚA EN PÁGINA 2