Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/09/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

RESOLUCION N 200 14/04/2011 - AUTORIZAR la incorporación de la unidad al servicio que presta el señor Néstor Jesús PADRON, cuyos datos identificatorios se detallan: - Marca Mercedes Benz, modelo del año 2007, chasis Nº 8AC9046637A961348, motor Nº 611.981-70-060781, de 19 asientos, Tacógrafo Digitac 16859, Dominio Nº GAU 463, adjudicándole la chapa MOP Nº E 2322. S/expediente Nº 0048.178664/11.RESOLUCION N 201 14/04/2011 - AUTORIZAR la incorporación de la unidad al servicio que presta la señora Aurora Genoveva VIGIL, cuyos datos identificatorios se detallan: - Marca Mercedes Benz, modelo del año 2004, chasis Nº 8AC9046635A923857, motor Nº 611.981-70-022916, de 19 asientos, Tacógrafo Digitac 13766, Dominio Nº ERP 193, adjudicándole la chapa MOP Nº E 2323. S/expediente Nº 0048.178688/11.RESOLUCION N 202 14/04/2011 - AUTORIZAR la incorporación de la unidad al servicio que presta el señor Miguel Ángel ARANA, cuyos datos identificatorios se detallan:
- Marca Fiat, modelo del año 2010, chasis Nº 93W245G84B2060318, motor Nº 7084264, de 14 asientos, Tacógrafo Digitac 21641, Dominio Nº JJW 965, adjudicándole la chapa MOP Nº E 2324. S/expediente Nº 0048.178672/11.RESOLUCION N 203 14/04/2011 - AUTORIZAR la incorporación de la unidad al servicio que presta el señor Roque Eduardo HERRERA, cuyos datos identificatorios se detallan:- Marca Renault, modelo del año 2008, chasis Nº 93YADCUH58J953760, motor Nº G9UA724C037431, de 11 asientos, Tacógrafo Digitac 10494, Dominio Nº HAB
767, adjudicándole la chapa MOP Nº E 2321. S/expediente Nº 0048.178649/11.RESOLUCION N 204 14/04/2011 - AUTORIZAR la incorporación de la unidad al servicio que presta el señor Bruno Alberto MURUA, cuyos datos identificatorios se detallan: - Marca Peugeot, modelo del año 2011, chasis Nº 936ZCXMNCB2065491, motor Nº 7093124, de 15 asientos, Tacógrafo Digitac 10602, Dominio Nº JPF 429, adjudicándole la chapa MOP Nº ER 2320. S/expediente Nº 0048.178648/11.SUB SECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS
RESOLUCION N 062 - 18/02/2011 - APROBAR el Legajo Técnico de la obra:
DISPOSICIÓN FINAL DE LÍQUIDOS CLOACALES TRATADOS EN LA PLANTA DE
TRATAMIENTO BARRIO CIUDAD DE LOS NIÑOS ESTACIÓN JUÁREZ CÉLMAN
DEPARTAMENTO COLÓN, compuesto de 1 Memoria Descriptiva y Memoria Técnica;2Pliego Particular de Especificaciones Técnicas; 3 Cómputo y Presupuesto;
y 4 Planos, obrante a fs. 4/72 de estas actuaciones. ADJUDICAR en forma directa a la MUNICIPALIDAD DE ESTACION JUAREZ CELMAN DPTO. COLON, por la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS $ 380.200,00, conforme las cláusulas establecidas en el Convenio obrante a fs. 75 de autos, el que como Anexo I
forma parte integrante de la presente.- S/ expediente nº 0416-060566/10
RESOLUCION N 063 22/02/2011 - INCORPORAR el área territorial del Barrio PARQUE UNIVERSIDAD al sector del radio servido por la Concesionaria Aguas Cordobesas S.A., poniendo a disposición de la misma el servicio y las instalaciones inherentes, con los alcances y condiciones previstos en el Contrato de Concesión del Servicio de Provisión de Agua Potable a la ciudad de Córdoba. Oportunamente se firmará el Acta correspondiente, en la que se fijarán las condiciones de la transferencia a la concesionaria, a partir de la cual esta asumirá las responsabilidades y derechos para esta zona concedida en un todo de acuerdo al aludido contrato.- S/ Expediente nº 0416-058461/10.-

RESOLUCION N 064 23/02/2011 - AUTORIZAR EN FORMA PRECARIA al establecimiento, propiedad de la firma MULTICOR S.A., ubicada en Avenida Las Malvinas N 4550 de esta Ciudad de Córdoba, el vertido de efluentes líquidos cloacales, previamente tratados, al subsuelo a través de dos pozos absorbentes, ubicados dentro del predio de emplazamiento del mencionado establecimiento, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes.-La presente autorización considera un caudal total de líquidos residuales, previamente tratados, de 1.36 m3/día. Las futuras modificaciones en las instalaciones del establecimiento, que hagan variar el caudal declarado en la presentación efectuada por el recurrente, deberá ser comunicado en tiempo y forma a esta Repartición Provincial.-La documentación técnica presentada con relación al sistema de tratamiento y disposición final de los efluentes del establecimiento, es responsabilidad mancomunada del profesional interviniente y de la firma propietaria del establecimiento. Asimismo, el adecuado mantenimiento es responsabilidad de ésta última. Cualquier otra modificación y/o ampliación que sea necesario efectuar en las instalaciones deberá comunicarse a esta Repartición con una antelación de 30 treinta días a la fecha efectiva de su concreción, a los fines de realizar el análisis pertinente.-Establecimiento, propiedad de la firma MULTICOR S.A., ubicada en Avenida Las Malvinas N 4550 de esta Ciudad de Córdoba, deberá por sí mismo fiscalizar y monitorear las instalaciones, sistema y efluentes que se generen en el mismo, con la obligación de informar de ello a esta Repartición Provincial con una periodicidad anual para el caso de los efluentes líquidos de naturaleza cloacal.-Sin
CÓRDOBA, 23 de setiembre de 2011

perjuicio de las obligaciones de autocontrol impuestas establecimiento, propiedad de la firma MULTICOR S.A., ubicada en Avenida Las Malvinas N 4550 de esta Ciudad de Córdoba, personal del Área de Preservación y Control del Recurso, cuando lo estime necesario, efectuará inspecciones periódicas con tomas de muestras de los líquidos residuales cloacales e industriales, vertidos al subsuelo, quedando las costas de las determinaciones analíticas a cargo de la firma MULTICOR S.A.. La calidad de los mismos, deberá adecuarse en todo momento a las condiciones de volcamiento, fijadas en el Anexo III de las Normas para la Protección de los Recursos Hídricos Superficiales y Subterráneos, vigentes actualmente en la Provincia y aprobadas mediante el Decreto N: 415/99 LIMITES MÁXIMOS ADMISIBLES PARA LAS DESCARGAS DE EFLUENTES
LIQUIDOS A POZO ABSORBENTE Por tal motivo deberá contar con las correspondientes cámaras de muestreo y aforo, cuyas características de construcción e instalación deberán ajustarse a las especificadas en el Anexo II del Decreto 415/99.El establecimiento, propiedad de la firma MULTICOR S.A., deberá llevar planillas de registro de extracción de sólidos y barros, generados en la limpieza de las unidades de tratamiento de los efluentes líquidos Cloacales. En dichas planillas deberá constar el nombre de la empresa que preste el servicio, la fecha de la operación, los volúmenes extraídos y el destino final de los mismos. Esta documentación deberá estar a disposición de esta Repartición Provincial cuando sean requeridas.En caso de verificarse el incumplimiento a lo exigido en la presente, se dará de baja a la Autorización precaria y se aplicarán las sanciones legales, que les pudiere corresponder, previstas en el Código de Aguas de la Provincia de Córdoba.-Comprobado el cumplimiento de lo expresado en los artículos de la presente Resolución, como así mismo las pautas establecidas en el Decreto 415/99 y su modificatoria realizada a través del Decreto 2711/01, se otorgará la AUTORIZACIÓN CONDICIONAL de descarga de efluentes líquidos tratados, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en los Decretos precedentemente mencionados.-Se deja constancia que, cuando la Municipalidad de la localidad de Córdoba u otro organismo o empresa autorizada, proceda al tendido de la red cloacal en la zona, el establecimiento, propiedad de la firma MULTICOR S.A., en caso de contar con factibilidad técnica de conexión, deberá proceder a concretar dicha operación, cegando los pozos absorbentes que se dejen fuera de uso e informando de tal situación en tiempo y forma a esta Repartición Provincial.El establecimiento, propiedad de la firma MULTICOR S.A., deberá abonar anualmente a la Provincia el Canon de uso del cuerpo receptor, establecido en el Decreto N 415/99
y su modificación efectuada a través del Decreto N 2711/01, el cual de acuerdo a los valores vigentes asciende a la suma de $ 900,0 Pesos Novecientos. Del primer período que se facture se deberá descontar la suma de $ 420,0 Pesos Cuatrocientos veinte.Esta Repartición Provincial recuerda al establecimiento, propiedad de la firma MULTICOR S.A., lo expresado en los Artículos N: 9.32 y 9.33, respectivamente, del Decreto 415/99: El propietario del establecimiento deberá abonar previamente a la SS.R.H., en concepto de Derecho de INSPECCION un monto equivalente al 30% del canon de uso establecido en la presente normativa. En caso de ser necesaria una nueva inspección, por incumplimientos imputables al propietario, éste deberá abonar previamente en concepto de una nueva inspección, un monto equivalente al 40% del citado canon y Para establecimientos ubicados a una distancia superior a los 20 Km.
del radio Capital de la Ciudad de Córdoba, además de los gastos señalados en el punto 9.32 del presente, el propietario de la industria, deberá abonar los gastos que se originen en concepto de movilidad y viáticos que correspondieran.- Esta Repartición de la Provincia se reserva el derecho de determinar la caducidad de la autorización o de exigir el cambio de destino de los efluentes líquidos, así como la modificación y/o ampliación de las exigencias para la descarga, cuando las condiciones de éstos o del cuerpo receptor así lo hagan necesario. Considerando las circunstancias del caso, se podrá llegar hasta determinar la prohibición de vuelco de los efluentes líquidos al subsuelo y/o la clausura de las instalaciones de vertido.-Los daños que se generen a terceros, cosas o bienes, originados a causa del sistema optado para el tratamiento, el inadecuado o falta de mantenimiento de las unidades que componen este sistema y la disposición final de los efluentes líquidos, serán de exclusiva responsabilidad de la firma propietaria del establecimiento.-Los criterios anteriores no invalidan otras exigencias de los restantes Organismos Oficiales de la Provincia con competencia en materia ambiental.- S/ Expediente n 0416-045622/06.-

RESOLUCION N 065 23/02/2011 - AUTORIZAR EN FORMA PRECARIA al establecimiento de propiedad de la firma MOLINO PASSERINI S.A.I.C. Fraccionamiento de Cereales, CUIT: 30-54158861-9 y ubicado en Av. De Circunvalación N: 1288 del B Villa Eucarística, a descargar, únicamente, sus líquidos residuales cloacales, previamente tratados, al subsuelo a través de tres Pozos Absorbentes, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes.-La presente Autorización Precaria considera un caudal total de líquido residual tratado de 3,475 m3/día. Las futuras modificaciones que hagan variar el tipo de líquido residual y el caudal declarado en la presentación efectuada por el establecimiento de propiedad de la firma MOLINO
PASSERINI S.A.I.C., deberá ser comunicado en tiempo y forma a esta Repartición Provincial.- La documentación técnica presentada con relación al sistema de tratamiento y disposición final de los efluentes del establecimiento, es responsabilidad mancomunada del profesional interviniente y de la firma MOLINO PASSERINI S.A.I.C.
Asimismo el adecuado mantenimiento es responsabilidad de ésta última. Cualquier modificación y/o ampliación que sea necesaria efectuar en las instalaciones

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/09/2011 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date23/09/2011

Page count12

Edition count4175

Première édition01/02/2006

Dernière édition10/07/2024

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