Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/09/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 14 de setiembre de 2011

DIRECCIÓN GENERAL DE

Tesorería y Crédito Público Resolución Nº 10
Córdoba, 11 de julio de 2011
VISTO: El Expte. 0002-021582/2000 en el que se tramita el pago a favor de los sucesores de Eduardo Raúl CAMPOS de los intereses en relación al pago efectivizado en concepto de indemnización por accidente de trabajo.
Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución 223/08 del Ministerio de Gobierno, se dispuso hacer lugar al reclamo formulado por la peticionante en relación al accidente de trabajo que sufriera Eduardo Raúl CAMPOS el 24 de febrero de 2000 y que ocasionara su deceso, autorizar el pago del capital y disponer que los intereses sean atendidos por la Dirección de Tesorería General y Créditos Públicos.
Que en la resolución citada se dispuso el pago de dos sumas diferentes, correspondientes ambas a diversos conceptos: por un lado, la suma de $
50.000 en concepto de compensación dineraria adicional de pago único art. 11 apartado 4 de la
Ley 24.557; y por otro lado $ 76.892,26 en concepto de prestación de pago mensual complementaria a la correspondiente al régimen previsional art. 15 apartado 2, 2º párrafo de la misma norma.
Que la segunda de las sumas previstas se abonó antes de su vencimiento, toda vez que ese total corresponde a la renta periódica prevista en la Ley 24557 para los casos de incapacidad total o de fallecimiento de la víctima de un infortunio laboral, y la Provincia optó por abonarla en un pago único.
Que, por ello, la única suma que devenga intereses moratorios es la de $ 50.000, y sobre ella deberán realizarse el cálculo y la imputación.
Que el pago fue efectivizado el día 02 de diciembre de 2009, según consta en la boleta de depósito obrante en copia auténtica a fs. 127, a la orden del Juzgado de Primera Instancia y 48º Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, para los autos CAMPOS, EDUARDO RAUL DECLARATORIA DE
HEREDEROS EXPTE. 286905/36.
Que los intereses deben ser calculados desde la fecha del accidente y hasta la fecha de efectivo pago, y el pago debe ser hecho mediante depósito
SECRETARÍA GENERAL DE LA

EL TESORERO GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERIA Y
CREDITOS PUBLICOS
RESUELVE:
I HACER lugar al reclamo y, consecuentemente, disponer el pago a favor de los sucesores de Eduardo Raúl CAMPOS, mediante depósito en el Banco de la Provincia de Córdoba Sucursal Tribunales a la orden del Juzgado de Primera Instancia y 48º Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, para los autos CAM-

POS, EDUARDO RAUL DECLARATORIA DE
HEREDEROS EXPTE. 286905/36, de la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y SEIS CON TRES CENTAVOS $
31.996,03 en concepto de intereses por el accidente de trabajo acaecido el día 24 de febrero de 2000 y que ocasionara su deceso, calculados al 07 de junio de 2011.
II IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento del artículo anterior a la Jurisdicción 1.70 Gastos generales de la Administración Programa 712-000 / 5.99.00.00 del P.V.
III AUTORIZAR al Servicio Administrativo de la Dirección de Tesorería General y Créditos Públicos a abonar las diferencias que pudieren surgir en concepto de intereses hasta la fecha de efectivo pago.
IV PROTOCOLICESE, dese intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ARMANDO GARCÍA
DIRECTOR DE JURISDICCIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE
TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO

MINISTERIO DE

Gobernación Resolución Nº 570

judicial para el mismo juzgado y autos citados.
Que la tasa de interés para el capital cuyo pago se tramita en autos, es la del 6% anual, conforme lo dispone el Decreto 9218/80.
Por ello, conforme a las atribuciones que otorga la Ley 7850 en su artículo 41, y con fundamento en los artículos 509, 622, 624, 776, 777 y correlativos del Código Civil, 11 apartado 4 de la Ley 24.557, 18 apartado 2 de la Ley 24.557 y 53 de la Ley 24.241, Decreto 9218/80 y Resolución 223/08 del Ministerio de Gobierno; y atento al Informe 009/11 de la División Asuntos Legales y a la nota de pedido Nº 2011/000041,
Obras y Servicios Públicos Córdoba, 4 de julio de 2011

Resolución Nº 97

Córdoba, 29 de Abril de 2011

Expediente Nº 0053-062018/11
VISTO: El expediente N 0165-088511/2011 del Registro de la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.

VISTO: este expediente en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros y en el Plan de Inversiones Públicas asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, Ley 9086 y Decreto 150/04 y modificatorios.
Y CONSIDERANDO:

Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto Nº 150/04 Reglamentario de la Ley Nº 9086, modificado por Decreto N 1966/2009, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N 9086.

Que por Decreto 1966/09 se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos, fuentes de financiamiento, plazos, alcance y toda otra que corresponda en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que, asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial Nº 9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 250/11,
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y la normativa citada;
EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- FORMALÍZANSE las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el reporte compactado, que incluye los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nros. 17, 18, 19, 20, 21 y 22 que como Anexo I, compuesto de diez 10 fojas útiles, forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

ARTÍCULO 1º.- FORMALIZAR las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros y las adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el reporte compactado, que incluye las compensaciones de recursos financieros Nros. 8 y 9 Subsecretaría de Vivienda 6,7 y 8 Dirección Provincial de Vialidad 8, 9, 10, 11, 12 y 13 Área Central del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, correspondientes al mes de abril de 2011, que como Anexo I, compuesto de DOCE 12 fojas, forma parte integrante de la presente Resolución, y las Planillas de adecuación del Plan de Inversiones Públicas, que constan en autos.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Legislatura y a la Contaduría General de la Provincia, dese intervención a la Subsecretaría de Vivienda, a la Dirección Provincial de Vialidad, al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/09/2011 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date14/09/2011

Page count11

Edition count4194

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Dernière édition06/08/2024

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