Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/12/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 10 de diciembre de 2010

1

SECCIÓN

PUBLICACIONES

AÑO XCVIII - TOMO DLI - Nº 231
CORDOBA, R.A., VIERNES 10 DE DICIEMBRE DE 2010

GOBIERNO

DE

MINISTERIO de AGRICULTURA, GANADERÍA y ALIMENTOS

TRIBUNAL SUPERIOR de JUSTICIA

Constituyen la Unidad Ejecutora Provincial U.E.P.
contingencias climáticas y/o emergencias por inundaciones, sequías o incendios cuya actividad principal sea la ganadería. La primer selección de beneficiarios la efectuara la Comisión Local del plan ganadero que funciona en el ámbito de la Secretaría de Ganadería, el listado será puesto posteriormente a consideración de la Unidad Ejecutora, cuya creación se persigue por el presente instrumento.
Que por razones de especificidad de la materia y siendo la Secretaría de Gana dería la responsable técnica de los pro yectos específicos aprobados, resulta conveniente que la unidad ejecutora sea presidida por el Secretario de Ganadería Dr. Daniel Carignano ya que posee conocimientos y experiencia relacionada con la temática en cuestión, quien deberá ser asistido por los demás técnicos del área en la forma que este disponga asegurando el cumplimiento de los ob jetivos. Participará asimismo de la unidad, con voz y voto en todos los casos, el Coordinador General de ase sores téc nicos que sea designado en su mo mento.
Que la Unidad Ejecutora Provincial ac tuará en consulta a los fines de la selección de los asesores y ca paci tadotes, juntamente con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria INTA y la Mesa Provincial de Ganados y Carnes y deberá elevar a este Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, cada noventa días 90 la eva luación que realice con relación al a vance del programa.
Por ello, en cumplimiento de los Convenios Marco y Específico relacio nados con el Plan Federal del Bicen tenario
Acuerdo Reglamentario Nº 1038 - Serie A. En la ciudad de CORDOBA, a veintinueve del mes de noviembre del año dos mil diez, con la Presidencia de su titular Señora Vocal Dra. María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia Doctores María Esther CAFURE
de BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI y Carlos Francisco GARCÍA ALLOCCO, con la asistencia de la Señora Directora del Área de Administración a cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND DE MUÑOZ COLLAZOS y ACORDARON:
Y VISTA: La necesidad de agilizar la recepción y derivación de las denuncias en materia de violencia familiar Ley 9283 en el Centro Judicial de la Ciudad de Alta Gracia, correspondiente a la Primera Circunscripción.
Y CONSIDERANDO: 1.- Que la experiencia recogida con motivo de la puesta en funcionamiento en la ciudad de Córdoba de la mesa de recepción de denuncias de los Juzgados de Familia y Menores en materia de violencia familiar Acuerdo Reglamentario Nº 816 Serie A del 10-04-06 y la implementada en otras circunscripciones, ha puesto en evidencia la necesidad de replicar dichas oficinas en aquellos centros judiciales que observen índices significativas de denuncias de la ley 9283.
Se tiende con ello, dentro de las posibilidades presupuestarias, a descongestionar los Juzgados de Familia y Menores en la recepción de denuncias en días hábiles, atento el significativo flujo de presentaciones generadas desde la entrada en vigencia de la citada ley 13/03/06, las que han llevado a estos tribunales a exigencias límites en la prestación funcional.
2.- Los tribunales de la ciudad de Alta Gracia presentan una alta conflictividad doméstica. Procurando asistir esta labor, se estima conveniente la creación de una mesa de recepción de dichas presentaciones, que, a la par de aliviar a los tribunales en la tarea, servirá de nexo entre el ciudadano y el juzgado que habrá de entender en las cuestiones de que se trata.
Por ello y lo dispuesto por los artículos 166 inc. 2 de la Constitución Provincial y 12 incs. 1, 32 y 33 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia N 8435, SE RESUELVE: Articulo 1.- CRÉASE la Mesa de Entradas de los Tribunales de Familia y Menores de la Ciudad de Alta Gracia, perteneciente a la Primera Circunscripción, para la atención al público, recepción y remisión al tribunal competente de las denuncias previstas por la Ley 9283
de Violencia Familiar.
Esta oficina dependerá de los Señores Jueces de Familia y Menores en turno de dicha ciudad, bajo la coordinación de un Prosecretario Letrado y contará con la dotación de empleados que se le asigne.
Los señores Jueces en coordinación, podrán ampliar las tareas a cargo de dicha oficina, estableciendo individualmente el alcance de las mismas.
Funcionará los días hábiles en el horario de 08:00 a 16:00 horas en el edificio de los tribunales de la ciudad de Alta Gracia.
Artículo 2.- LA oficina creada entrará en funcionamiento, con posterioridad a la fecha en que se instale el equipamiento de oficina e informático necesario para el cumplimiento de sus cometidos.
Artículo 3.- COMUNÍQUESE a la Fiscalía General de la Provincia, a los Juzgados de Menores y Familia, y Fiscalías de la ciudad de Alta Gracia, al
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Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes.

Resolución Nº 510
Córdoba, 5 de noviembre de 2010
VISTO: Los Convenios Marco y Específico relacionados con el Plan Fede ral del Bicentenario de Ganados y Car nes entre la Provincia de Córdoba y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la delegación en el señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentos de la ejecución y aplicación de los mismos por Decreto N 1701/2010.
Y CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación aportó a la Provincia la suma de Pesos Trece millones $13.000.000 en el marco del Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes, para ser aplicados a los proyectos productivos específicos presentados por la Provincia, de apoyo a la infraestructura de pequeños pro ductores pecuarios y de mejora miento y manejo de la oferta forrajera para pe queños productores, ambos aprobados por la autoridad nacional.
Que el Plan Federal persigue como objetivos primordiales el incremento de la oferta global de la cadena de ganados y carnes, promoviendo se competiti vidad, productividad y eficiencia, con impactos específicos dentro de cada eslabón de las cadenas involucradas, impulsándose la producción primaria en todas sus etapas, la modernización de los sistemas actuales de transformación y comercialización involucrando al sector frigorífico así como la diversificación del consumo de carnes.
Que la Provincia comparte dichas metas y a través de la suscripción de los convenios
marco y específico men cionados asume la responsabilidad de la correcta ejecución de los fondos.
Que resulta necesaria la constitución de una Unidad Ejecutora Provincial U.E.P.
para garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por la provincia mediante suscripción del convenio y que se ocupe de la supervisión y el seguimiento de los proyectos financiados.
Que asimismo conforme lo establecido por la cláusula décima del convenio marco referido es obligación de la provincia comunicar al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación los funcionarios responsables de la conducción de las acciones admi nistrativas y del seguimiento necesario para el logro de los objetivos fijados.
Que en virtud de lo expresado, corresponde proceder a la creación de la Unidad Ejecutora Provincial UEP en materia ganadera, que dicha Unidad Ejecutora seleccionará a los productores beneficiarios de los proyectos y seleccionará y capacitará a veinticinco 25 asesores y coordinadores para el seguimiento, extensión y ejecución de los mismos.
Que a los fines de la selección la unidad ejecutora deberá estar a los términos establecidos en los proyectos de apoyo a la infraestructura de pequeños productores pecuarios y de mejoramiento y manejo de la oferta forrajera para pequeños productores.
Que se ha establecido a los fines de la selección de los beneficiarios, que se atenderá prioritariamente a aquellos productores de regiones que han sufrido
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/12/2010 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date10/12/2010

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