Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/11/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1447

relacionadas con el estado edilicio, teniendo en cuenta la inversión realizada con el Plan anterior, categorizando a los edificios en Bueno Regular Malo, conforme la impresión general que el edificio transmitía en su inspección previa.
Que se refleja en la planilla de inversión general que en cinco 5 de las once 11 zonas en las que se dividió operativamente la ciudad de Córdoba, el porcentaje de avance de las obras supera el 50%, en las restantes seis 6 zonas el porcentaje de avance de obra supera el 40%, debido a la planificación inicial del Plan de priorizar en los primeros meses las emergencias y programar para el final las mayores intervenciones, según relevamientos realizados al inicio de los mismos y rectificados al momento de la planificación para el comienzo de la obra.
Que debido a la cantidad, calidad y continuidad de las emergencias urgencias solicitadas y viendo que se podría poner en riesgo el desarrollo pedagógico si no se les diera respuesta inmediata, se determinó disminuir lo programado inicialmente como obras de mayor envergadura, por lo que lo solicitado no es posible abordarlo con el monto asignado al Plan en vigencia.
Que según la planilla de proyección de la zona donde se plantea lo solicitado por la Dirección General de Infraestructura Escolar dependiente del Ministerio de Educación, se evidencia en la misma que la necesidad es de un 30%
aproximadamente del contrato de obra $3.500.000,00.
Que por lo expuesto y atendiendo a la proximidad de la finalización del Plan actual, el receso escolar de invierno y posteriormente la proximidad de la época de lluvias, se otorga un adicional al contrato original de obra del 30%, de manera de disponer de todo el saldo actual del contrato para las obras ya programadas y contar con el adicional hasta el 31 de diciembre de 2010, de manera de finalizar el ciclo lectivo con los establecimientos en condiciones.
Que los trabajos adicionales a realizar, no superan en cuanto a su valor económico, el límite porcentual del treinta por ciento 30%
establecido en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Que se ha incorporado el correspondiente Certificado de Habilitación para Adjudicación expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda a fs.
29 de autos.
Por ello, las disposiciones de la Ley Nº 5901
T.O. ley 6300 y modificatorias, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 441/10 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 796/10, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBANSE los trabajos adicionales necesarios de efectuar en la obra:
EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE REPARACIONES Y REFUNCIONALIZACIONES
que oportunamente se determinen para la realización del PLAN INTEGRAL DE
REGULARIZACIÓN EDILICIA DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, ubicados en la Ciudad de Córdoba AÑO 2009 - ZONA E
Provincia de Córdoba y consecuentemente ADJUDÍCANSE a la Empresa TRAUCO

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 448

CÓRDOBA, 26 de noviembre de 2010

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 451

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 449

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE :

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE :

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE :

ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por designados a los señores Roberto Sergio PERALTA M.I.
Nº 14.177.189, con domicilio en calle Concejal Alonso Nº 278 y Valerio David MANSILLA M.I.
Nº 06.446.333, con domicilio en calle Rivadavia Nº 132 ambos de la localidad de Alta Gracia, como Coordinadores de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la localidad de Alta Gracia, reconocida mediante Resolución Nº 171 de fecha 09 de agosto de 2007 del señor Secretario General y de Coordinación del entonces Ministerio de Seguridad.

ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por designados a los señores Adolfo Hernando PARIZZIA M.I.
Nº 13.202.961, con domicilio en calle Manuel García S/N y Luis Alejandro FRACASSI M.I.
Nº 05.075.888, con domicilio en Avenida San Martín Nº 102 ambos de la localidad de Estancia Vieja, como Coordinadores de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la localidad de Estancia Vieja, reconocida mediante Resolución N 90 de fecha 09 de abril de 2007 del señor Secretario General y de Coordinación del entonces Ministerio de Seguridad
ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por designados a la señora Silvia Beatriz PEREYRA M.I. Nº 13.560.437, con domicilio en calle 23 de Noviembre Nº 232 y al señor Federico Vicente COTTI M.I. Nº 04.021.651, con domicilio en calle Mariano Moreno Nº 419 ambos de la localidad de Berrotarán, como Coordinadores de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la localidad de Berrotarán, reconocida mediante Resolución N 261 de fecha 23 de octubre de 2007 del señor Secretario General y de Coordinación del entonces Ministerio de Seguridad.

ARTÍCULO 2º.- ADJUNTESE copia de la presente Resolución en el Registro de Juntas de Participación Ciudadana para la Prevención Integral, obrante bajo la órbita de la Dirección Jurisdicción de Delegaciones Regionales de este Ministerio de Gobierno.

ARTÍCULO 2º.- ADJUNTESE copia de la presente Resolución en el Registro de Juntas de Participación Ciudadana para la Prevención Integral, obrante bajo la órbita de la Dirección Jurisdicción de Delegaciones Regionales de este Ministerio de Gobierno.

ARTÍCULO 2º.- ADJUNTESE copia de la presente Resolución en el Registro de Juntas de Participación Ciudadana para la Prevención Integral, obrante bajo la órbita de la Dirección Jurisdicción de Delegaciones Regionales de este Ministerio de Gobierno.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese y archívese.

ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese y archívese.

ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese y archívese.

CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

S.R.L., contratista de la obra principal, la ejecución de los mismos, por la suma total de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA MIL $
1.050.000,00, estableciéndose un plazo de ejecución de obra de ciento ochenta 180
días.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN
CINCUENTA MIL $ 1.050.000,00, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios públicos en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000455, con cargo a:
Jurisdicción 1.50, Programa 516-000, Partida 12.06.00.00 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al Subsecretario de Arquitectura para firmar el contrato respectivo, debiendo la adjudicataria ampliar la garantía de contrato.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del citado Ministerio a sus efectos y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

TRIBUNAL SUPERIOR de JUSTICIA

Acuerdo Nº 632 - Serie A. En la ciudad de Córdoba, a doce días del mes de noviembre del año dos mil diez, bajo la Presidencia de la Doctora María de las M.
BLANC G. de ARABEL, se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Doctores Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO
y Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO, con la intervención del Señor Fiscal General de la Provincia Doctor Darío VEZZARO y la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de contar con aspirantes en condiciones de cubrir cargos de Secretarios de Fiscalías para las Fiscalías de Instrucción en lo Penal Económico y Anticorrupción Administrativa del Centro Judicial Capital pertenecientes a la Primera Circunscripción Judicial.
Y CONSIDERANDO: 1.- Que en función del rango del cargo aludido, la convocatoria deberá tomar en consideración sus características propias, la especificación de las aptitudes requeridas para cada rol, en orden a la conducción, organización y administración de los ámbitos de ejercicio funcional en su escenario sociocultural dimensión gerencial administrativa-comunitaria y las incumbencias funcionales del cargo dimensión técnico jurídica del rol; a la vez, todo ello, enmarcado en el contexto normativo general que regula los concursos de promoción en los niveles funcionales o de conducción en el área jurisdiccional.
2.- La convocatoria procura garantizar la legitimidad de los mecanismos institucionales de promoción a los cargos superiores, a través de un sistema de concurso orientado a la selección y evaluación integral del postulante acorde a objetivos cognitivos, actitudinales y operativos, inherentes al rol.
3.- Que el Sr. Fiscal Adjunto de la Provincia, Dr. José Antonio Gomez Demmel, ha requerido al Alto Cuerpo variar las condiciones de admisibilidad en razón de las características propias del cargo, la especialidad de la materia y las particularidades de los procesos de su competencia. En este sentido, ha propuesto permitir concursar a los agentes que cuenten con dos años de antigedad en el cargo de Prosecretarios Letrados del Fuero Penal Económico en condición de suplente, interino o efectivo.
4.- A tal fin, en el marco de lo previsto por el artículo 8 y la autorización dispensada por el artículo 2 parte finaldel Acuerdo Reglamentario nº 588, Serie A del 13/03/
2001, se estima necesario formular adecuaciones a la reglamentación vigente de modo que resulten funcionales al presente proceso de selección.
5.- De conformidad a lo dispuesto por el Acuerdo Reglamentario N 588 Serie A del 13/03/2001, modificado por Acuerdos Reglamentarios N 696 Serie A de fecha 17/12/
03, N 706 Serie A de fecha 16/03/04 y N 870 Serie A de fecha 13/03/07
corresponde fijar las reglas de la convocatoria de aspirantes, precisar la jerarquía del cargo a cubrir, la integración y funciones del Tribunal Examinador, fechas de inscripción, recepción de las pruebas, pautas de corrección y evaluación de antecedentes y demás aspectos vinculados con el concurso.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/11/2010 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date26/11/2010

Page count12

Edition count4171

Première édition01/02/2006

Dernière édition03/07/2024

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