Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/05/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 31 de mayo de 2010

1

SECCIÓN

AÑO XCVIII - TOMO DXLIV - Nº 101
CORDOBA, R.A. LUNES 31 DE MAYO DE 2010

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

Oficiales de Justicia de la Sede Judicial Capital
ANEXO A
Cronograma de actuación de lunes a viernes, en horas y días hábiles o inhábiles, de los señores Oficiales de Justicia de la Sede Judicial Capital, correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2010.Lunes: Mario A. Bini - Rubén D. Chesa - Carlos R. Sosa

Acuerdo Reglamentario Nº 75 - Serie B.
En la ciudad de CORDOBA, a veintiseis días del mes de mayo del año dos mil diez, con la Presidencia de su titular Señora Vocal Dra.
María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia Doctores María Esther CAFURE de BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI y Luis Enrique RUBIO con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
VISTO: La solicitud presentada por la Prosecretaria Administrativa Sra. Mónica Giannobi de Maldonado, Jefa de Ujieres de la Oficina de Notificadores, Ujieres y Oficiales de Justicia, de la Subárea de Documentación e Información Pública, del Area de Servicios Judiciales, en lo que respecta a la creación de una nueva zona de actuación, dentro del radio perteneciente al diligenciamiento de cédulas de notificación de los señores Ujieres del Centro Judicial de Capital.Y CONSIDERANDO: I Que, por Acuerdo Reglamentario Número Cuatro, Serie B, del dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y siete, se aprobó el Reglamento de la División Mandamientos y Notificaciones, en el cual se establece para la Oficina de Ujieres, al punto II Del Personal: B El Jefe o responsable de la Oficina, trazará un plano delimitando las CATORCE
14 zonas de actuación de los Ujieres, el que una vez aprobado se reservará en original en la Dirección de Servicios Judiciales y una copia se exhibirá al público en la respectiva oficina. Dichas zonas son susceptibles de ser modificadas si el servicio lo requiere II Que, lo peticionado se fundamenta en el crecimiento poblacional que ha tenido la ciudad de Córdoba hacia el sector Oeste de la misma y, por consiguiente el aumento de cédulas dirigidas a domicilios situados en él, tal como lo demuestran las estadísticas respectivas, las cuales indican un notable incremento, respecto a la cantidad media de cédulas asignadas a los Ujieres de otras zonas o sectores. III Que, el diseño y delimitación de la nueva zona o sector propuesto, ha sido realizado con la colaboración voluntaria de los señores Ujieres colindantes involucrados con el mismo; habiéndose a tal efecto confeccionado un plano describiendo sus límites y los barrios comprendidos. IV Que, la modificación de las zonas involucradas resulta necesaria y favorecerá a una mejor distribución de la tarea, lo cual se verá reflejado en una correcta prestación del servicio.Por todo ello, Acuerdo Reglamentario citado y Ley Orgánica del Poder Judicial Nro. 8435, Arts. Nros. 85 y 12, inc. 17 y 32.SE RESUELVE: Artículo 1º MODIFICAR, el Acuerdo Reglamentario Número Cuatro, Serie B, del dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y siete, en lo relacionado a la Oficina de Ujieres, al punto II Del Personal: B procediéndose a incorporar una zona de actuación para los señores Ujieres del Centro Judicial de Capital, el que quedará redactado de la siguiente forma: El Jefe o responsable de la Oficina, trazará un plano delimitando las QUINCE 15 zonas de actuación de los Ujieres, el que una vez aprobado se reservará en original en la actual Área de Servicios Judiciales, Subárea de Documentación e Información Pública y una copia se exhibirá al público en la respectiva oficina.

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Cronograma de actuación correspondiente a junio, julio y agosto de 2010.
Acuerdo Reglamentario Nº 74 - Serie B.
En la ciudad de CORDOBA, a veintiseis días del mes de mayo del año dos mil diez, con la Presidencia de su titular Señora Vocal Dra. María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia Doctores María Esther CAFURE de BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI
y Luis Enrique RUBIO con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO: Lo dispuesto por Acuerdo Reglamentario Nro.
73, Serie B del 16 de febrero de 2010, mediante el cual se estableció el turno con el respectivo cronograma, para la intervención de los Señores Oficiales de Justicia del Centro Judicial Capital, para las actuaciones derivadas de la Ley 9283 de Violencia Familiar, correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo de 2010, inclusive.Y CONSIDERANDO: I Que, el cronograma de turnos vigente antes mencionado, concluye el día 31 de mayo del corriente año, por lo que resulta oportuno confeccionar uno nuevo que regirá desde el día 1 de junio y hasta el día 31 de agosto inclusive de 2010, con las mismas pautas establecidas en la norma reglamentaria citada.- II Que, en la fecha comprendida durante la Feria Judicial de julio de 2010, resulta conveniente que durante ese período actúen aquellos Oficiales de Justicia que vayan a prestar servicio durante el mencionado receso, ya sea por pedido voluntario y expreso o mediante sorteo, si no hubiere dicha petición, y recordar a los Señores Delegados de Administración General de cada Sede Judicial, que deberán arbitrar los medios necesarios a los fines de determinar qué Oficiales de Justicia, de dicha Sede, prestarán servicios durante la Feria Judicial de julio de 2010. III Que, en atención a lo antes expuesto, corresponde confeccionar el cronograma de turnos de los señores Oficiales de Justicia de este Centro Judicial, para las actuaciones derivadas de la Ley 9283 de Violencia Familiar, que regirá en el período comprendido en el punto I del presente Considerando.- Por todo ello;
SE RESUELVE: Art. 1.- DISPONER que en la Sede Judicial de Capital, los mandamientos librados por los Tribunales competentes en el marco de la Ley 9283, serán practicados en forma inmediata por el señor Oficial de Justicia que por el turno diario de urgentes corresponda, aunque se trate de
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
hora y día inhábil, cuyo cronograma forma parte del presente, como Anexo A.- Art. 2.- CUANDO, la medida ordenada deba cumplirse en día sábado o domingo, se establece un turno nominal por orden alfabético, con un titular y un suplente, entre los señores Oficiales de Justicia Titulares, cuyo cronograma forma parte del presente, como Anexo B.- Art.
3.- DURANTE, la Feria Judicial de julio de 2010, intervendrán a los fines del diligenciamiento de los oficios librados en el marco de la Ley 9283, los señores Oficiales de Justicia que estén afectados a prestar servicios durante ese período. Los Señores Delegados de Administración General de las Sedes Judiciales del Interior, deberán arbitrar los medios necesarios a los fines de determinar qué Oficiales de Justicia, prestarán servicios durante la Feria Judicial de julio de 2010. Art. 4.Protocolícese y Notifíquese.Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Sra. Presidenta y los Sres. Vocales, con la asistencia del Sr. Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino Porcel de Peralta.
DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC G. DE ARABEL
PRESIDENTE
DRA. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL
DR. GUSTAVO A. PORCEL DE PERALTA
ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/05/2010 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date31/05/2010

Page count4

Edition count4197

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