Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/11/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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B OLETÍN O FICIAL

VIENE DE TAPA
ACUERDO Nº 500 - SERIE A

14 hs. inclusive.
Vencido el plazo, y luego de consultar la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones el legajo personal de cada inscripto, publicará, a través del medio mencionado anteriormente, el listado de los postulantes admitidos.
En la inscripción podrán optar por la/s sedes en la/s que desea inscribirse consignando un orden de preferencia, asumiendo al momento de su designación el compromiso de fijar domicilio y residir en dichas localidades. Dicho orden de preferencia no condiciona al empleador a asignarle funciones en las sedes señaladas.
Los postulantes deberán prestar servicios en la sede para la que fueren designados. Las futuras solicitudes de traslado al Centro Judicial de Capital o a otra sede del interior, podrán ser admitidas sólo cuando haya transcurrido un período de cinco años de permanencia en la sede, en cuyo caso el pedido será evaluado por el Cuerpo en atención a las necesidades de servicio.
El postulante que desista de dar los exámenes correspondientes, deberá comunicar tal decisión hasta cinco 5 días hábiles, antes de la fecha del examen. Dicha comunicación se hará mediante correo electrónico a concursos@justiciacordoba.gov.ar, o por nota que será dirigida y presentada a la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones dependiente del Área de Recursos Humanos.
El agente que no cumpla con lo establecido se ajustará a lo dispuesto en el Acuerdo N 760 Serie A del 14/04/05.
Artículo 4. - PRUEBAS DE OPOSICIÓN.
LOS postulantes que resulten admitidos deben completar y rendir la siguiente exigencia:
PRUEBA DE RESOLUCIÓN DE CASOS PRÁCTICOS
Este prueba procura poner en evidencia la capacidad práctica y formación técnico-jurídico por parte de los aspirantes, por lo que incluirá el examen sobre conocimientos jurídicos generales necesarios para el ejercicio del cargo; así como la puesta en juego de aptitudes para el análisis situacional y de resolución de problemas ante casos concretos, relacionados con el desempeño del rol de Ayudante Fiscal.
Se tendrá en cuenta para evaluar dicho examen el contenido y la correcta exposición gramatical del discurso jurídico.
Los ejes temáticos y criterios de evaluación que se prevén para la resolución de los casos prácticos, estarán contenidos dentro del marco legal y constitucional especifico, a saber: Código Penal, en especial: Libro Primero, Títulos V a VII y IX a XI; Libro Segundo, Titulo I Caps. I a III, V
y VI; Titulo III, Titulo V, Caps. I a III; Titulo VI Caps I a IV y VI a VIII; Títulos XI y XII; Código Procesal Penal, en especial: Libros Primero y Segundo; Constitucional Nacional, Tratadas incorporados y Constitución Provincial: en especial Garantías Constitucionales vinculadas al proceso penal principios del debido proceso, defensa en juicio, juez natural, inocencia, in dubio pro reo y nom bis in idem; Leyes Provinciales de Minoridad y Orgánica del Ministerio Público Fiscal N 7826.
La misma se realizará en el lugar, día y horario que oportunamente se publique a través del Sitio Oficial del Poder Judical en Internet.
La evaluación se realizará en tantos turnos como sean necesarios, por orden alfabético, teniendo en cuenta para ello el número de aspirantes inscriptos y la disponibilidad de computadoras personales.
Será de carácter secreta. La pertenencia del examen se verificará mediante stiker que contiene un código de barras adherido a la primera hoja, entregándose un segundo al interesado.
Los exámenes no deberán ser firmados, ni contener elemento identificador alguno, salvo la clave de referencia código de barra. La violación del anonimato por parte del concursante determinará su automática exclusión.
Tendrá una duración de cuatro 4 horas y se utilizarán para su realización computadoras personales. Una vez finalizado el examen, y previo a su impresión, cada concursante deberá requerir la asistencia del personal asignado, para proceder a la uniformidad del texto.
Será de carácter eliminatorio. Se exigirá para su aprobación la obtención de un mínimo del sesenta por ciento 60% del puntaje establecido.
La supervisión y evaluación de la prueba compete al Tribunal Examinador. Los concursantes deberán observar y respetar las pautas que se fijen para el correcto desarrollo y consecución del examen.
Los exámenes serán impresos y entregados al Tribunal Examinador para su corrección.
Asimismo, y con el fin de tener una copia de los mismos para casos imprevistos, se grabarán en diskettes de 3 y 1/2 o CD, los que serán resguardados en un sobre lacrado cuya apertura será el día de la decodificación de los mismos.
Artículo 5.- IDENTIFICACIÓN DE LOS CONCURSANTES -CORRECCIÓN DE ERRORES
MATERIALES EN LA CALIFICACIÓN.
REMITIDAS por el Tribunal Examinador las calificaciones practicadas en las distintas evaluaciones previstas, el Área de Recursos Humanos fijará fecha para la decodificación de los códigos de barra que contienen la identificación de los concursantes; acto que se anunciará mediante el Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet y el Portal de Aplicaciones Intranet En dicha fecha se levantará un acta, procediéndose a identificar los códigos de barras adheridos a cada prueba examinada y la nota respectiva.
Se entregarán personalmente los exámenes originales a cada postulante a los fines de que verifiquen la evaluación efectuada. Para los supuestos que se requieran aclaración u observación se expedirá, a costa del peticionario, copia del examen.
Los puntajes obtenidos en las distintas pruebas se exhibirán a través del medio establecido ut supra.
Las evaluaciones practicadas no pueden ser recurridas por los aspirantes, pudiendo el Examinador, de oficio o a petición de parte interesada y sin identificar el nombre del concursante, proceder sólo a la corrección de errores materiales en la calificación.
Las observaciones deben ser presentadas, en forma innominada y adjuntando copia del examen en cuestión, ante la Mesa de Entrada del Área de Recursos Humanos, sita en 1 piso sobre calle Arturo M. Bas - Palacio de Justicia I-en el plazo de veinticuatro 24 horas y serán resueltas por el Examinador, a la brevedad.
Artículo 6. - PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES DE CAPACITACIÓN Y ESTUDIOS

Córdoba, 28 de noviembre de 2008

UNA vez rendida y aprobada la prueba de oposición obligatoria, y dentro de los cinco 5 días hábiles posteriores a la fecha de decodificación de ella, los concursantes deberán presentar los certificados que acrediten los antecedentes laborales, de capacitación y estudios realizados hasta la fecha de cierre de inscripción del presente concurso 23/12/08, ante la Delegación de Administración General del Interior, u Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos - Palacio de Justicia Ien el horario de 8 a 13 hs., según donde presten servicios.
Los postulantes deberán presentar en esta oportunidad un listado por duplicado, cuyo modelo se incorpora y aprueba como Anexo B, en el se detallará la documentación presentada. La misma deberá respetar el orden establecido en la grilla que contiene dicho anexo.
Artículo 7. - PUNTAJE DE ANTECEDENTES Y EXÁMENES.
LOS antecedentes laborales y de capacitación serán valorados en treinta y cinco 35 puntos, como máximo, correspondiendo:
A.- Antecedentes Laborales:
I.- Antigedad en el Poder Judicial: un máximo de ocho 8 puntos;
II.- Antigedad en el fuero: un máximo de cuatro 4 puntos.
Sobre ambos rubros, se fija a la antigedad de veinte años 20 como límite máximo para los cómputos respectivos. Se divide 8 ó 4 en su caso por 20 obteniendo así el coeficiente por cada año de trabajo 0,40 ó 0,20 y estos se multiplican por la cantidad de años trabajados. Para el cálculo de años trabajados se debe ponderar:
Antigedad en el Poder Judicial: Se debe primero obtener la cantidad de días transcurridos entre la fecha de ingreso al Poder Judicial y la fecha que se establece como tope para presentación de solicitudes, a este número se lo deberá dividir por 365 obteniendo de esta forma la cantidad de años trabajados. Este valor deberá ser multiplicado por el coeficiente de 0,40.
Antigedad en el Fuero: Se debe primero obtener la cantidad de días transcurridos entre las distintas fechas en que el agente trabajó en tribunales o dependencias en los que se aplica la Ley Procesal Penal, tomando como ultimo día de cálculo la fecha que se establece como tope para presentación de solicitudes, a este número se lo deberá dividir por 365 obteniendo de esta forma la cantidad de años trabajados. Este valor deberá ser multiplicado por el coeficiente de 0,20.
Respecto de la antigedad en el Poder Judicial, se computa de conformidad a las previsiones del A.R. N 151 A del año 1988 y sus modificaciones, atendiendo a la fotocopia del Legajo Personal o las constancias emergentes de la Junta de Calificaciones acompañadas por el agente.
La antigedad en el fuero, por su parte, se evalúa tomando en consideración el paso del agente por los tribunales y dependencias del Poder Judicial en los que se aplica la ley procesal penal de la Provincia.
No se computarán los períodos en que el agente hubiere gozado de licencias sin goce de haberes o dado de baja transitoria por razones previsionales.
III.- Presentismo: un máximo de tres 3 puntos. Para la asignación del puntaje, se tendrá en cuenta las inasistencias por razones particulares Art. 43 del R.A.L y las faltas de puntualidad imputadas al mencionado artículo, que el aspirante haya tenido en los últimos cuatro 4 años 2004, 2005, 2006 y 2007. Se otorgará tres 3 puntos al agente que no haya hecho uso de las mismas en dicho período y un puntaje proporcional a quienes tengan como máximo quince 15
días gozados por dicho artículo en igual período.
B.- Antecedentes de capacitación: Con un puntaje máximo de doce 12 Puntos en atención a los siguientes rubros:
I.- Asistente, Participante o Miembro Titular en eventos académicos: el puntaje será otorgado en forma proporcional a la cantidad de horas totales de capacitación mediante un coeficiente que varia conforme la vinculación con la materia que se concursa, y el ente que lo dicta, y con un máximo de cuatro 4 puntos por todo concepto, según tabla que se aprueba como Anexo F del presente Acuerdo.
Los cursos mencionados anteriormente, que hayan sido organizados por el Centro de Perfeccionamiento Dr. Ricardo Nuñez o el Instituto de Formación e Investigación de la Dirección de Policía Judicial, dictados en el Centro Judicial Capital, recibirán un puntaje adicional conforme Anexo F, en los agentes que, prestando servicios en una Sede Judicial del interior, hayan viajado para su realización.
II.- Maestrías vinculadas a la temática que se concursa: según avance y promedio, Hasta Tres 3 Puntos.
III.- Postgrado de especialización de dos años de duración vinculados a la temática que se concursa:
con evaluación o tesis final aprobada: según promedio, hasta Un Punto y medio 1,50.
sin evaluación o tesis final aprobada: según promedio, hasta Un punto 1.00 o hasta cincuenta centésimas de punto 0.50 según promedio si sólo ha completado el primer año de la currícula.
IV.-Postgrado de especialización con evaluación final de un año de duración vinculados a la temática que se concursa: según promedio, hasta Un 1 Punto.
Los antecedentes referidos en los apartados II, III y IV respecto de temas que no tengan la vinculación precedente, deben evaluarse hasta un máximo igual a la mitad de los puntajes anteriores.
V.- Participación activa en eventos académicos: hasta un máximo de cinco 5 puntos conforme los siguientes rubros: Disertante: Hasta setenta y cinco centésimas de punto 0,75; Panelista o expositor: Hasta cincuenta centésimas de punto 0,50; Coordinador de comisión de trabajo: hasta treinta centésimas 0.30 y Coordinador, Colaborador u Organizador tarea administrativa hasta diez centésimas de punto 0.10, por cada actuación como tal y según la trascendencia del evento, duración y relación con la temática funcional de la convocatoria y de conformidad con la tabla que se aprueba como Anexo G del presente Acuerdo.
En el caso que el concursante haya participado en un mismo evento en calidad de Asistente, Participante o Miembro Titular y como Disertante, Panelista, Expositor, Coordinador, Colaborador u Organizador sumará puntaje por ambas participaciones, siempre y cuando la duración del evento supere las diez 10 horas o en su defecto los cinco 5 días.
El parámetro para calcular la duración de los eventos académicos que el agente acredite será la cantidad de horas. En aquellos casos en que la constancia presentada sólo indique la duración en días, se consideraran dos horas por día; en cambio, si se especifica en meses Ej. marzo a julio o un plazo determinado Ej. desde el 07 de marzo al 15 de julio la extensión se calcula considerando

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/11/2008 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date28/11/2008

Page count7

Edition count4173

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