Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/11/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Córdoba, 26 de noviembre de 2008

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Nota: Deberán acompañarse copia de dichas constancias y originales para su compulsa. En el caso de ser insuficiente, el aspirante puede utilizar otra hoja para consignar la totalidad de antecedentes.-

B OLETÍN O FICIAL
3. Especificación operacional de las actividades y tareas a realizar.
Definición de actividades ordenando y sincronizando a las mismas.
4. Métodos y técnicas a utilizar. Especificar el instrumental metodológico y técnico que se utilizará para las diversas actividades.
5. Determinación de plazos o calendarios de actividades, cuándo ocurrirá. La calendarización del proyecto implica especificar los tiempo que requerirán las actividades y/o tareas propuestas 6. Determinación de los recursos necesarios, quién y con qué se realizará el proyecto. Definición de recursos humanos, materiales, técnicos y financieros.
7. Administración del proyecto. En el diseño del proyecto debe quedar claramente presentada la estructura de gestión para la ejecución del mismo. Para esto se deberá especificar:
organigrama, señalando la inserción de proyecto dentro de la organización existente; funciones del personal, determinando los responsables de cada actividad y/o tareas; relaciones e interrelaciones del personal, determinando niveles de autoridad o jerarquía, relaciones de comunicación e información, relaciones de consulta y asesorías, etc.; mecanismos de control, coordinación y supervisión; sistemas de evaluación interna y seguimiento en cuanto a responsabilidades y funciones; canales de comunicación, definiendo a quién se envía información, qué tipo de informes y con qué objetivos.

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8. La evaluación del proyecto. Definiendo los indicadores de evaluación como así también los instrumentos que permitirán medir la progresión hacia las metas propuestas. Los indicadores deber ser: independientes, relacionando en lo posible cada meta con sus indicadores; verificables, de modo que sea posible su comprobación empírica; válidos, o sea, deben medir lo que se pretende medir reflejando los efectos del proyecto; y accesibles de manera de poder realizar fácilmente el seguimiento del proyecto.
DRA. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
PRESIDENTA
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. DOMINGO SESIN
VOCAL
DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC G. DE ARABEL
VOCAL
LIC. JOSÉ MARÍA LAS HERAS
ADMINISTRADOR GENERAL

Recibido: día mes año hora con la totalidad de la documentación indicada por el aspirante.

Firma del agente receptor ANEXO C
Acuerdo Nº 194, Serie C de fecha 11/11/08
PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Pautas para la presentación del Proyecto La evaluación de proyectos en la fase de diseño se efectúa antes de la ejecución del Proyecto y tiene por objetivo valorar el diseño del proyecto, su coherencia interna y su grado de adaptabilidad al contexto.
Para esto se analizará la definición y el alcance en los diversos apartados del Proyecto de las siguientes cuestiones:
1. Denominación del Proyecto. Comunicación clara y precisa de su contenido y alcance, indicando de manera sintética en el título aquello que se quiere hacer.
2. Naturaleza del Proyecto. Especificación en términos pertinentes y concretos de los siguientes componentes:
a. Fundamentación o Justificación: por qué se hace, razón de ser y origen del proyecto. Presentación de criterios, argumentación lógica de las razones que justifican la elección de la propuesta. Se debe explicar la prioridad y urgencia del problema para que se busca solución y justificar por qué la propuesta es la solución más viable para resolver una problemática. Para esto es importante la inclusión de datos de diagnóstico o estudios previos que justifiquen el proyecto.
b. Marco Institucional organización responsable del proyecto. Se informa claramente acerca de la organización responsable de la ejecución del proyecto, identificando políticas y prioridades de la organización, situación jurídica y administrativa, estructura orgánica y procesos administrativos, personal, etc.
c. Finalidad del proyecto impacto que se quiere lograr. Es preciso que la formulación de prioridades de un proyecto se justifique y se articule debidamente con la fundamentación y sus objetivos, no se exprese en términos vagos y abstractos y sea posible su verificación durante la marcha del proyecto d. Objetivos, para qué se hace, qué se espera obtener. Deberán expresar los efectos que se pretende alcanzar con su realización.
El objetivo principal, llamado también objetivo general, es el propósito central del proyecto y debe expresar en términos claros y precisos los logros alcanzados. Los objetivos específicos son ulteriores especificaciones que hay que lograr para alcanzar los objetivos generales.
e. Metas. Se debe expresar cuánto de quiere hacer. Las metas operacionalizan los objetivos, estableciendo cuándo, cuánto y dónde se realizarán estos.
f. Beneficiarios. Destinatarios del proyecto, especificando a quiénes va dirigido.
g. Localización física y cobertura espacial. Se explicita dónde se hará, qué abarcará.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO NOVECIENTOS
CINCUENTA Y SEIS - SERIE A. En la ciudad de CORDOBA, a once días del mes de Noviembre del año dos mil ocho, con la Presidencia de la Señora Vocal Decana, Dra. María Esther CAFURE DE BATTISTELLI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Doctores Aída Lucía Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESÍN y Luis Enrique RUBIO, con la asistencia del Sr. Administrador General del Poder Judicial, Lic. José María LAS HERAS y ACORDARON:
VISTA: La situación de carácter excepcional que se suscita en los finales del año judicial debido al gran número de causas que son iniciadas por la Provincia de Córdoba y distintos entes Municipales que litigan por ante la Secretaría de Ejecuciones Fiscales del Juzgado en lo Civil y Comercial, Conciliación y Familia del Centro Judicial de Cosquín, con el objeto de lograr el cobro de tributos y evitar la prescripción de los derechos reclamados.
Y CONSIDERANDO: I Que dicha contingencia reitera la situación referida en el visto del presente.
II Que frente a ello, este Alto Cuerpo en ejercicio de sus atribuciones de Superintendencia, ha dispuesto medidas de emergencia a los fines de encaminar, en el contexto de las limitaciones de distinta índole existentes, la tramitación y despacho ulterior de dichas causas aplicables en el ámbito capitalino.III Que el inusitado caudal de ingreso de causas que debe ser contenido por la Secretaría de Ejecución Fiscal del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil; Comercial; Conciliación y Familia del Centro Judicial Cosquín, justifica disponer habilitaciones transitorias y restringidas a la Secretaría aludida, a los fines de agilizar la tarea judicial. En dicho contexto cabe dispensar el cargo manual de las ejecuciones fiscales múltiples.
Que de tal manera, la fecha de inicio en el sistema informático tendrá valor de cargo judicial art. 39 del C. P.C. y C. para las causas referidas. Al letrado interviniente se le entregará como constancia el certificado de asignación, de donde surge la fecha de inicio del pleito cargo. La notificación al demandado del inicio de la causa deberá contener copia del certificado de asignación suscripto por el procurador. De esta manera, el demandado tendrá en su poder toda la documental necesaria para poder ejercer su derecho de defensa y conocer de manera fehaciente la fecha de interposición de la demanda.
Por ello, las atribuciones de superintendencia previstas por los arts. 166 inc. 2 de la Constitución Provincial y art. 12, incs. 32 y 33 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N 8435, y habiéndose recabado la opinión de los titulares de las dependencias aludidas, SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- DISPENSAR el cargo manual de las ejecuciones fiscales múltiples ingresadas a la Secretaria Civil y Comercial de la Ciudad de Cosquín. Las demandas aludidas se validarán exclusivamente en el Sistema de Administración de Causas S.A.C. y la fecha de inicio en el sistema informático tendrá valor de cargo judicial art. 39 del C.P.C. y C.; debiendo entregarse al letrado interviniente el certificado de asignación de donde surge
la fecha de inicio. La notificación de la demanda deberá contener copia del certificado suscripto por el letrado a cargo de la causa.
ARTÍCULO 2.- EL presente acuerdo tendrá vigencia a partir del día de la fecha.
ARTÍCULO 3: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia.
Incorpórese a la página WEB del Poder JudicialARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE a la Fiscalía General de la Provincia, Secretaría de Justicia, Federación de Colegios de Abogados, Colegio de Abogados de la Ciudad de Córdoba, Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales y Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Vocal Decana a cargo de la Presidencia y los Señores Vocales y la asistencia del Sr. Administrador General, Lic. José María LAS HERAS.
DRA: MARIA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
PRESIDENTA
DRES. AIDA LUCIA TERESA TARDITTI
VOCAL
DOMINGO JUAN SESIN
VOCAL
LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL
LIC. JOSE MARIA LAS HERAS
ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL.

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN DE CATASTRO

RESOLUCION: 255
Córdoba, 21 de noviembre de 2008
VISTOS: las disposiciones contenidas en la ley N
5057 artículos 2 inc c y 13, en función de los cuales corresponde a ésta repartición la realización de estudios económicos, estadísticos e informativos destinados a orientar la gestión gubernativa en temas que resultan de competencia material entre las cuales cabe mencionar la determinación de la valuación de las parcelas ubicadas en la Provincia de Córdoba.Y CONSIDERANDO:
Que a los efectos de cumplir con el mandato legal se CONTINÚA EN PÁGINA 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/11/2008 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date26/11/2008

Page count4

Edition count4175

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Dernière édition10/07/2024

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