Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 30/06/2020

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

DECRETOS DE
Decreto Nº 990/20
General Pueyrredon, 19/06/2020
Visto
VISTO la renuncia presentada por la agente Fabiana Cristina Ferrari, Legajo Nº 18.736/50/59/60, a n de acogerse al benecio jubilatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 texto ordenado por Decreto 600/94, y
Considerando Que el Departamento Servicio Previsional informa que la agente se encuentra en condiciones de acogerse al benecio jubilatorio que contempla dicha ley.

Que en razón de computar la nombrada más de treinta 30 años de servicio en la Administración Pública se ha hecho acreedora al benecio establecido en el Artículo 72º, Inc. f 2º párrafo de la Ley Provincial 14.656.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 1º de julio de 2.020, la renuncia presentada por la agente FABIANA CRISTINA FERRARI CUIL 2716779275-3 en los cargos y establecimientos educacionales que se detallan a continuación, a n de acogerse al benecio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 texto ordenado Decreto 600/94:

Legajo Nº 18.736/59 Secretario Enseñanza Inicial - C.F 9-21-99-02 Nº de Orden 624 dependiente del Jardín de Infantes Nº 1 Almirante Brown U.E. 08-00-0-2-1-01.

Legajo Nº 18.736/60 Preceptor Enseñanza Inicial - C.F 9-20-99-01 Nº de Orden 3790 - dependiente del Jardín de Infantes Nº 29 U.E. 08-000-2-1-29.

Legajo Nº 18.736/50 Maestro de Sección Enseñanza inicial Nº de Orden 4089, en el Jardín de Infantes Nº 8 Maximo Jour U.E 08-00-0-2-108, el cual retenía.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago, a partir del 1º de julio de 2020, de la suma de PESOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y
OCHO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS $ 73.738,58, a valores vigentes al mes de junio de 2020, según lo establecido en la Ley Provincial 12.950 y su modificatoria Ley 13.547.

ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que el importe a percibir indicado en el artículo 2º queda supeditado a reajuste en caso de modificarse las pautas salariales a la fecha de baja.

ARTÍCULO 4º.- Procédase a rmar el convenio con la beneciaria tendiente a obtener el reintegro por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de los importes que se abonen en carácter de anticipo.

ARTÍCULO 5º.- Déjase expresamente establecido que la agente cuya renuncia se acepta mediante el presente decreto, percibirá el anticipo jubilatorio hasta el último período consignado por la Municipalidad en la comunicación que enviará oportunamente el Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires Formulario 611.

ARTÍCULO 6º.- Otórgase a la agente mencionada en el artículo 1º del presente una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 30/06/2020

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date30/06/2020

Page count42

Edition count855

Première édition30/06/2010

Dernière édition01/07/2024

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