Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 18/7/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXXI
- - Ushuaia, Lunes0318
de Julio de 2022
- Nº 5152
AÑO XXXI
Ushuaia, Lunes de Enero de 2022
- Nº 0000

RESOL. 313/22

28/5/2022

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un aporte no reintegrable en el marco del Programa "ANR Fortalecimiento a la Producción Primaria y de Primera Transformación" a favor del Sr. OYARZUN VERA Víctor Armando CUIT Nº 20-18741075-5, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 $ 250.000,00, el que será abonado por única vez. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el aporte no reintegrable será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor del Sr. OYARZUN VERA Víctor Armando CUIT Nº 20-18741075-5.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del aporte no reintegrable dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago de la asistencia. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8056UG, UGC UC8056, inciso 5, con financiamiento Fo.Na.Pe.- Ley Provincial N 211, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. 314/22

28/5/2022

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un aporte no reintegrable en el marco del Programa "ANR Fortalecimiento a la Producción Primaria y de Primera Transformación" a favor del Sr. DEL RÍO Javier Omar C.U.I.T. Nº 20-30060899-0, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO CON 38/100 $ 219.144,38, el que será abonado por única vez. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el aporte no reintegrable será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor del Sr. DEL RÍO Javier Omar CUIT Nº 2030060899-0.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del aporte no reintegrable dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago de la asistencia. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8056UG, UGC UC8056, inciso 5, con financiamiento Fo.Na.Pe.- Ley Provincial N 211, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. 315/22

28/5/2022

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un aporte no reintegrable en el marco del Programa "ANR Fortalecimiento a la Producción Primaria y de Primera Transformación" a favor del Sr. GASSMANN Eduardo Roberto CUIT Nº 20-11994591-8, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 $ 250.000,00, el que será abonado por única vez. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el aporte no reintegrable será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor del Sr. GASSMANN Eduardo Roberto CUIT
Nº 20-11994591-8.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del aporte no reintegrable dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago de la asistencia. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8056UG, UGC UC8056, inciso 5, con financiamiento Fo.Na.Pe.- Ley Provincial N 211, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. 316/22

28/5/2022

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un aporte no reintegrable en el marco del Programa "ANR Fortalecimiento a la Producción Primaria y de Primera Transformación" a favor del Sr. BUSTAMANTE Luis Alberto CUIT Nº 20-21389593-2, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 $ 250.000,00, el que será abonado por única vez. Ello, por los motivos expuestos en

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 18/7/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date18/07/2022

Page count55

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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