Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/9/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
AÑO XXIX -
Ushuaia, Sábado 26 de Septiembre de 2020 - Nº 4698
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ANEXO
ANEXO I - DECRETO N 1326
ACTIVIDADES EXCLUIDAS
Bares, restaurantes y todo otro local comercial de elaboración y/o venta de comidas, solo podrán permanecer abiertos para la modalidad delivery y/o retiro.
Los Supermercados y comercios de venta de alimentos, quienes deberán reducir al 50% la capacidad habilitada y disponer horario especial para personas incluidas dentro de grupos de riesgo.
Farmacias.
Veterinarias.
Bancos solo para tramites urgentes que no puedan ser realizados por otro canal, debiendo disponer horario para personas incluidas dentro de grupos de riesgo.
Asistencia a centros sanitarios con las restricciones dispuestas por el Ministerio de Salud.
Desplazamiento a lugar del trabajo siempre que la actividad no pueda ser realizada en domicilio.
Desplazamiento para asistencia y cuidado de adultos mayores, menores dependientes, personas con discapacidad o vulnerables.
Estaciones de servicio.
Producción de gas envasado y su distribución.
Recolección de residuos patológicos.
Servicios de fumigación y desinfección.
Recolección de residuos.
Servicios de transporte público.
Servicios de provisión y mantenimiento de telecomunicaciones e internet.
Actividad industrial que produzca insumos vinculados al rubro alimentos, farmacéuticos y descartables.
Servicios de desagote de pozos y cámaras sépticas.
Actividad comercial de venta de descartables, venta de artículos de limpieza o higiénicos.
Ortopedias.
Ópticas solo para la confección de artículos recetados.
Lavanderías.
Actividad comercial de insumos para la producción y venta de insumos hospitalarios.
Ferreterías únicamente con delivery o retiro en puerta.
Personal afectado al Servicio de Justicia de turno.
Personal afectado a servicios funerarios, entierros y cremaciones, sin que implique reunión de personas.
Personal afectado a mantenimiento de servicios básicos.