Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/7/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XIX Disposición A. Prev. Nº 024/2009
en sus partes correspondientes reemplazando el texto:
EL ADMINISTRADOR DEL
AREA PREVISIONAL
DEL INSTITUTO
PROVINCIAL AUTARQUICO
UNIFICADO DE SEGURIDAD
SOCIAL
R E S U E L V E :
por el siguiente:
EL ADMINISTRADOR DEL
AREA PREVISIONAL
DEL INSTITUTO
PROVINCIAL AUTARQUICO
UNIFICADO DE SEGURIDAD
SOCIAL
D I S P O N E:
ARTICULO 2º- REGISTRAR, comunicar al interesado en la forma establecida en el Artículo 51º y siguientes de la Ley Provincial 141, a quienes corresponda, cumplido.
ARCHIVAR.
TAVARONE
DISP. Nº 009/09

08-01-10

VISTO: La necesidad de organización y regularización de las pautas establecidas para dar inicio y tramitación de expedientes de Jubilación por Invalidez; y
Ushuaia, Lunes 19 de Julio de 2010 - Nº 2743

por largo tratamiento con percepción al 100% de los haberes.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido en elArtículo 18º inciso d, de la Ley Provincial 641.
Por ello:
LA ADMINISTRADORA DEL
AREA PREVISIONAL DEL
INSTITUTO PROVINCIAL
AUTARQUICO UNIFICADO
DE SEGURIDAD SOCIAL
DISPONE:
ARTICULO 1º- ESTABLECER
por los motivos expuestos en los considerandos, que para iniciar y tramitar solicitudes de expedientes de Jubilación por Invalidez, será requisito obligatorio que el titular se encuentre a esa fecha usufructuando Licencia por Largo Tratamiento establecida por Decreto 3413/79, Decreto PEP Nº 772/
98 o de corresponder, la normativa aplicada por la División Medicina del Trabajo de la Municipalidad de Río Grande, la Dirección de Medicina Ocupacional, Seguridad e Higiene Laboral de la Municipalidad de Ushuaia, sin perjuicio de la propia reglamentación que posean al respecto los Convenios Colectivos de Trabajo y el Poder Judicial Provincial; adjuntándose los formularios dispuestos a tal fin en la reglamentación vigente.
ARTÍCULO 2º- ESTABLECER, asimismo por los motivos expuestos en los considerandos y lo dispuesto en el artículo que antecede, que sólo se iniciarán y tramitarán solicitudes de expedientes de Jubilación por Invalidez, dentro de los seis 6 meses anteriores a la finalización de la licencia de salud por largo tratamiento, con percepción al 100% de los haberes.
ARTÍCULO 3º- REGISTRAR, comunicar a la Comisión Previsional, al Depto. Prestaciones Verificaciones y Afiliaciones Previsionales, a la División Previsional, a la División Médica Previsional, a la Coordinación Previsional Río Grande, a la Delegación IPAUSS Buenos Aires, a la Coordinación de Asuntos Jurídicos IPAUSS y demás interesados, cumplido. ARCHIVAR.

CONSIDERANDO:
Que está establecido en el Decreto 3413/79 Art. 10º inciso c, la inhabilitación para el desempeño del trabajo, de hasta dos 2 años con goce íntegro de haberes, un 1 año con el 50% y un 1 año sin goce íntegro de haberes, vencido el cual quedará extinguida la relación de empleo, aplicable según Dto. PEP
Nº 772/98 para la Dirección de Fiscalización Sanitaria Provincial Río Grande - Ushuaia, la División Medicina del Trabajo de la Municipalidad de Río Grande, la Dirección de Medicina Ocupacional, Seguridad e Higiene Laboral de la Municipalidad de Ushuaia; sin perjuicio de la propia reglamentación que posean al respecto los Convenios Colectivos de Trabajo y el Poder Judicial Provincial.
Que a los efectos de no perjudicar a los afiliados encuadrados en la normativa descripta en el considerando anterior y organizar el trámite interno, no se darán inicio a expedientes de Jubilación por Invalidez hasta seis 6 meses antes de que finalice la licencia de salud DISP. Nº 020

TORELLI
16-02-10

ARTICULO 1º- RECTIFICAR la numeración correspondiente al Año, de la Disposición A.P. Nº 0004, donde dice 09, debe decir 2010, respectivamente.
ARTÍCULO 2º- REGÍSTRESE, comuníquese a quien corresponda, cumplido Archívese.

25

Presidente.Javier Darío MUCHNIK - Juez.María del Carmen BATTAINI Juez.RESOLUCION
PRESIDENCIADEL
SUPERIOR TRIBUNAL DE
JUSTICIA

TORELLI
RESOL. Nº 06
RESOLUCION SUPERIOR
TRIBUNAL DE JUSTICIA

14-07-10

VISTO:
La presentación efectuada por la RESOL. Nº 74
14-07-10 señora Juez de Instrucción Segunda Nominación del Distrito JudiVISTO:
cial Sur, Dra. María Cristina BaLa presentación efectuada por la rrionuevo, y señora Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del DistriCONSIDERANDO:
to Judicial Norte, Dra. Silvia HeEn virtud de la misma resulta prorráez, y cedente disponer su incorporación al servicio de feria en curso, en los CONSIDERANDO:
términos requeridos, así como la Solicita se fije una feria extraordide la Secretaria del Juzgado, Dra.
naria a los fines de la instalación Mercedes B. López Vega.
del nuevo sistema informático de Por ello, de conformidad a lo disgestión S.I.G.E. en el Juzgado.
puesto en el art. 2º de la Acordada De conformidad con el programa Nº: 33/10, de informatización de juzgados aprobado por este Tribunal, se enEL PRESIDENTE DEL
cuentra en curso la implementación SUPERIOR TRIBUNAL DE
del sistema de gestión referido, que JUSTICIA
redundará en beneficio del servicio RESUELVE:
de justicia.
Teniendo en cuenta la situación 1 AFECTAR al servicio de feria funcional del Juzgado de Primera a la Sra. Juez de Instrucción de SeInstancia en lo Civil y Comercial gunda Nominación del Distrito Judel Distrito Judicial Norte, corresdicial Sur, Dra. María Cristina Baponde acceder a lo solicitado.
rrionuevo, del 10 al 16 de julio del corriente año, inclusive, y a la SePor ello, cretaria del Juzgado, Dra. MerceEL SUPERIOR TRIBUNAL DE des B. López Vega, los días 13 y JUSTICIA
14 de julio, sin perjuicio de las faRESUELVE:
cultades y deberes del Magistrado de turno a cargo del Juez Correc1º DISPONER una feria judicial cional del 10 al 17 de julio del año extraordinaria en el ámbito del Juzen curso inclusive.
gado de Primera Instancia en lo Civil 3 MANDAR se registre, notifiy Comercial del Distrito Judicial que, publique y cumpla.
Norte, entre los días 26 y 28 de julio, inclusive, lapso en el que se Carlos Gonzalo SAGASTUME suspenderá su funcionamiento y el Presidente.transcurso de los plazos procesales, sin perjuicio de la atención de ACORDADAS SUPERIOR
aquellos asuntos urgentes que ameTRIBUNAL DE JUSTICIA
riten la habilitación de la misma, conforme al régimen general preACORDADA Nº 39/10
visto al respecto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En la ciudad de Ushuaia, capital de 2º MANDAR se registre, comunila Provincia de Tierra del Fuego, que, publique en el Boletín Oficial Antártida e Islas del Atlántico Sur, de la Provincia y en la página web a los 14 días del mes de julio del del Poder Judicial y se cumpla.
año dos mil diez, se reúnen en Acuerdo los señores Jueces del Carlos Gonzalo SAGASTUME - Superior Tribunal de Justicia de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/7/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date19/07/2010

Page count40

Edition count3738

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Dernière édition23/01/2024

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