Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/4/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVIII dar respuestas acordes a la realidad social y necesidades de la población de la Provincia.
Que si bien el Decreto Provincial N 24/08 prohibe la cobertura de vacantes, prevé la excepción en su artículo 2 cuando se encuentren justificadas por razones de especialización, la incorporación de Profesionales y Técnicos.
Que dispone también la cobertura de esas vacantes mediante los procedimientos a los que alude el Decreto Provincial N 3683/07.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, el que quedará sujeto a la aprobación del Poder Ejecutivo, tal cual lo dispuesto en el Decreto Provincial N 3683/07.
Que la suscripta de encuentra facultada para el dictado de la presente, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial N 752.
Por ello:
LA MINISTRO DE
DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:

Ushuaia, Viernes 17 de Abril de 2009 - Nº 2561

DE SEGURIDAD SOCIAL
RESOL. Nº 572

27-08-08

VISTO: El Expediente Letra "D"
2254/2008 caratulado: SOLICITUD DE INCREMENTO SALARIAL DEL 20% AL TOTAL DE
LA ESCALA: y CONSIDERANDO:
Que en el marco de las negociaciones que se llevan a cabo con: la Comisión Negociadora de Empleados, junto a los Gremios de A.T.E, U.P.C.N. y A.T.S.A., se trabajó sobre la solicitud de incremento salarial, oportunamente efectuada.
Que en el ámbito del Directorio se analizó la ampliación de Presupuesto reconducido 2007, para este cometido.
Que la Contaduría General ha realizado el informe correspondiente, mediante Notas Nros. 112/
2008 y 113/208 obrantes en el expediente de marras.
Que la Comisión de Presupuesto, Economía y Administración ha tomado la debida intervención, emitiendo el Dictamen N 84/2008, el cual se da por íntegramente reproducido en este acto.
Que en ese contexto el Directorio, procede a la votación correspondiente, que arroja el siguiente resultado.
AFIRMATIVA: MARTINEZ, PERALTA. SANDEZ y VARGAS
NEGATIVA: SINCHICAY.
Por lo expuesto, según lo prescripto en el Art. 9 de la Ley 641, el Directorio de éste Instituto resuelve, por simple mayoría de los presentes, proceder en consecuencia.
Que este Directorio se encuentra facultado para el dictado del presente en virtud de las atribuciones que le confiere el Artículo 11 inciso i de la Ley N 641.

ARTÍCULO 1º- Autorizar el llamado a concurso abierto de antecedes y entrevista correspondiente al 1 Semestre de 2009 para cubrir vacantes de Profesionales y Técnicos en planta permanente en el ámbito de la Subsecretaría de Políticas de Infancia, Adolescencia y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social en la Comuna de Tolhuin, según el Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 2- Aprobar el cronograma establecido en el Anexo II de la presente.
ARTÍCULO 3- Aprobar los requisitos a ser exigidos a los postulantes, establecidos en el Anexo III de la presente.
ARTÍCULO 4- Fijar como fecha de inicio del concurso el día 06 de abril del corriente año.
Por ello:
ARTÍCULO 5- Someter el preEL DIRECTORIO DEL
sente llamado a la aprobación de INSTITUTO PROVINCIAL
la señora Gobernadora, tal cual lo AUTÁRQUICO UNIFICADO
dispuesto por el Decreto ProvinDE SEGURIDAD SOCIAL
cial Nº 3683/07.
RESUELVE:
ARTÍCULO 6- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y ARTICULO 1- AUTORIZAR
archivar.
una recomposición salarial para todos los agentes dependientes de FOSSINI éste Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social, RESOLUCIONES INSTITUdel doce por ciento 12% sobre el TO PROVINCIAL
total de escala, a partir del 1 de AUTARQUICO UNIFICADO Julio del 2008 y del cinco 5%,
sobre el total de escala a partir del 1 de Noviembre del 2008, sujeto a la aprobación de la ampliación del presupuesto reconducido 2007
por el Poder Ejecutivo Provincial.
ARTICULO 2- AUTORIZAR un incremento en la mismas condiciones porcentuales establecidas en el artículo precedente, en los valores de los Adicionales Especiales, con vigencia a partir del 01/08/08 y 01/
11/08, respectivamente.
ARTICULO 3- Por la Dirección de Administración y Recursos Humanos se deberá elaborar la escala salarial para el personal dependiente del Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social.
ARTICULO 4- IMPUTAR la presente en la partida presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 5- REGISTRESE.
Comuníquese a quienes corresponda, cumplido, ARCHIVESE.

3

AFIRMATIVA: MARTINEZ, SANDEZ, VAGAS y PERALTA.
NEGATIVA: SINCHICAY.
Por lo expuesto, según lo prescripto en el Artículo 9 de la Ley 641, el Directorio de este Instituto resuelve, por simple mayoría de los presentes, proceder en consecuencia.
Que es facultad de este Directorio el dictado del presente acto administrativo en virtud de las atribuciones que le confiere el Artículo 11 de la Ley 641.
Por ello:
EL DIRECTORIO DEL
INSTITUTO PROVINCIAL
AUTÁRQUICO UNIFICADO
DE SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1- AUTORIZAR
un aumento del Adicional Buenos Aires, de acuerdo al siguiente detalle, a partir del mes de Julio del SINCHICAY - PERALTA - VARcorriente año:
GAS - MARTINEZ - SANDEZ Categoría 10 á 14
$ 480,00
Caloría 15 á 18
$ 560,00
RESOL. Nº 573
27-08-08 Categoría 19 á 22
$ 640,00
Categoría 23 y 24
$ 680,00
VISTO: El expediente Letra D 2254/ ARTICULO 2- REGISTRESE.
08 del registro de este Instituto:
NOTIFIQUESE a quienes corresponda. Cumplido ARCHÍVESE.
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones de SINCHICAY - PERALTA - VARla referencia tramita una solicitud GAS - MARTINEZ - SANDEZ.
de incremento salarial para el personal del IPAUSS.
RESOL. Nº 574
27-08-08
Que oportunamente este Directorio solicitó previo a la adopción ARTICULO 1- DAR DE BAJA
de alguna resolución al respecto el beneficio de Jubilación Ordinase elaboren los informes técnicos ria Anticipada oportunamente conindispensables que se constituyan cedido al Señor Américo Nicolás en antecedentes de hecho suficienAGUIRRE LE N 04.606.022
tes para el dictado de la presente. mediante Resolución del Ex -IPPS
Que al efecto se han elaborado las N 316/2000, de fecha 04-05-00, Notas 112/08 y 113/08 Dirección de conformidad con lo estatuido de Contabilidad.
por el Artículo 12 de la Ley 460
Que habiéndose verificado la iny su Decreto Reglamentario N
mutabilidad de los valores del Adi- 223/00, a partir de la fecha de su cional Buenos Aires desde el 01. fallecimiento acaecido el 13-06-08, 01.04 se juzga conveniente, oporen un todo de conformidad con las tuno y posible incrementarlos.
consideraciones precedentemente Que la Comisión de Presupuesto, efectuadas y dictámenes citados.
Economía y Administración ha toARTICULO 2- CONCEDER a la mado debida intervención emitienSeñora Mirta Antonia GONZAdo el Dictamen CPEA 85/08, cuLEZ DNI N 05.298.672 en conyos términos se tienen por íntecurrencia con sus hija la Srta. Ana gramente reproducidos y se comMaría Guadalupe AGUIRRE
parten en su totalidad.
GONZALEZ
DNI
N Que se somete a discusión los tér- 33.688.016 el beneficio de Penminos del presente instrumento, sión Derivada, conforme lo norma procediéndose a la votación coel Artículo 28 apartado 1 Inciso rrespondiente que arroja el siguiena de la Ley 561 Sucesión de te resultado:
AGUIRRE AMERICO NICO-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/4/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date17/04/2009

Page count19

Edition count3738

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Dernière édition23/01/2024

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