Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 10/9/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVII -

"2008 - AÑO DE LA ENSEÑANZA DE LAS CIENCIAS"

1

Ushuaia, Miércoles 10 de Septiembre de 2008 - Nº 2475

Nº 2475

AÑO XVII

BOLETIN OFICIAL

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU

Sr. Roberto Luis CROCIANELLI

Arq. Daniel Rubén LEPEZ MACIAS

Sr. Darío Rubén VARGAS

Ministro de Gobierno, Coordinación General y Justicia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Dra. María Haydee GRIECO

Lic. Silvia Cristina FOSSINI

Dr. Marcelo Oscar ECHAZU

Lic. Adrián Alberto CAMERANO

Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic. Sandra Graciana GARNICA

Sr. Daniel Alejandro LEON

Dr. Eduardo Raúl OLIVERO

Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr. Eduardo Humberto DANDREA

Dr. Nicolás Juan LUCAS

Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Miércoles 10 de Septiembre de 2008
03-09-08 pago de los haberes.
ARTICULO 3º- Notificar a la inARTICULO 1º- Adscribir al Bloteresada, comunicar a quienes coque Frente Para la Victoria de la rresponda, dar al Boletín Oficial de Legislatura Provincial, a la agente la Provincia y archivar.
Graciela Norma BOZAC, categoría 18 P.A. y T., legajo N
RIOS
13255331/00, a partir del día siGuillermo H. ARAMBURU
guiente al de su notificación, y por el término de trescientos sesenta y DECRETO Nº 1802 03-09-08
cinco días 365, en virtud de lo establecido en el Decreto Nacional ARTICULO 1º- Adscribir al BloNº 2058/85, anexo I, punto 2.3 - que Frente Para la Victoria de la Reglamentario de la Ley Nacional Legislatura Provincial, al agente Nº 22.251.
Ramón Norberto IBARRA, cateARTICULO 2º- La institución que goría 10 P.A. y T., legajo Nº solicitó la adscripción de la agente 18477757, a partir del día siguiende referencia deberá enviar dentro te al de su notificación, y por el de los primeros cinco 5 días de término de trescientos sesenta y cada mes a la Dirección General de cinco 365 días, en virtud de lo Administración Financiera, depenestablecido en el Decreto Nacional diente del Ministerio de Gobierno, Nº 2058/85, anexo I, punto 2.3 Coordinación General y Justicia, Reglamentario de la Ley Nacional la real prestación de servicios del Nº 22.251.
mes anterior; teniendo en cuenta ARTICULO 2º- La institución que que la no presentación en tiempo solicitó la adscripción del agente y forma de la información requeride referencia deberá enviar dentro da, dará lugar a la suspensión del de los primeros cinco 5 días de DECRETO Nº 1801

cada mes a la Dirección General de Administración Financiera, dependiente de la Secretaría de Promoción, Económica y Fiscal del Ministerio de Economía, la real prestación de servicios del mes anterior; teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la información requerida, dará lugar a la suspensión del pago de los haberes.
ARTICULO 3º- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU
DECRETO Nº 1803

03-09-08

VISTO el expediente N 11454EC/08 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que obra agregada al expediente citado en el visto la presentación del
Sr. Fiscal de Estado mediante Nota Nº 485/08, en la cual solicita a la Sra. Gobernadora la autorización para allanarse a la demanda planteada en los autos caratulados "Vivero, Ramón Fernando c/Provincia de Tierra del Fuego s/Desalojo", Expte. Nº 11.612, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial y Comercial Distrito Judicial Norte.
Que si bien el Gobernador es el representante legal de la Provincia conforme los previsto en el artículo 135º, inciso 1 de la Constitución Provincial, el Fiscal de Estado interviene en todos los juicios contenciosos administrativos y en todos aquellos otros en que se afecten directa o indirectamente los intereses provinciales como representante judicial, conforme artículo 167º de la Constitución Provincial y la Ley Provincial Nº 3.
Que esta amplia representación judicial no comprende la de allanarse, transigir o consentir actuaciones judiciales, por lo que en caso
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 10/9/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date10/09/2008

Page count36

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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