Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/9/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XIV - Ushuaia, Miércoles 21 de Septiembre de 2005 - Nº 2042
do por la presente fue atendido con los fondos de la Cuenta Corriente N
1710548/0 denominada EPIC
FORCE - Unión Europea del Banco Provincia de Tierra del Fuego.
ARTÍCULO 3- De forma.

tenticada de la presente Disposición a la Subsecretaría de Recursos Naturales, para conocimiento.
ARTÍCULO 5- Comunicar a quien corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

LUPPO

FLORES

08-09-05

DISPOSICION REGISTRO DE
MARCAS Y SEÑALES

RESOL. N 125

ARTICULO 1- Aplicar a la empresa DOS ARROYOS S.C.A., una sanción consistente en apercibimiento por infracción cometida a lo dispuesto por el Artículo 82 de la Ley Provincial 55.
ARTICULO 2- De forma.
LUPPO
RESOL. N 126

13-09-05

ARTICULO 1- Autorizar a la Planta de Tratamiento del Ing. Daniel Rumis, con domicilio en Tomas Bridge N 3070 de la Ciudad de Río Grande como operador de residuos peligrosos.
ARTICULO 2- Autorizar a la planta operadora, a efectuar el tratamiento por termodestrucción de residuos peligrosos y patológicos, catalogados como Y1, Y2, Y3, Y6, Y8, Y9, Y11, Y12, Y13, Y16, Y42, excluyendo cualquier tipo de residuo halogenado.
ARTICULO 3- Exigir al operador las condiciones y requerimientos detallados en el Anexo de la presente Resolución.
ARTICULO 4- Establecer un período de un 1 año para la vigencia del presente acto administrativo el cual reviste el carácter de Certificado Ambiental.
ARTICULO 5- De forma.
LUPPO
DISPOSICION DIRECCION
GENERAL DE SUMARIOS
SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA
DISP. N 02

DISP. N 37

06-09-05

ARTICULO 1- Aplicar al señor Eduardo Osvaldo BEVACQUA, la sanción consistente en una multa equivalente a veinticinco 25 veces el valor de la Guía por animal involucrado, por infracción a lo dispuesto por la Ley Provincial N 262.
ARTICULO 2- La multa impuesta en el artículo precedente cuyo monto asciende a la suma de cuarenta pesos $ 40.00, deberá depositarse en la cuenta especial de la Subsecretaría de Recursos Naturales N
17103170 del Banco Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, dentro del plazo de treinta 30 días a partir de la firma de la presente.
ARTICULO 3- Notificar al interesado con copia del presente y del Dictamen S. L. y T. N 1904/05.
ARTICULO 4- Comuníquese al interesado, dése al Boletín Oficial de la Provincia y ARCHÍVESE.
JACOB
RESOLUCION REGISTRO
ELECTORAL Y DE REGISTRO
PROVINCIAL
RESOL. N 72

26-08-03

AUTOS Y VISTOS:
para resolver la solicitud de RECONOCIMIENTO de la agrupación política denominada MOVIMIENTO SOCIAL UNIDO S/Solicitud de Reconocimiento como Partido Político Municipal Expte. N
213/2003 y;

15-09-05

ARTÍCULO 1- Designar Instructora del Sumario Administrativo ordenado por Resolución de la Subsecretaría de Recursos Naturales N
122/05, a la Sra. Directora de Administración Central y Zona Norte de la Dirección General de Sumarios de la Secretaría Legal y Técnica Agente Categoría 23 P.A. y T. Clara Alcira ARCE, Legajo N 14547289/00.
ARTÍCULO 2- Designar Secretaria de Instrucción en el Expediente S.L.
y T. N 31/05, a la Agente categoría 10 P.A. y T. Mariela Fernanda UMERES Legajo N 22652656/00.
ARTÍCULO 3- Notificar a la Instructora designada con remisión del Expediente S.L. y T. N 31/05 y a la Secretaria de Instrucción de la misma investigación administrativa.
ARTÍCULO 4- Remitir copia au-

CONSIDERANDO:
I.- Que este Juzgado emitió opinión para el reconocimiento de las agrupaciones políticas, con respecto a lo establecido por la Ley de Partidos Políticos Provincial N 470.
II.- Que por economía y celeridad procesal, para la constitución de los Partidos Provinciales, se solicita el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley de Partidos Políticos Provincial; -Acta de Fundación y Constitución, Carta Orgánica, Declaración de Principios y Bases de Acción Política, nómina de autoridades y apoderados.
III.- Que para evitar el dispendio de esfuerzos y previo a la presentación de fichas de afiliación, requisito fundamental para el sostenimiento de la personería de una agrupación política, se procede a aceptar la solicitud
de reconocimiento como partido político y luego se intima al cumplimiento de lo establecido por el artículo 9 de la Ley citada. En esta oportunidad visto el cronograma electoral vigente y atento a que la agrupación política tiene intenciones de presentar candidatos para cargos electivos, deberá acreditar antes de la oficialización de candidatos 11/09/03, la intención cierta del partido de sostener dicha agrupación con la presentación de fichas de afiliación.
IV.- Que a fs. 14 se presenta la Señora Noelia Carolina JURADO M.I.
N 28.509.892; peticionando el reconocimiento como partido político provincial, acreditando su calidad a fs. 1.
V .- Que, cumplimiento de las normativas legales art. 8 de la Ley de Partidos Políticos N 470, artículo 225, inciso 4 de la Carta Orgánica Municipal y la Ley Electoral Provincial N 201, acompaña a fs. 4/13
Carta Orgánica Partidaria, fs. 3 Declaración de Principios y Bases de Acción Política a fs. 1/2 Acta de Fundación y Constitución.- Se da cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 24 y 80 de la Ley citada -fs. 1
y 18, se fija el domicilio en Barrio INTEVU XVI CASA n 20 de la ciudad de Ushuaia.
VI.- Que a fs. 19; se cumple con lo dispuesto por el artículo 79, inc. c apartado tercero, de la Ley de Partidos Políticos Provincial N 470.- A
fs. 24 obra dictamen del Ministerio Público Fiscal donde OBSERVA la Carta Orgánica Partidaria; a fs. 34/
42 se acompaña nuevo texto ordenado cumpliendo con lo ordenado por el Ministerio Público Fiscal.
VII.- Que a fs. 19 se ordena poner en conocimiento a las distintas agrupaciones políticas reconocidas y en formación en el Distrito y en la Provincia y la publicación por el término de tres 3 días en el Boletín Oficial de la Provincia, a fs. 52/54 obra constancia de publicación.
VIII.- Que fs. 51 se convoca a la audiencia prevista por el artículo 82 de la Ley Provincial de Partidos Políticos Provincial N 470; a fs. 55 vta./
56 obran las constancias de notificación a las partes.
IX.- Que a fs. 60 se realiza la audiencia.- Donde no se presenta ninguna objeción a la solicitud de reconocimiento y nombre adoptado por la agrupación política.
Por ello, encontrándose cumplidos los recaudos legales y de conformidad con lo dispuesto por la ley de aplicación.
RESUELVO:
1.- RECONOCER como PARTIDO
PROVINCIAL en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a la agrupación política denominada "MOVIMIENTO
SOCIAL UNIDO S/Solicitud de Reconocimiento como Partido Político Municipal", con derecho exclusivo al uso del nombre y demás atributos
3

que le acuerda la ley.
2.- Tener como integrantes de la Junta Promotora a los ciudadanos: PRESIDENTE Jorge Santos MONZON;
VICEPRESIDENTE Dionicio Domingo BENITEZ; SECRETARIO
POLITICO Alejandro PEREZ; SECRETARIO ADMINISTRATIVO
Noelia Carolina JURADO, TESORERO DE FINANZAS Gladys Noemi FLEITAS, PRO-TESORERO Mónica Adela FERRARI, PRIMER VOCAL Alberto Francisco MOLINA, SEGUNDO VOCAL
Héctor Ruben HERNANDEZ, TERCER VOCAL Marina del Carmen GALLARDO, PRIMER VOCAL SUPLENTE Fabián Alberto PEREZ, SEGUNDO VOCAL SUPLENTE Federico Nicolás PEREZ
y TERCER VOCAL SUPLENTE
Jorgelina Andrea CARNOTA y como apoderado Partidario Estela Noemi GODOY.
3.- Por constituido el domicilio partidario en la Barrio INTEVU XVI
N 20 de la ciudad de USHUAIA, otorgarle el número 126 ciento veintiséis de identificación Provincial.
4.- Firme que sea este pronunciamiento, ofíciese al Boletín Oficial de la Provincia disponiendo su publicación por tres 3 días de la presente resolución y la Carta Orgánica Partidaria.
5.- La autoridades partidarias deberán dar cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de Partidos Políticos Provincial.
6.- Se deberá acompañar antes 11/
09/03 un número de fichas de afiliación o adhesión que demuestren el acompañamiento de la ciudadanía, atento lo normado por el artículo 225, inciso 4, de la Carta Orgánica Municipal.
7.- Regístrese, publíquese notifíquese al Señor Fiscal y al Señor Apoderado Partidario.
Horacio Rubén MAFFEI - Juez ANTE MI DOY FE
Dra. Susana RICHIERI -Prosecretaria de Actuaciones - J.E. y R.P.
Alejandro O. FERRETTO - Secretario Juzgado Civil y Comercial CARTA ORGANICA DEL
MOVIMIENTO SOCIAL
UNIDO
ARTICULO 1- El Movimiento Social Unido está facultado para integrarse a Alianzas o Confederaciones con otras agrupaciones políticas provinciales, acuerdos programáticos, todo con carácter transitorio y en un todo de acuerdo con la Declaración de Principios y Bases de Acción Política.
CAPITULO I
ARTICULO 2- Los ciudadanos podrán inscribirse en el registro correspondiente durante todo el año, salvo noventa 90 días antes de las elecciones partidarias y hasta un día

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/9/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date21/09/2005

Page count11

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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