Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/9/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XIV - Ushuaia, Miércoles 21 de Septiembre de 2005 - Nº 2042

citud de Manifestación de Descubrimiento de un turbal, a favor del Sr. Guillermo Carlos Alcoba, el que tramitaba bajo expediente N 10414/03, en virtud de los considerandos precedentes.
ARTICULO 2- Notificar al interesado, con copia autenticada de la presente resolución.
ARTICULO 3- De forma.
ANDINO
RESOL. N 039

29-08-05

ARTICULO 1- No hacer lugar a la solicitud de Manifestación de Descubrimiento efectuada por la Sra. Silvia del Valle Andreo, tramitaba bajo expediente N 1465/02, en virtud de los considerandos precedentes.
ARTICULO 2- Notificar al interesado, con copia autenticada de la presente resolución.
ARTICULO 3- De forma.

RESOLUCION SECRETARIA
LEGAL Y TECNICA
RESOL. N 10

12-09-05

ARTICULO 1- Suspender a partir del 16 de setiembre de 2005 el usufructo de la Segunda Fracción de la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2004, a la Agte. Cat.
24 P.A.y T. Sra. Susana Laura ACEVEDO - Legajo N 14287864 - autorizada por Disposición S.R.H. N
3257/05, por las razones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
ABINAL
RESOLUCIONES
SUBSECRETARIO DE
RECURSOS NATURALES

ANDINO
RESOL. N 118
RESOL. N 040

12-08-05

29-08-05

ARTICULO 1- REGISTRAR por Escribanía de Minas en el REGISTRO
DE MANIFESTACIONES, a nombre del Sr. José Luis Alberto COSTA, el yacimiento de mineral de Turba denominado RECURSOS DE LA
ISLA, ubicado tierras fiscales sin mensurar de la Sección Rural del departamento Ushuaia, propiedad de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártica e Islas del Atlántico Sur, conforme lo prescripto por los artículos 51, 52 y 53 del Código de Minería ARTICULO 2- PUBLICAR, a cargo del solicitante, edictos en legal forma en el Boletín Oficial, por tres 3 veces en el término de quince 15 días arts. 530, C.M.
ARTICULO 3- DENTRO del plazo de cien 100 días, contados desde el día siguiente al del registro, el descubridor tendrá hecha la labor legal que ponga de manifiesto el criadero, la que comunicará por escrito en la forma que prescribe el artículo 68 del Código de Minería.
ARTICULO 4- DENTRO de los treinta 30 días de comunicada la realización de la labor legal, el registrador deberá solicitar mensura y demarcación de pertenencias en la forma indicada por los artículos 81 y 82 del Código de Minería, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 71 del Código de Minería.
ARTICULO 5- DENTRO del plazo de un 1 año, contando a partir de la fecha de la petición de mensura que prescribe el Art. 81 del Código de Minería, y este o no mensurada la mina, el concesionario deberá presentar a la autoridad minera una estimación del plan y monto de las inversiones de capital fijo que se proponga a efectuar Art. 217, C.M.
ARTICULO 6- NOTIFICAR formalmente por CEDULA.
ARTICULO 7- De forma.
ANDINO

ARTICULO 1- Habilitar a la empresa PESQUERA DEL BEAGLE
S.A., como Pescador Costero Artesanal de crustáceos, para operar en aguas de Jurisdicción Provincial, con la embarcación MILI matrícula N
02397, por el término de un 1 año a partir de notificada la presente.
ARTICULO 2- Las artes de pesca habilitadas son, seiscientas 600
trampas para captura de crustáceos.
ARTICULO 3- Trescientas 300
del cupo total habilitado serán cedidas, cien 100 trampas habilitadas por la L/P CATAMARCA, y doscientas 200 trampas habilitadas por la L/P BEAGLE.
ARTICULO 4- Delimitar el área de pesca de centolla y centollón entre Frontón Gable e islas Becasses la cantidad de trescientas 300 trampas y desde islas Becasses hacia el este, la cantidad de trescientas 300 trampas.
ARTICULO 5- El incumplimiento de las reglamentación vigente Provincial o Nacional, así como a las obligaciones establecidas en el presente por parte de la L/P MILI, podrá dar lugar a la suspensión o cancelación del presente permiso.
ARTICULO 6- De forma.
LUPPO
RESOL. N 119

18-08-05

ARTÍCULO 1- Otorgar una AMPLIACIÓN del Permiso Forestal PROVISORIO al Sr. FREGOSINI, Jorge Milcíades, matrícula de P.P.F.
en trámite, para el aprovechamiento de productos forestales, abarcando una superficie de TRES CON CINCO
HECTAREAS 3,5 Has en la zona denominada ACCESO A AGUAS
BLANCAS y según la ubicación detallada en el mapa obrante como Anexo I de la presente, y en virtud de los precedentes considerandos.
ARTICULO 2- El presente permi-

so estará sujeto a caducidad automática, si el administrado no cumple con los plazos para obtener su matrícula provincial de Pequeño Productor Forestal, establecidos en la Resolución M.P. N 36/2005.
ARTICULO 3- A la fecha de obtención de la matrícula de P.P.F. por parte del Sr. FREGOSINI, Jorge Milcíades, el presente permiso se considerará como un Permiso Anual correspondiente al Período Forestal 2005/2006 en todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 9 inc. a de la Ley Provincial N 145 y el Art. 27
del Decreto Provincial 852/95.
ARTÍCULO 4- La presente ampliación se considera como extensión de la autorización excepcional para la explotación y el apeo de ejemplares arbóreos en pie a un Pequeño Productor Forestal.
ARTÍCULO 5- Se prohibe la transferencia de la titularidad del presente permiso forestal en base a las normativas vigentes.
ARTÍCULO 6- Los productos forestales resultantes del presente permiso anual podrán ser elaborados y comercializados únicamente por el titular del mismo.
ARTICULO 7- Las tareas de aprovechamiento deberán ajustarse a las normas que se adjuntan a la presente como Anexo II y a toda la normativa forestal vigente.
ARTICULO 8- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
LUPPO
RESOL. N 120

19-08-05

ARTICULO 1- APROBAR la Guía de Aviso de Proyecto presentada por CARTONSUR PATAGÓNICO
S.R.L. de tratamiento de poliestireno expandido.
ARTICULO 2- EXIGIR al proponente del proyecto la habilitación otorgada por el Municipio para este tipo de actividad, requerimiento que deberá ser cumplimentado como requisito previo al comienzo de las operaciones.
ARTICULO 3- ESTABLECER los requisitos de gestión y control para este proceso que deberá cumplir el proponente del proyecto, los cuales que se detallan como Anexo I de la presente resolución.
ARTICULO 4- ESTABLECER los requisitos mínimos implementar por la planta de tratamiento en lo que respecta al destino de los materiales y/o residuos tratados, los cuales se detallan como Anexo II de la presente resolución ARTÍCULO 3- ESTABLECER el modelo de certificado de tratamiento que se detalla en el Anexo III de la presente resolución.
ARTICULO 5- De forma.
LUPPO
RESOL. N 121

19-08-05

ARTICULO 1- Autorizar el traslado de baterías usadas y escorias de estaño plomo residuales, mediante trasporte habilitado para carga peligrosa.
ARTICULO 2- Establecer la vigencia de la presente Resolución por un período de sesenta 60 días.
ARTICULO 3- De forma.
LUPPO
RESOL. N 122

02-09-05

ARTICULO 1- Instruir Sumario Administrativo en el ámbito de la Dirección de Pesca y Acuicultura, tendiente a precisar todas las circunstancias y reunir los elementos de prueba necesarios con el objeto de esclarecer la posible comisión de irregularidades e individualizar a los responsables y proponer sanciones, si correspondiere, con relación al presunto otorgamiento en forma irregular de doscientos treinta 230 PERMISOS PATAGONICOS DE PESCA DEPORTIVA correspondientes a la temporada 2003/2004, para su venta por el comercio denominado Panadería La Unión, sito en calle Jeujupen N 450 de la Comuna de TOLHUIN, ello por los motivos expuestos en los considerandos y en el Dictamen S.L. y T. N 1558/05.
ARTICULO 2- Dar intervención a la Dirección General de Sumarios de la Secretaría Legal y Técnica, facultando a la misma para la designación de un instructor y cumplir con la sustanciación sumarial ordenada por el artículo 1.
ARTICULO 3- Remitir las presentes actuaciones a la mencionada Dirección General de Sumarios, acompañando copia autenticada de la presente Resolución, a los fines de realizar el caratulado y registro correspondiente.
ARTICULO 4- De forma.
LUPPO
RESOL. N 123

05-09-05

ARTICULO 1- Declarar exento de sanción al Centro de Empleados de Comercio, con domicilio en Moyano 750 de la Ciudad de Río Grande, por presunta infracción a lo establecido en el Artículo 17 de la Ley Provincial 105, según fuera dispuesto por la Resolución S.R.N. N 101/05, mediante la cual se instruyó el pertinente sumario.
ARTICULO 2- De forma.
LUPPO
RESOL. N 124

05-09-05

ARTÍCULO 1- APROBAR el gasto por la suma de PESOS CINCO
MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE $ 5.189,00, para la adquisición de dos computadoras completas, detalladas en el Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 2- El gasto demanda-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/9/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date21/09/2005

Page count11

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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