Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 10/1/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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sador de Tarifas a Usuarios Finales y los cambios en la proporción de subsidio que se aplica a cada tarifa conllevan modificaciones al Cuadro de Tarifas mencionado.
Que la Cooperativa de Río Grande, prestataria del servicio en esa ciudad, propone un aumento del 25%
en promedio del cuadro de tarifas en función de los aumentos registrados en los Costos de operación y mantenimiento.
Que de acuerdo al Informe DPE N
117/04, el subsidio a atender con el FCT se ajusta a valores compatibles con el monto que la Provincia prevé recibir en tal concepto.
Que se mantienen las tarifas reales que paga el usuario de bajos recursos cuyo consumo se encuentra dentro de los 100 kWh /mensual.
Que los ingresos que percibiría la Cooperativa asegurarían el no desfinanciamiento de la entidad y le permitirán continuar con el servicio.
Que el Presidente de la Dirección Provincial de Energía, acuerda con el porcentaje de un 25% en promedio solicitado por la Cooperativa de Servicios Públicos, Asistenciales, Consumo y Vivienda de Río Grande Ltda, prestataria del servicio eléctrico en la ciudad de Río Grande.
Que por otra parte resulta necesario establecer explícitamente que el pago de los montos resultantes de la liquidación del subsidio proveniente del FCT se hará efectivo en la medida en que se reciban los importes previstos de dicho fondo.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 135 de la Constitución Provincial, y el artículo N 14
del contrato de concesión.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA, E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Apruébase el Cuadro de Tarifas de la Cooperativa de Servicios Públicos, Asistenciales, Consumo y Vivienda de Río Grande Ltda que se transcribe en el Anexo I, que forma parte integrante del presente, con un aumento del orden del 25% en promedio.
ARTÍCULO 2- El cuadro tarifario que se aprueba será de aplicación a las facturaciones que se produzcan a partir del 1 de Enero del 2005.
ARTÍCULO 3- El pago de los montos resultantes de la liquidación del subsidio proveniente del Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas a Usuarios Finales Abreviadamente Fondo Compensador Tarifario ó FCT se hará efectivo en la medida en que se reciban los importes previstos de dicho fondo.
ARTÍCULO 4- En caso de resultar insuficientes los fondos percibidos para saldar completamente el monto
AÑO XIV - Ushuaia, Lunes 10 deEnero de 2005 - Nº 1932
subsidiado, la Dirección Provincial de Energía comunicará a la Cooperativa de Servicios Públicos, Asistenciales, Consumo y Vivienda de Río Grande Ltda. tal circunstancia, debiendo adaptarse la liquidación del fondo a los fondos disponibles.
ARTÍCULO 5- Notifíquese a quienes corresponda. Dése al Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
COLAZO
José E. CHAILE
DECRETO N 4936

23-12-04

VISTO el Expediente E-719/2004 del registro de la Dirección Provincial de Energía que trata sobre la modificación del Cuadro de Tarifas del servicio de energía eléctrica que presta la Dirección Provincial de Energía en el ámbito de la Provincia; y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Energía propone modificaciones en el cuadro de tarifas de los servicios que presta, en base al cambio en los costos de operación y mantenimiento registrados en los últimos años.
Que se han incrementado los aportes que le corresponden a la Provincia provenientes del Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas a Usuarios Finales.
Que el Sr. Presidente de la Dirección Provincial de Energía propone incrementar las tarifas un 25% en promedio, considerando el costo real de los servicios en la ciudad de Ushuaia, la localidad de Tolhuin y San Sebastián y la generación en zonas aisladas con combustible líquido, como por ejemplo Puerto Almanza.
Que en todos los casos se mantuvo el criterio de que lo efectivamente pagado por los usuarios en cada una de esas localidades sea de idéntico nivel que lo abonado por los usuarios de igual categoría de la ciudad de Ushuaia.
Que el cuadro propuesto no significa un aumento en el primer escalón de la tarifa Residencial considerada la tarifa social.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA, E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1- Apruébanse los Cuadros Tarifarios de la Dirección Provincial de Energía para los servicios de Ushuaia, Tolhuin, San Sebastián y Otras zonas con Generación aislada establecidos en los Anexos I, II, III y IV respectivamente, que forman parte integrante del presente, con un aumento del orden del 25%

en promedio.
ARTICULO 2- Los cuadros tarifarios que se aprueban serán de aplicación a las facturaciones retroactivas al 1 de enero del año 2005.
ARTICULO 3- El pago de los montos resultantes de la liquidación del subsidio proveniente del Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas a Usuarios Finales Abreviadamente Fondo Compensador Tarifario ó FCT se hará efectivo en la medida en que se reciban los importes previstos de dicho fondo.
ARTÍCULO 4- En caso de resultar insuficientes los fondos percibidos para saldar completamente el monto subsidiado, la Dirección Provincial de Energía comunicará a la Cooperativa de Servicios Públicos, Asistenciales, Consumo y Vivienda de Río Grande Ltda. tal circunstancia, debiendo adaptarse la liquidación del fondo a los fondos disponibles.
ARTÍCULO 5- Notifíquese a quienes corresponda. Dése al Boletín Oficial de la Provincia. Archívese.
COLAZO
José E. CHAILE
DECRETO N 4937

23-12-04

ARTICULO lConceder el período de Descanso Anual correspondiente al año 2004, a la señora Secretaria de Relaciones Institucionales y con la Comunidad, Dña. Ana María del Carmen CORDOBA, a partir del día veintiséis 26 de Diciembre de 2004.
ARTICULO 2- De forma.
COLAZO
Vicente FILOSA
DECRETO N 4938

23-12-04

ARTICULO 1- Comunicar que a partir del día veintiséis 26 de Diciembre de 2004, el suscripto hará uso del período de descanso anual.
ARTICULO 2- Dejar en ejercicio del Poder Ejecutivo al señor Vicegobernador de la Provincia, Dn. Hugo Omar COCCARO, a partir de la fecha indicada en el artículo 1.
ARTICULO 3- De forma.
COLAZO
Vicente FILOSA
DECRETO N 01

03-01-05

ARTICULO 1- A partir del día de la fecha, reasume sus funciones el suscripto.
ARTICULO 2- De forma.
COLAZO
Alejandro D. VERNET
DECRETO N 02

03-01-05

ARTÍCULO 1- Reconocer el traslado del señor Ministro de la Producción Méd. Vet. Marcelo Román MORANDI a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y de Puerto Madryn, entre los días trece 13 al diecisiete 17 de diciembre del 2004, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2- La presente comisión generó gastos en concepto de pasaje aéreo por los tramos Buenos Aires - Trelew - Buenos Aires y la liquidación de dos 2 días de viáticos.
ARTÍCULO 3- A partir del día diecisiete 17 de diciembre del 2004
reasumió en sus funciones el señor Ministro de la Producción Méd. Vet.
Marcelo Román MORANDI.
ARTÍCULO 4- De forma.
COLAZO
Marcelo R. MORANDI
DECRETO N 03

03-01-05

ARTICULO 1- Dejar sin efecto la designación efectuada mediante Decreto Provincial N 4564/04, del Arq.
Claudio Marcelo ARIAS, D.N.I. N
14.494.264, como Director Provincial de la Unidad Ejecutora Provincial, a partir del día de la fecha.
ARTICULO 2- Notificar a quienes corresponda, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Jorge E. LOPEZ
DECRETO N 04

03-01-05

ARTÍCULO 1- Dejar sin efecto la designación efectuada por Decreto Provincial N 3239/2004, de la señora Stella Maris CUBERLI, D.N.I.
N 32.473.035, en el cargo de Auxiliar Técnico del Ministerio de la Producción dependiente del Ministerio de la Producción a partir del día veintinueve 29 de diciembre de 2004.
ARTÍCULO 2- Notificar a quienes corresponda, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Marcelo R. MORANDI
DECRETO N 05

03-01-05

ARTICULO 1- Rectificar el artículo 1 del Decreto Provincial N 4799/
04, el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 1Acéptase la renuncia presentada por el señor Secretario de la Producción Dn. Jorge Walter MILLER, D.N.I.
N 14.892.655, a partir del día veintidós 22 de Diciembre de 2004".
ARTICULO 2- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia, archivar.
COLAZO
Marcelo R. MORANDI
DECRETO N 06

03-01-05

ARTICULO 1- Desígnase Subsecretario de Producción, a la C.P.N.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 10/1/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date10/01/2005

Page count46

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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