Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 3/4/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XI - Ushuaia, Miércoles 03 de Abril de 2002 - Nº 1521

ARTICULO 1º- Hacer lugar al Reclamo Administrativo interpuesto por la docente Adriana Graciela ROJO, DNI: Nº 13.580.061, por los motivos expuestos en los considerandos y en el Dictamen S.L.y T. Nº 126/2.002.
ARTICULO 2º- Reintegrar al docente mencionado en el Artículo 1º del presente, previa Cesión de Derechos a favor de la Provincia a efectuar ante la Escribanía General de Gobierno la suma de PESOS SEISCIENTOS
TREINTA Y CINCO CON 01/100
$ 635,01, retenida por aportes a la Caja Complementaria de Previsión para la Actividad Docente, por los motivos expuestos en los considerandos, y en el Dictamen S.L. y T.
Nº 126/2.002.
ARTICULO 3º- Comunicar a la Escribanía General de Gobierno que dentro del plazo de siete 7 días deberá citar a la docente indicada en el Artículo 1º a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º del presente.
ARTICULO 4º- Notificar a la interesada con copia del presente y del Dictamen S.L. y T. Nº 126/02.
ARTICULO 5º- El gasto que ocasione el presente será imputado a la partida presupuestaria 1-1-1-03-18103-1-6-40-0-00-34-0-16-00-00-0000-1-11.
ARTICULO 6º- De forma.
MANFREDOTTI
María A. SANTORO
DECRETO Nº 583

13-03-02

VISTO los Expedientes Nros. 54/
2002 y 55/2002 del Registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en la Ley Territorial Nº 343 y en el Decreto Provincial Nº 82/92 corresponde re el ajuste mensual de la distribución de ingresos coparticipables.
Que se conocen las cifras definitivas de los ingresos coparticipables correspondientes al mes de Diciembre de 2001.
Que en consecuencia, corresponde efectuar la liquidación definitiva de coparticipación a las Municipalidades de Ushuaia y Río Grande de los fondos que deben ser transferidos a los municipios, según lo pactado en el convenio registrado bajo el número 1121, ratificado por Decreto Provincial Nº 3134/93, de los Ingresos Coparticipables correspondientes al mes de Diciembre de 2001.
Que se coparticipó en forma automática según Ley Provincial Nº 512
Artículo Nº 14 a la Municipalidad de Río Grande la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON
3/100 $ 920.371,03, a la cual se le debe deducir la suma de PESOS
CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON
62/100 $ 48.692,62 en concepto de
descuento de la CUADRAGESIMA
NOVENA cuota según convenio Nº 3078, la suma de PESOS TREINTA
Y UN MIL QUINIENTOS NUEVE CON 59/100 $ 31.509,59 correspondiente al Convenio de Asistencia Financiera N" 4821, y la suma de PESOS DOCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON
90/100 $ 12.734,90 a cuenta del Convenio Nº 3370 y a la Municipalidad de Ushuaia se coparticipó en forma automática la suma de PESOS
NOVECIENTOS VEINTE MIL
TRESCIENTOS SETENTA Y UNO
CON 6/100 $ 920.371,06, a la cual se le debe de deducir la suma de PESOS VEINTE MIL TRESCIENTOS
NOVENTA Y SEIS CON 86/100 $
20.396,86 en concepto de descuento de la CUADRAGESIMA. OCTAVA cuota según convenio 3241, la suma de PESOS CIENTO VEINTISIETE MIL SETECIENTOS VEINTISEIS CON 58/100 $ 127.726,58
a cuenta de los Convenios Nº 3372 y Nº 3373 y la suma de CIENTO
CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON
64/100 $ 141.925,64 a cuenta de los Convenios Nº 3371, Nº 3372 y Nº 3373.
Que corresponde liquidar a la Municipalidad de Río Grande la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SEIS MIL CIENTO
VEINTIDOS CON 37/100 $
1.806.122,37 y efectuada la deducción dispuesta por el Artículo 14 de la Ley Provincial Nº 512 arroja un saldo neto de PESOS UN MILLON
SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 87/100 $
1.767.784,87, y a la Municipalidad de Ushuaia la suma de PESOS UN
MILLON CUATROCIENTOS
OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS CON 24/100
$ 1.482.916,24 y efectuada la deducción dispuesta por el Artículo 14
de la Ley Provincial Nº 512 arroja un saldo neto de PESOS UN MILLON
CUATROCIENTOS CUARENTA
Y TRES MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y CINCO CON 93/100
$ 1.443.995,93.
Que por lo expuesto surge un saldo a favor de la Municipalidad de Río Grande por la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 73/
100 $ 754.476,73 y a favor de la Municipalidad de Ushuaia por la suma de PESOS DOSCIENTOS
TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO
CON 79/100 $ 233.575,79 según detalle obrante en el Anexo I del presente.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135º de la Constitución Provincial.
Por ello:

EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1º- Aprobar la liquidación definitiva por la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS DIECISÉIS CON
24/100 $ 1.482.916,24 a la Municipalidad de Ushuaia , y por la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SEIS MIL CIENTO
VEINTIDOS CON 37/100 $
1.806.122,37 a la Municipalidad de Río Grande en concepto de coparticipación municipal correspondiente al mes de Diciembre de 2001, de acuerdo al convenio registrado bajo el Nº 1121 y ratificado por Decreto Provincial Nº 3134/93.
ARTICULO 2º- Dejar constancia que de los importes determinados en el Artículo 1º del presente a la fecha se han coparticipado por Ley Provincial Nº 512 Artículo Nº 14 a la Municipalidad de Ushuaia en forma automática por un total de PESOS
NOVECIENTOS VEINTE MIL
TRESCIENTOS SETENTA Y UNO
CON 6/100 $ 920.371,06, y a la Municipalidad de Río Grande por un total de PESOS NOVECIENTOS
VEINTE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 3/100 $
920.371,03, y se ha realizado la deducción porcentual establecida en el Artículo 14 de la Ley Provincial Nº 512 según detalle obrante en el Anexo I del presente.
ARTICULO 3º- Transferir a la Municipalidad de Ushuaia la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA
Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 79/100 $
233.575,79 y a la Municipalidad de Río Grande la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 73/
100 $ 754.476,73 en concepto de distribución definitiva de ingresos coparticipables correspondientes al mes de Diciembre de 2001.
ARTICULO 4º- Imputar a la partida presupuestaria 1 1 1910 0 0 0 0 57 0
0 0 0 150 16 00 00 00 00 1 11 del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 5º- De forma.
MANFREDOTTI
Héctor G. CARDOZO
DECRETO Nº 584

13-03-02

VISTO el expediente Nº 1752/02 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la celebración del Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la señora Secretaria General de la Gobernación en representación de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e
Islas del Atlántico Sur y el señor Jorge Ernesto GOMEZ, D.N.I. Nº 17.690.618.
Que el mismo fue celebrado en fecha 11 de marzo de 2002 y se encuentra registrado bajo Nº 6024, resultando procedente su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135º de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1º- Ratifíquese en sus DOCE 12 cláusulas el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo Nº 6024, celebrado en fecha 11 de marzo de 2002, entre la señora Secretaria General de la Gobernación en representación de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el señor Jorge Ernesto GOMEZ, D.N.I. Nº 17.690.618, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2º- Impútese el gasto que demande el cumplimiento del presente a la partida presupuestaria 1.1.1.03.19.101.349.
ARTICULO 3º- De forma.
MANFREDOTTI
Héctor G. CARDOZO
DECRETO Nº 585

13-03-02

ARTICULO 1º- Hacer lugar al Reclamo Administrativo interpuesto por la docente Marcela Susana PERALTA, DNI: Nº 17.620.524, por los motivos expuestos en los considerandos y en el Dictamen S.L.y T. Nº 176/2.001.
ARTICULO 2º- Reintegrar a la docente mencionada en el Artículo 1º del presente, previa Cesión de Derechos a favor de la Provincia a efectuar ante la Escribanía General de Gobierno la suma de PESOS UN
MIL TRESCIENTOS OCHENTA
Y SEIS CON 75/100 $ 1.386,75, retenida por aportes a la Caja Complementaria de Previsión para la Actividad Docente, por los motivos expuestos en los considerandos, y en el Dictamen S.L. y T. Nº 176/
2.001.
ARTICULO 3º- Comunicar a la Escribanía General de Gobierno que dentro del plazo de siete 7 días deberá citar a la docente indicada en el Artículo 1º a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º del presente.
ARTICULO 4º- Notificar a la interesada con copia del presente y del Dictamen S.L. y T. Nº 176/01.
ARTICULO 5º- El gasto que ocasione el presente será imputado a la partida presupuestaria 1-1-1-03-18103-1-6-40-0-00-34-0-16-00-00-00-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 3/4/2002

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date03/04/2002

Page count50

Edition count3738

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Dernière édition23/01/2024

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