Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 14/7/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
ARTÍCULO 77º:
Toda empresa o particular que emita programas radiales en FM o AM, o televisión por circuito cerrado o abierto, deberán presentar documentación de autorización del A.F.S.C.A. para contar con la autorización Municipal.
ARTÍCULO 78º:
Toda empresa o particular que se sorprenda arrojando resíduos en las banquinas de acceso al Departamento, baldíos, canales y otros. se harán pasibles a multas de $ 1500,00 siendo obligado el mismo al retiro de los residuos por sus propios medios.
ARTÍCULO 79º:
Para todo plan de pago que realice la Municipalidad se establece las siguientes facilidades:
79.1. Para los montos adeudados, se deberá ingresar un pago a cuenta inicial del 20% de la deuda actualizada según Art. 72.1, por el saldo a pagar se podrá acordar hasta doce cuotas, con el 1% de interés sobre saldo.
Los montos de las cuotas del presente inciso, no deben ser inferiores a $ 100,00.
ARTÍCULO 80º:
El Departamento Ejecutivo Municipal prestará el servicio de desagote de pozos ciegos mediante el Tanque Atmosférico, de propiedad Municipal, conforme a los siguientes incisos y tasas:
81.1. Por servicio del Tanque atmosférico $ 200,00 Doscientos pesos.
81.2. Se exceptuará del pago de la tasa de este servicio a: Escuelas, Hospital, Salas de Primeros Auxilios y Policía.
81.3. El personal afectado al trabajo de desagote de pozos, deberá ser provisto de la vestimenta apropiada por el Departamento Ejecutivo Municipal para realizar tal tarea.
81.4. El Ejecutivo Municipal, acorde con las normas de salubridad y de ambiente vigente, determinará el lugar donde se depositarán los líquidos servidos, Ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
81.5. Cóbrese un canon tributario por desagote de pozo ciego, en el edificio ubicado en el Parque Ischigualasto, la siguientes tasa de pesos quinientos $650,00.
ARTÍCULO 81º: ALUMBRADO PÚBLICO:
La contribución que incide sobre el Alumbrado Público se compondrá de un cargo fijo mensual y un cargo variable de acuerdo a las siguientes tarifas:
Tarifas Cargo Fijo Cargo Variable T1-AP
0,00
0%
T1-APE
0,00
0%
T1-G1
4,50
20 %
T1-G2
4,50
20%
T1-G3
4,50
20 %
T1-R1
4,50
20 %
T1-R2
4,50
20 %
T1-R3
4,50
20 %
T2-CMP
4,50
20 %
T2-SMP
4,50
20 %
T3-BT
4,50
20 %
T3-MT-13
4,50
20 %
TEDP-G
4,50
20 %
TRA-RCD
4,50
20 %
TRA-RSD
4,50
20 %

Pág. 184.952

San Juan, Viernes 14 de Julio de 2017

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 14/7/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date14/07/2017

Page count24

Edition count1765

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Dernière édition18/06/2024

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