Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 1/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 72

BOLETIN OFICIAL

Neuquén, 01 de Abril de 2022

Có, El Mangrullo. Artículo 3º: Condenar a los señores: Dr. Mariano Antonio Quezada DNI Nº 23.211.754
-período como Director Ejecutivo hasta 23/09/13 y Director Tesorero desde el 24/09/13-; Ing. Raúl Alberto Seoane DNI Nº 8.343.016 -período como Director Secretario desde el 01/01/13 al 31/12/13-; Dr. Carlos Alberto Miguel DNI Nº 10.152.522 -período como Director desde el 24/08/12- y el Sr. Adolfo San Martín DNI Nº 18.179.956 -período como Director Tesorero hasta 23/09/13 y como Director Ejecutivo desde el 24/09/13- en forma solidaria, al pago de la suma de pesos ciento treinta y dos millones setecientos cuarenta y cuatro mil ciento cincuenta y ocho con treinta y nueve centavos $132.744.158,39, imputándose la suma de pesos ochenta y un millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil quinientos setenta y tres con cuarenta y siete centavos $81.459.573,47 a capital y la suma de pesos cincuenta y un millones doscientos ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y cuatro con noventa y dos centavos $51.284.584,92, en concepto de intereses, calculados desde el 31/12/2013 al 30/08/2019 -Tasa Pasiva del Banco Provincia del Neuquén-; conforme planilla de liquidación adjunta practicada por Secretaría. Asimismo, se les hace saber que en el plazo de veinte 20 días deberán depositar el total resultante en la Cuenta Corriente Nº 110/3 que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Banco Provincia del Neuquén Sucursal Rivadavia y presentar el comprobante emitido por el Banco en la sede de este Tribunal, ubicada en calle Rivadavia Nº 127 de la ciudad de Neuquén. De no cumplir con esto, una vez vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito en la institución bancaria, se librará testimonio de la sentencia y se remitirá a la Fiscalía de Estado para la ejecución por vía de apremio conforme Artículo 119 de la Ley Provincial Nº 2141. Artículo 4º:
Regístrese, notifíquese y publíquese. Fdo. Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cra. María Vaqueiro Vocal, Dra. Laura M. Serrano Vocal, Cr. Daniel R. Elias Vocal Subrogante ad hoc, Dr. Fernando G. Correa Uranga Secretario.


ACUERDO JR-5041. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve, se reúne en acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados: Municipalidad de Junín de los Andes - Rendición de Cuentas Ejercicio 2018, Expte. Nº 5600-05739/2017, en trámite por ante este Tribunal; Visto: Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Tener por presentada -con fecha 13/05/2019- la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Junín de los Andes Ejercicio 2018, efectuada mediante los Estados de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, de Situación Financiera y Patrimonial y Anexo de los Bienes de Uso y de Tesorería, correspondientes al Ejercicio Financiero finalizado al 31 de diciembre de 2018. Artículo 2º: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Junín de los Andes correspondiente al Ejercicio 2018, conforme al Informe del Auditor Nº 6660/19-D.M. y C.F., sus limitaciones y salvedades -señaladas en el Considerando IVy sus Observaciones, con opinión favorable sobre la razonabilidad de las cifras expuestas en los Estados Contables auditados al 31 de diciembre 2018, respecto de la ejecución del Presupuesto de Recursos y Gastos. El ente auditado ha dado cumplimiento a las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto de examen. Artículo 3º: Por Secretaría dar traslado, conjuntamente con la notificación del presente Acuerdo a los obligados a rendir cuentas, señores Carlos Anacleto Corazini -Intendente por el periodo 01/01/2018 al 31/12/2018- y Roberto Arturo Alfaro -Secretario de Economía por el periodo 01/01/2018 al 31/12/2018-, de las Observaciones Nº 1 incisos 1 a 9; Nº 2 incisos 1 a 10, consignadas en el Anexo I del Informe de Auditoría Nº 6660/19-D.M. y C.F.; a efectos de que en un plazo improrrogable de 20 veinte días presenten ante el Tribunal los descargos que hagan a su derecho. Artículo 4º: Vencido el plazo fijado a los responsables por el Artículo 3º, pasen las actuaciones al Auditor Fiscal para que produzca Informe. Artículo 5º: Exhortar a las autoridades a que arbitren las medidas tendientes a evitar, en los siguientes Ejercicios, las situaciones observadas en el Considerando IV, advirtiendo que el incumpliendo de la exhortación habilitará la aplicación de las sanciones establecidas en el Ley Nº 2141. Artículo 6º: Notificar el presente acuerdo al Concejo Deliberante para su toma de conocimiento y demás efectos que correspondan. Artículo 7º: Excluir de los alcances del presente decisorio toda Actuación Sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la Rendición de Cuentas auditada. Artículo 8º: Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación. Fdo. Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cra. María Vaqueiro Vocal, Dra. Laura M. Serrano Vocal, Dr. Antonio A. Di Maggio Vocal, Dr. Fernando Correa Uranga Secretario.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 1/4/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date01/04/2022

Page count78

Edition count1319

Première édition12/01/2001

Dernière édition12/07/2024

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