Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 1/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 01 de Abril de 2022

BOLETIN OFICIAL

PAGINA 73

ACUERDO JR-9798. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil veintiuno, se reúne en acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados: Instituto de Seguridad Social del Neuquén - Ref. Expte. 4469-149027/2014 - Presunta Infracción Fondo Fijo, Expediente Nº 5600-03338/2014, en trámite por ante este Tribunal; Visto: Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Absolver de Responsabilidad Administrativa Patrimonial al Sr. Miguel Ángel Dutto, DNI 13.368.958
y a la Sra. Alejandra Nilda Rodríguez, DNI 16.651.201, por los hechos que dieran origen a las presentes actuaciones. Artículo 2º: Disponer el archivo de las presentes, conforme Art. 113 inc. c de la Ley 2141.
Artículo 3º: Regístrese, notifíquese y oportunamente, Archívese. Fdo. Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cra. María Vaqueiro Vocal, Dra. Laura M. Serrano Vocal, Cr. Víctor S.
Colliano Vocal Subrogante, Dra. Daniela G. Brollo Prosecretaria a/c Secretaría.


ACUERDO JR-9800. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil veintiuno, se reúne en acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados: Comisión de Fomento Villa Traful - Rendición de Cuentas Ejercicio 2016 - Actuación Sumarial, Expte. Nº 560004612/2016 - Alcance Nº 1, en trámite por ante este Tribunal; Visto: Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Absolver de Responsabilidad Administrativa Patrimonial a los señores Nicolás Osvaldo Lagos, DNI 27.255.323 Presidente y Nelson Gualberto Ortega, DNI 24.323.019 Secretario Tesorero, respecto a la Observación Nº 1 incisos 2, 3, 4, 6, 7, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 y Observación Nº 2 incisos 2 y 3 que fueran objeto del Juicio Administrativo de Responsabilidad ordenado por Acuerdo JR-9595 y contenidas en el Anexo I del Informe Nº 6322/18, correspondiente a la Rendición de Cuentas Ejercicio 2016 de la Comisión de Fomento de Villa Traful, correspondiendo el archivo de las mismas. Artículo 2º: Declarar la Responsabilidad Administrativa Patrimonial de los señores Nicolás Osvaldo Lagos, DNI
27.255.323 Presidente y Nelson Gualberto Ortega, DNI 24.323.019 Secretario Tesorero, respecto a las observaciones que fueran objeto del Juicio Administrativo de Responsabilidad ordenado por Acuerdo JR-9595 y contenidas en el Anexo I del Informe Nº 6322/2018-D.M., correspondientes a la Rendición de Cuentas Ejercicio 2016 de la Comisión de Fomento de Villa Traful, que se individualizan como: Observación Nº 1 incisos 1, 5, 8, 9, 10, 17, 18 y 19, por la suma total de $293.810,00; Observación Nº 2 inciso 1 por $10.000,00; Observación Nº 3 incisos 1 a 5 por $55.203,91, totalizando el perjuicio fiscal la suma de pesos trescientos cincuenta y nueve mil trece $359.013,91. Artículo 3º: Condenar a los señores Nicolás Osvaldo Lagos, DNI 27.255.323 y Nelson Gualberto Ortega, DNI 24.323.019, en forma solidaria, al pago de la suma de pesos seiscientos setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y cinco con setenta y seis centavos $673.445,76, compuesta de $359.013,91, en concepto de capital y $314.431,85, en concepto de intereses, calculados desde el 31/12/2016 al 31/01/2021 -Tasa Pasiva del Banco Provincia del Neuquénconforme planilla de liquidación adjunta. Asimismo, se les hace saber que en el plazo de veinte 20 días deberán abonar el total resultante en la Cuenta Corriente Nº 110/3 que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Banco Provincia del Neuquén -Sucursal Rivadavia-, estableciéndose como lugar de pago la sede del Tribunal de Cuentas, sita en calle Rivadavia Nº 127 de la ciudad de Neuquén, lugar en el que se deberá presentar el comprobante respectivo para su acreditación dentro del plazo indicado. Vencido el plazo y sin que se haya dado cumplimiento al pago, se librará testimonio de la sentencia y se remitirá a la Fiscalía de Estado para la ejecución por vía de apremio conforme Artículo 119
de la Ley Provincial Nº 2141. Artículo 4º: Regístrese, notifíquese y publíquese. Fdo. Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cra. María Vaqueiro Vocal, Dra. Laura M. Serrano Vocal, Cr. Víctor S. Collinao Vocal Subrogante, Dra. Daniela G. Brollo Prosecretaria a/c Secretaría.
ACUERDO JR-9810. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno, se reúne en acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados: Comisión de Fomento de Ramón Castro - Rendición de Cuentas Ejercicio 2016 - Actuación Sumarial, Expte. Nº 560004423/2016 - Alc. 1, en trámite por ante este Tribunal; Visto: Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Dejar sin efecto la Observación Nº 3 inciso a del Anexo I del Informe del Auditor Nº 6052/17 y rati-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 1/4/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date01/04/2022

Page count78

Edition count1323

Première édition12/01/2001

Dernière édition30/07/2024

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