Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 17/7/2009
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén
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BOLETIN OFICIAL
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Neuquén, 17 de julio de 2009
Artículo 1º: Adhiérese en todos sus términos a la Ley Nacional 24.800 - Ley Nacional del Teatro-.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
"Artículo 7: La asignación por cónyuge se abonará al agente casado, hombre o mujer, y en caso de convivientes, quienes acrediten cinco 5
años de convivencia continuos.
Para percibir la asignación por cónyuge o conviviente es necesario acreditar que el otro cónyuge o conviviente no perciba esta asignación, aunque trabaje en relación de dependencia.
Para dar cumplimiento a lo normado en el presente artículo, el agente deberá presentar una manifestación escrita y suscripta en conjunto, con carácter de Declaración Jurada, en la que se establezca fehacientemente cual de ellos percibirá las asignaciones que esta Ley dispone
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los diez días de junio de dos mil nueve.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquen, a los diez días de junio de dos mil nueve.
Fdo. Dra. ANA MARÍA PECHEN
Presidenta - H. Legislatura del Neuquén
Fdo. Dra. ANA MARÍA PECHEN
Presidenta - H. Legislatura del Neuquén
Lic. MARÍA INÉS ZINGONI
Secretaria - H. Legislatura del Neuquén
Lic. MARÍA INÉS ZINGONI
Secretaría - H. Legislatura del Neuquén
LEYES DE LA PROVINCIA
LEY Nº 2651
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Registrada bajo Número: 2651
Registrada bajo Número: 2653
Neuquén, 02 julio 2009
Neuquén, 02 julio 2009
Por Tanto:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.
Decreto Nº 1114/2009
Fdo. SAPAG
TOBARES
Por Tanto:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y Archívese.
LEY Nº 2653
Decreto Nº 1116/2009
Fdo. SAPAG
TOBARES
PÉREZ
LEY Nº 2654
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1: Modifícase el Artículo 7º de la Ley 1159, de asignaciones familiares, el que quedará redactado de la siguiente manera:
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º: Promuévase la normalización y el