Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 01/08/2018

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

17

Núm. 175 mércores, 1 de agosto de 2018

BOP de Lugo
ADMINISTRACIÓN DE XUSTIZA
XULGADO DO SOCIAL N.º 2 LUGO
Anuncio CEDULA DE NOTIFICACION
M DEL CARMEN ÁLVAREZ MARQUÉS, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO
SOCIAL NÚMERO 2 DE LUGO, HAGO SABER: Que en las actuaciones de EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 30/2015, 32/2015, 46/2015 y 50/2015 ACUMULADAS de este Juzgado de lo Social, seguidas a instancia de JOAQUIM FILIPE DA CUNHA
MACIEL Y OTROS contra la empresa INTER CARBA SL, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 22/05/2018 que literalmente dice:
Vistos los anteriores ingresos efectuados por la Agencia Tributaria en la presente ejecución, por un total de 38,61 euros, acuerdo: - Distribuir dicho importe entre los ejecutantes y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en proporción a sus respectivos créditos, correspondiendo:

Al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL la cantidad de 28,89 euros

A Joaquim Filipe DA CUNHA MACIEL Ejec. 30/15 la cantidad de 2,42 euros

A Arnaldo DIAS BRANDAO Ejec. 32/2015 la cantidad de 2,05 euros

A Fernando FREIRE FERNÁNDEZ Ejec. 46/2015 la cantidad de 3,43 euros

A Manuel FERNÁNDEZ CURRÁS Ejec. 50/2015 la cantidad de 1,82 euros
Expedir los correspondientes mandamientos de pago a favor de los ejecutantes y transferir la cantidad de 28,89
euros a la cuenta designada a tal efecto por el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL. - Advertir a la parte ejecutante que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 y 2 del R.D. 467/2006 de 21 de abril, los secretarios judiciales ingresarán, mediante orden de transferencia a la cuenta especial Fondos Provisionalmente Abandonados las cantidades que no hayan podido ser entregadas a sus destinatarios, tras haber utilizado los medios oportunos para la averiguación de su domicilio o residencia, así como las correspondientes a mandamientos de pago entregados y no presentados al cobro por sus beneficiarios. El plazo para proceder a transferir los referidos fondos será de un año, contado desde la fecha del requerimiento en las formas legalmente previstas o desde la fecha de emisión del mandamiento.- Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. - MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que le sirva de NOTIFICACION EN LEGAL FORMA a la empresa INTER CARBA SL, en ignorado paradero, a la que se advierte que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento, o de decreto que ponga fin al proceso o resuelva un incidente, expido y firmo el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, en LUGO, a nueve de Julio de dos mil dieciocho.- LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
R. 2070

XULGADO DO SOCIAL N.º 3 LUGO
Anuncio D MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ CARBALLO, Letrado da Administración de Xustiza do Xulgado do Social nº 003
de LUGO, FAGO SABER:
Que no procedemento 376/16 deste Xulgado do Social, seguidos a instancia de FUNDACIÓN LABORAL DE LA
CONSTRUCCIÓN contra a empresa CARBALLEIRA CAAMAÑO XAVIER, sobre cantidade, ditouse auto de aclaración con data 13 de xullo de 2018, cuxa parte dispositiva se adxunta: DISPOÑO:1.- Estimar a solicitude da

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 01/08/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

PaysEspagne

Date01/08/2018

Page count19

Edition count3289

Première édition01/03/2013

Dernière édition29/04/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones