Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/3/2022

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 11 de Marzo de 2022

BOLETIN OFICIAL

registraciones pertinentes, que surjan de lo dispuesto en el presente acto administrativo.
Artículo 6.- El presente decreto será refrendado por los señores Jefe de Gabinete, Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas y Secretario General y Legal de la Gobernación y suscripto por los señores Secretarios de Hacienda y de Finanzas Públicas.
Artículo 7.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Quintela, R.C., Gobernador - Molina, A.E., S.G.G.

RESOLUCIONES
Ministerio de hacienda y Finanzas Públicas RESOLUCIÓN N 208
La Rioja, 09 de marzo de 2022
Visto: el Expediente F14-07-6-22, las Leyes Nacionales Ns. 27.260, 27.574, el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 458/2021, la Ley Provincial N
10.440, el Decreto N 192/22.; y Considerando:
Que el Art. 1 del Decreto 458/2021 sobre la base del Art. 8 de la Ley 27.574 dispuso la prórroga de los acuerdos de refinanciación, suscrito entre la Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES, en su carácter de Administradora del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino FGS, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fijando como nueva fecha de vencimiento el 15/03/2022, a los efectos de que éstas puedan ejercer la opción de conversión en un bono con vencimiento a mediano plazo, definiendo en su Art. 4 los términos y condiciones del mencionado bono.
Que la Provincia de La Rioja mediante el Decreto 192/2022 dispone la conversión de los préstamos ratificados por los Art. 24 y 25 de la Ley 27.260 recibidos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino FGS, en un bono de conversión con vencimiento a mediano plazo, por hasta la suma de Pesos Un Mil Seiscientos Millones $
1.600.000.000.
Que el Art. 2 del decreto ut supra mencionado ordena la emisión del Bono de Conversión Provincia de La Rioja, bajo los términos y condiciones generales y particulares establecidos en el Art. 4 del Decreto 458/2021, por la suma total de Pesos Un Mil Quinientos Veintiséis Millones Ochocientos Veinticuatro Mil Doscientos Setenta y Seis $ 1.526.824.276.
Que la Secretaría de Hacienda de la Nación en el marco de los parámetros y principios establecidos en el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, mediante resolución número: RESOL-2022-51-APN-SHMEC de fecha 09/03/2022 autoriza a la Provincia de La Rioja a emitir Títulos de la deuda pública provincial denominados Bonos de Conversión - Provincia de La Rioja.
Que la presente resolución se dicta de conformidad con las disposiciones mencionadas ut supra.
Por ello,
Pág. 7

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
PÚBLICAS
RESUELVE:
1.- Determínese, con base en las atribuciones conferidas por el Artículo 2 del Decreto 192/2022, la emisión del título publico provincial, en adelante Bono de Conversión - Provincia de La Rioja por la cantidad de Pesos Un Mil Quinientos Veintiséis Millones Ochocientos Veinticuatro Mil Doscientos Setenta y Seis $ 1.526.824.276, resultante de la suma de los mutuos correspondientes a los años 2016, 2017 y 2018.
2.- Establécese las características y condiciones financieras del Bono de Conversión - Provincia de La Rioja de acuerdo a lo que seguidamente se indica:
a Denominación: Bono de ConversiónProvincia de La Rioja.
b Colocación: se llevará a cabo en la fecha de vencimiento de los acuerdos de refinanciación firmados en virtud del Art. 8 de la Ley 27.574 y de los contratos de préstamos conferidos acorde con los acuerdos ratificados por los Art. 24 y 25 de la Ley 27.260 entre la Provincia y la Administración Nacional de la Seguridad Social ANSeS, en su carácter de Administradora del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino FGS, quien informará el precio de colocación el cual deberá ser equivalente al valor técnico.
c Fecha de emisión: 15 de marzo de 2022.
d Fecha de vencimiento: 15 de marzo de 2031.
e Plazo: nueve 9 años.
f Periodo de gracia para el pago de capital: tres 3
años.
g Moneda de denominación, suscripción y pago:
Pesos.
h Amortización: el capital se cancelará en doce 12
cuotas semestrales iguales y consecutivas, pagaderas el 15 de marzo y el 15 de septiembre y se fijará el pago de la primera cuota el 15 de septiembre de 2025. Si la amortización no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original.
i Interés: devengará intereses sobre saldos de capital, a una tasa de interés variable nominal anual equivalente a la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de Pesos Un Millón $ 1.000.000 de treinta 30 días a treinta y cinco 35
días, -Badlar Bancos Privadoso aquella que en el futuro la sustituya, calculado considerando el promedio aritmético simple de las tasas diarias publicadas por el Banco Central de la República Argentina desde los diez 10 días hábiles anteriores inclusive al inicio de cada periodo de devengamiento y hasta los diez 10 días hábiles anteriores a la finalización exclusive de cada periodo de devengamiento.
Los intereses serán pagaderos trimestralmente los días 15 de marzo, 15 de junio, 15 de septiembre y 15 de diciembre de cada año hasta su vencimiento y serán calculados sobre la base de los días efectivamente transcurridos y la cantidad exacta de días que tiene el año actual/actual. Si el vencimiento del cupón no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original y se devengará intereses hasta la fecha de efectivo de pago.
j Agente de Cálculo: Dirección General de Deuda Pública.
k Garantía: A efectos de asegurar el cumplimiento de las obligaciones de pago del capital y de los intereses que devengue el Bono de Conversión - Provincia de La Rioja, la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/3/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date11/03/2022

Page count24

Edition count2476

Première édition02/01/1998

Dernière édition18/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031