Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 14/8/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 14 de agosto de 2007

BOLETIN OFICIAL

logro del mayor nivel de desarrollo político y social, y la concreción de la equidad e igualdad de oportunidades para nuestros jóvenes. Bases de Acción Política. Sobre la base de los principios enunciados en la Declaración de Principios se pone a consideración del pueblo del departamento Capital de la provincia de La Rioja, los objetivos de la Agrupación Municipal Por La Rioja como programa de acción política:
1- El mantenimiento irrestricto del Estado de Derecho y el Orden Jurídico, a través de ejercitar los derechos y obligaciones que establecen las normas estipuladas en las Constituciones Nacional y Provincial, respectivamente.
2- Garantizar los derechos individuales invocados en los Artículos 14º y 14º Bis de nuestra Constitución Nacional.
3- El mantenimiento de una democracia plena y efectiva como única forma admisible de organización política para la sociedad y su gobierno, formulada en una actualizada vinculación interactiva entre el Estado y los ciudadanos, con cumplimiento absoluto de la voluntad popular, pluralidad de ideas y toda práctica política ajustada al sistema republicano, representativo y federal.
4- Rechazo total a la intolerancia, la violencia y la inmoralidad pública, respeto irrestricto de los Derechos Humanos y valoración del hombre como entidad individual y miembro del cuerpo comunitario.
5- Afirmación permanente de la soberanía nacional y de la autonomía provincial. Valores éstos que comprenden el resguardo de la integridad territorial, la defensa de la cultura nacional ante la propensión de todo poderío material que pretenda avasallar los conceptos inicialmente mencionados.
6- La capacitación de la dirigencia departamental para el mejor desempeño de sus funciones como único modo de adecuarla a los valores de idoneidad y transparencia que requieren las necesidades de transformación profundas y perdurables.
7- Promover condiciones para que cada vecino pueda alcanzar una mayor plenitud de vida, procurando su seguridad física.
8- Garantizar la educación, bajo la absoluta convicción que es la única vía para generar igualdad de oportunidades y de revertir el dinamismo de la pobreza creciente.
9- En el ámbito de la salud, consideramos esencial garantizar una atención sanitaria de excelencia en hospitales públicos. Al igual que la atención hospitalaria para las personas de tercera edad y con necesidades especiales.
10- Promover todo espíritu y concepto de solidaridad social.
11- Promover la eficiencia administrativa, la calidad legislativa y resguardar el equilibrio y la independencia de los poderes del Estado.

12- Preservación del medio ambiente y del equilibrio ecológico.
13- Fomentar las investigaciones y el desarrollo para el logro del bienestar social, el crecimiento económico y la autosustentabilidad productiva.
14- Reconocer a Dios como fuente de toda razón y justicia, en concordancia a lo versado en nuestra Constitución Nacional.
15- Promover la cultura del trabajo y el desarrollo productivo del departamento Capital de la provincia.
16- Promover los principios de la justicia social y la comunidad organizada.
La Agrupación Municipal Por La Rioja propone, en definitiva, un proyecto político que sustente el porvenir del departamento Capital, el cual depende, sustancialmente, del esfuerzo y la voluntad de todos los que nos sentimos consustanciados con el mejor futuro para todos los riojanos. Por nosotros y, fundamentalmente, por las generaciones venideras.
Fdo.: Carlos Alberto Asís, Diego Fernando Asís, Juan Carlos
Pág. 15

Andrada Ortiz, José Luis Carpio, Luis Alberto Peralta, Juan René Crinejo, argentino, y Antonio Miguel Tejada.
Secretaría, 07 de agosto de 2007.
Proc. Teresita M. de la Vega Ferrari Secretaria Electoral Provincia de La Rioja S/c. - $ 400,00 - 14/08/2007
EDICTOS DE MINAS
Edicto de Mensura Expte. N 14-M-2004. Titular: Minera Rodeo S.A.
Denominación: Catalina. Departamento Catastro Minero: La Rioja, 15 de mayo de 2007. Señor Director: Con respecto a la solicitud de mensura, quedando graficada cinco 5 pertenencias:
PNº 1 con una superficie de 99 ha 9993.6 m2, PNº 2 con una superficie de 99 ha 9997.44 m2, PNº 3 con una superficie de 99 ha 9992.17 m2, PNº 5 con una superficie de 99 ha 9996.73 m2 todas ellas dentro de las tolerancias permitidas y la pertenencia Nº 4
con una superficie de 71 ha 8505.96 m2. Coordenadas Gauss Krugger - Posgar 94: Pertenencia Nº 1: Vert. 1- X=6797392,16
Y=2615737,04 -Vert. 2- X=6797392,15 Y=2616818,12 -Vert. 15X=6796467,16 Y=2616818,12 -Vert. 16- X=6796467,16
Y=2615737,04 Pertenencia Nº 2: Vert. 2- X=6797392,15
Y=2616818,12 -Vert. 3- X=6797392,15 Y=2617899,21 -Vert. 14X=6796467,16 Y=2617899,21 -Vert. 15- X=6796467,16
Y=2616818,12. Pertenencia Nº 3: Vert. 3- X=6797392,15
Y=2617899,21 -Vert. 4- X=6797392,14 Y=2618854,19 -Vert. 17X=6796598,57 Y=2618854,19 -Vert. 11- X=6795467,16
Y=2618854,19 -Vert. 12- X=6795467,16 Y=2618738,04 -Vert.
13- X=6796467,16 Y=2618737,04 -Vert. 14- X=6796467,16
Y=2617899,21. Pertenencia Nº 4: Vert. 4- X=6797392,14
Y=2618854,19 -Vert. 5- X=6797392,16 Y=2619710,04 -Vert. 6X=6796682,16 Y=2619710,04 -Vert. 7- X=6796682,16
Y=2619910,04 -Vert. 8- X=6796467,16 Y=2619910,04 -Vert. 9X=6796467,16 Y=2619738,04 -Vert. 18- X=6796598,57
Y=2619738,04 -Vert. 17- X=6796598,57 Y=2618854,19.
Pertenencia Nº 5: Vert. 17- X=6796598,57 Y=2618854,19 -Vert.
18- X=6796598,57 Y=2619738,04 -Vert. 9- X=6796467,16
Y=2619738,04 -Vert. 10- X=6795467,16 Y=2619738,04 -Vert.
11- X=6795467,16 Y=2618854,19. Dirección General de Minería:
La Rioja, 16 de mayo de 2007. Visto: y Considerando: El Director de Minería Dispone: Artículo 1- Publíquese edictos de mensura en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo establecido por el Artículo 81
del Código de Minería, emplazando a quienes se consideren con derechos a deducir oposiciones dentro de los quince 15 días siguientes a la última publicación Art. 84 del mismo citado cuerpo legal. Artículo 2- La publicación de los edictos mencionados deberá ser acreditada dentro de los quince 15 días siguientes al de su notificación Art. 62 del C.P.M. - Ley Nº 7.277, con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial y, cumplida la misma, acompañar los ejemplares del Boletín con los edictos publicados, bajo apercibimiento de ley.
Artículo 3- De forma Fdo. Ing. Navarro Juan Carlos - Director General de Minería. Ante mí: Luis Héctor Parco - Escribano de Minas.
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dirección General de Minería N 7.188 - $ 140,00 - 10, 14 y 24/08/2007

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 14/8/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date14/08/2007

Page count16

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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