Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 14/8/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 14

BOLETIN OFICIAL

Secretaría, 08 de agosto de 2007.
Dr. Carlos Germán Peralta Secretario N 7.197 - $ 45,00 - 14 al 28/08/2007

El Presidente de la Excma. Cámara Segunda en lo Civil, Comercial y de Minas de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de La Rioja, Dr. Guillermo Luis Baroni - Secretaría B
del actuario, Dr. Carlos Germán Peralta, hace saber por cinco 5
veces en los autos Expte. N 38.494 - Letra H - Año 2007, caratulados: Herrera Lázaro Sinecio y Otra - Sucesorio Ab Intestato, que se cita y emplaza a herederos y legatarios de los extintos Lázaro Sinecio Herrera y Olga Teresa Ramona Pereyra de Herrera, a que comparezcan a estar a derecho dentro del término de quince 15 días posteriores a la última publicación, bajo apercibimiento de ley.
Secretaría, La Rioja, 08 de agosto de 2007.
Dr. Carlos Germán Peralta Secretario N 7.198 - $ 40,00 - 14 al 28/08/2007

La Sra. Presidente de la Cámara Primera, Secretaría B
a cargo del Registro Público de Comercio, Dra. Marta Cristina Romero de Reynoso, en los autos Expte. Nº 9.536 - Letra C Año 2007, caratulados: Champla S.R.L. - Inscripción de Cesión de Cuotas, hace saber por un 1 día que en la Sociedad Champla S.R.L., mediante instrumento privado de fecha 30 de mayo de 2007 se ha producido la venta y transferencia de las cuotas sociales en un 100% de los Sres. Rodrigo Hernán Andreoli, D.N.I. Nº 25.314.058, y Carlos Alfredo Andreoli, D.N.I. Nº 26.842.733, con domicilio en Av. Angel Vicente Peñaloza Nº 1.516, a favor de los Sres. Jorge Omar Cáceres, D.N.I. Nº 25.714.040, con domicilio en Pamplona s/nº - B San Vicente; y Francisco Murowats, LE. Nº 6.038.148, con domicilio en calle Profesor A. Herrera Nº 1.945 - B Jardín Norte - Casa 19 Manzana 2.
La Rioja, 08 de agosto de 2007.
Dra. Sara Granillo de Gómez Encargada Registro Público de Comercio N 7.199 - $ 60,00 - 14/08/2007

Por el presente se hace saber a Ud. lo resuelto por este Juzgado Electoral Provincial, con sede en calle Gemes y Rivadavia de la ciudad de La Rioja, en los autos Expte. Nº 125 Año 2007 - Letra A, caratulados: Agrupación Municipal Encuentro Democrático y Popular EN.DE.PO. - Departamento Chamical s/Personería Jurídico Política, solicitando la publicación que establece el Artículo 24º de la Ley Nº 4.887 por una 1 vez, referido al otorgamiento Personería Jurídico Política a la Agrupación Municipal Encuentro Democrático y Popular EN.DE.PO. del departamento Chamical de esta provincia de La Rioja.
Para mayor abundamiento se transcribe a continuación la parte pertinente: La Rioja, siete de junio de dos mil siete. Autos y Vistos y Resultando: y Considerando: Por todo ello se Resuelve: IOtorgar Personería Jurídico Política para actuar en todo el ámbito del departamento Chamical a la Agrupación
Martes 14 de agosto de 2007

Municipal Encuentro Democrático y Popular del departamento Chamical de la provincia de La Rioja. IITener por apoderado al Dr. Alberto Marcelo Carrizo y con domicilio partidario en Av.
Majul Ayán s/nº de la ciudad de Chamical, departamento del mismo nombre de la provincia de La Rioja, y constituido domicilio legal en calle Alberti 632 de la ciudad de La Rioja. IIIOrdenar la publicación prevista por el Artículo 24º de la Ley Nº 4.887. IVProtocolícese y procédase a las registraciones pertinentes. Comuníquese al Tribunal Electoral Provincial, el Sr.
Fiscal General del Tribunal Superior de Justicia, a la Función Legislativa, a la Función Ejecutiva y al Sr. Juez Federal con competencia Electoral de La Rioja con copia de la presente resolución. VNotifíquese. Fdo.: Dr. Juan Carlos Vargas - Juez Electoral. Ante mí: Proc. Teresita M. de la Vega Ferrari Secretaria Electoral.
Proc. Teresita M. de la Vega Ferrari Secretaria Electoral Provincia de La Rioja
Dr. Juan Carlos Vargas Juez Electoral Provincia de La Rioja
S/c. - $ 180,00 - 14/08/2007

El Sr. Juez Electoral de la Provincia de La Rioja, Dr.
Juan Carlos Vargas, en los autos Expte. 121-A-2007, caratulados:
Agrupación Municipal Por La Rioja s/Solicita Personería Jurídico Política, ha dictado la siguiente resolución: La Rioja, veintiocho de junio de dos mil siete. Y Resultando: Y Considerando:
Por todo ello Resuelve: IOtorgar Personería Jurídico Política, para actuar en todo el ámbito del departamento Capital, a la Agrupación Municipal Por La Rioja del departamento Capital de la provincia de La Rioja. IITener por apoderado al Sr. Diego Fernando Asís y al Dr. Pedro Rearte Tagle, y con domicilio legal y partidario en calle Cerro Ambato N 840, B Las Acacias, departamento Capital de la ciudad de La Rioja. IIIOrdenar la publicación -prevista por el Artículo 24º de la Ley Nº 4.887. IVProtocolícese y procédase a las registraciones pertinentes.
Comuníquese al Tribunal Electoral Provincial, al Sr. Fiscal General, a la Función Legislativa, a la Función Ejecutiva y al Sr.
Juez Federal con competencia Electoral de la provincia de La Rioja, con copia de la presente resolución. VNotifíquese. Fdo.:
Dr. Juan Carlos Vargas - Juez Electoral de la Provincia de La Rioja. Ante mí: Proc. Teresita M. de la Vega Ferrari - Secretaria Electoral. Artículo 53 de la Ley Nº 4.887: La Justicia de Aplicación, el Tribunal Electoral, los Partidos Políticos y las Agrupaciones Municipales estarán exentos del pago de las publicaciones que, por mandato de esta ley, realicen en el Boletín Oficial. Por lo expuesto, el Sr. Juez Electoral de la provincia de La Rioja ordena la publicación del presente edicto por un 1 día en el Boletín Oficial. Agrupación Municipal Por La Rioja.
Declaración de Principios: La Agrupación Municipal Por La Rioja es un movimiento político que se sustenta y edifica a partir del convencimiento de sus integrantes del respeto irrestricto a los principios de la forma republicana, al régimen federalista y democrático que caracteriza al pueblo argentino, defendiendo los valores históricos que conforman nuestra tradición y nuestra cultura departamental, provincial y nacional.
Nos mueve el ánimo de aportar desde lo político a la consolidación de la grandeza de nuestra patria, el despegue definitivo del departamento y de la región toda en el concierto del progreso de los pueblos, trabajando para hacer realidad el concepto de gobernabilidad participativa, la justicia social y la interacción permanente entre los estamentos gubernamentales, las organizaciones intermedias, los organismos políticos y los individuos en cuanto tales.
Son principios esenciales e irrenunciables de esta agrupación política la defensa irrestricta de la legalidad institucional, tal como manda nuestra Constitución Provincial, el

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 14/8/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date14/08/2007

Page count16

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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