Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/8/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 03 de agosto de 2007

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3
ANEXO I

DECRETO Nº 454
La Rioja, 06 de marzo de 2007

Beneficiarios Ayuda Social Visto: el Decreto Nº 1.484 de fecha 21 de setiembre de 2006, sus complementarios y modificatorios; y Considerando:
Que, a través de los mismos se dispuso una ayuda social a jubilados provinciales cuyos beneficios previsionales fueron suspendidos por la Administración Nacional de Seguridad Social ANSES, al sólo efecto de paliar la situación económica por la que atravesaban ante dicha suspensión.
Que la ayuda de mención consistió en una suma fija de Pesos Cuatrocientos Veinte $ 420,00, y abarcó el período comprendido entre el mes de setiembre y/o la fecha de baja del beneficio, hasta diciembre del año 2006.
Que dado que la situación de los ex empleados provinciales no ha variado a la fecha, es propósito de esta Función Ejecutiva prorrogar la ayuda social dispuesta por los actos administrativos citados a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio del corriente año.
Que la Administración Nacional de Seguridad Social ha producido nuevas suspensiones de beneficios previsionales correspondientes a ex empleados de la Administración Pública Provincial transferidos al ámbito nacional, por lo que corresponde darles igual tratamiento.
Que, para ello, procede autorizar al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a disponer, a través de la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro, de la suma de Pesos Diecinueve Mil Trescientos Veinte $ 19.320,00, para el fin antes mencionado a razón de Pesos Cuatrocientos Veinte $
420,00, para cada una de las personas.
Por ello y en uso de las facultades otorgadas por el Art. 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Destínase, en concepto de ayuda social, la suma mensual de Pesos Diecinueve Mil Trescientos Veinte $
19.320,00, a razón de Pesos Cuatrocientos Veinte $ 420,00
para cada uno, con destino a los beneficiarios del régimen jubilatorio dados de baja por la Administración Nacional de Seguridad Social ANSES individualizados en el Anexo I -que forma parte integrante del presente acto administrativoa partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio del corriente año.
Artículo 2º- Dicha ayuda se concretará por el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, a través de la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro, para lo cual se le autoriza a librar orden de pago mensual por la suma y concepto mencionados en el artículo anterior, con imputación a las partidas especificas del presupuesto vigente y con cargo de oportuna rendición de cuentas.
Artículo 3º- Los organismos pertinentes de la Administración Pública Provincial, deberán efectuar las registraciones necesarias para hacer efectivo lo dispuesto precedentemente.
Artículo 4º- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Caridad, A.G., M.H. y O.P. Visconti, E.H., Cr. Gral. Pcia. a/c S.H.

1- Artaza, Santiago Avelino 2- Avila, Jesús Oscar 3- Barrionuevo, Julio Néstor 4- Bazán, Angel Alberto 5- Bidet, Eduardo Horacio 6- Brizuela, Audón Ignacio 7- Brizuela, Dolores Enrique 8- Brizuela, José Ramón 9- Castro, Raúl Antonio 10- Córdoba, Raúl Octavio 11- Corzo, Jorge Ernesto 12- Díaz, José Nicandro 13- Díaz, Miguel Angel 14- Farías, Isabel Alba 15- Farias, Juan Domindo E.
16- Gallego, Isidro Alfredo 17- Galleguillo, Atilano 18- González, Nicomedes E.
19- González, Pablo Alejandro 20- González, Ramón Miguel 21- González, Tomás Bernabé 22-Gordillo, Nicolás David 23- Gramajo, Pedro Esteban 24- Hunicken, María Cristina 25- Maidana, Matías Antonio 26- Meneze, Mario Nicolás 27- Molina, Rubén Nicolás 28- Olguín, Oscar Marcelino 29- Oliva, Remigio Angel 30- Ormeño, Juan Carlos 31- Ortiz, Antonio Florencio 32- Oyola, Héctor Bonifacio 33- Perea, Anselmo 34- Plaza, Gilberto Dolores 35- Plaza, Simón Efregisto 36- Porras, Domingo Marcelino 37- Rodríguez, Jorge Zenón 38- Romero, Gerardo Ramón 39- Silva, Santos Nicolás 40- Toledo, Juan Severino 41- Torres, Juan Virgilio 42- Torres, Mario Tito 43- Urriche Oviedo, Angel 44- Valles, Ricardo Celestino 45-Vargas, Víctor Hernán 46- Yavante, Brígido Fermín
DNI Nº 8.017.334
DNI Nº 10.152.908
DNI Nº 06.086.295
DNI Nº 8.304.379
DNI Nº 8.018.966
DNI Nº 06.720.983
L.E. Nº 06.723.868
L.E. Nº 05.541.717
DNI Nº 6.704.208
DNI Nº 10.781.426
DNI Nº 8.304.926
DNI Nº 7.853.185
DNI Nº 6.715.815
DNI Nº 08.015.701
DNI Nº 7.853.433
DNI Nº 10.152.853
DNI Nº 6.704.002
DNI Nº 6.705.962
DNI Nº 6.720.984
DNI Nº 7.853.946
L.E. Nº 6.701.438
DNI Nº 6.766.190
DNI Nº 10.878.232
L.C. Nº 06.234.912
DNI Nº 8.015.752
DNI Nº 7.946.372
DNI Nº 8.465.713
DNI Nº 10.790.530
DNI Nº 6.712.728
DNI Nº 6.724.938
DNI Nº 6.706.104
DNI Nº 6.719.057
DNI Nº 6.710.216
DNI Nº 6.708.327
DNI Nº 6.713.231
DNI Nº 6.718.219
DNI Nº 7.853.245
DNI Nº 11.496.800
DNI Nº 8.014.889
DNI Nº 6.723.773
DNI Nº 8.016.367
DNI Nº 6.716.764
DNI Nº 6.713.204
DNI Nº 11.495.661
DNI Nº 10.448.109
DNI Nº 5.541.754

DECRETO Nº 504
La Rioja, 08 de marzo de 2007
Visto: la presentación realizada por la Dirección General de Administración de la Jefatura de Gabinete de Ministros; y, Considerando:
Que a través de la misma, comunica el número de cuenta corriente habilitada a favor de dicha Jefatura en el Nuevo Banco de La Rioja S.A., para la administración de los

Acerca de esta edición

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TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date03/08/2007

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