Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 15/6/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 15 de junio de 2007

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3

Que la propuesta es superadora respecto del proyecto original y en tal sentido, otorga mejores condiciones para la ejecución de cada obra en el plazo establecido por la Nación.
Que el programa de Vivienda Social y Rural se encuentra cerrado por parte de la Nación por lo que en caso de rescindirse los contratos no se podría llamar nuevamente a licitación, con la consecuente pérdida de fondos destinados por la Nación para este tipo de viviendas y la falta de ejecución de las obras.
Que en ese sentido cabe señalar que la construcción de la viviendas en zonas rurales de la provincia, resulta de vital importancia para los postulantes de viviendas rurales de los departamentos Capital, Juan Facundo Quiroga y Capital, con el fin de que no emigren dentro del propio territorio riojano, salvaguardándoles de males tales como el Chagas y otras enfermedades endémicas, propias de las condiciones en las que viven y con el objeto de proteger a quien trabaja la tierra y la habita.
Que la Constitución Provincia en su Artículo 123º, inc. 11, dispone como facultad expresa del Señor Gobernador la de fiscalización y control de los Entes Descentralizados.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial,
prórroga dispusieran los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1.070/04 - ratificado por la Ley Nº 7.724, 268/05 y 739/05; en base los considerandos del presente acto administrativo.
Artículo 2º.- Instrúyese a la Secretaría General y Legal de la Gobernación a fin de que remita copia fiel del presente acto administrativo a la Cámara de Diputados de la Provincia, a efectos de su ratificación, conforme lo dispone el Artículo 123º, inc. 12 de la Constitución Provincial.
Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros.
Artículo 4º- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Aceptando la renuncia al cargo de Director General de Capacitación y Formación Profesional dependiente de la Subsecretaría de Empleo del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo -Funcionario No Escalafonadointerpuesta por el Lic. Germán Ganci, D.N.I. Nº 22.714.201.

Artículo 1º.- Ratifícase en todos sus términos las Resoluciones A.P.V. y U. Nºs. 3.860, 3.861, 3.862, 3.863, todas de fecha 26 de diciembre del año 2006.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese, en el Registro Oficial y archívese.

Maza, A.E. Gobernador - Cura, A.O., M.G. y D.H. Caridad, A.G., M.H. y O.P. - Calderón, F.A., M.E. Bengolea, J.D., M.I.C. y E. - Buso, A.E., M.S. - Catalán, R.C., S.G. y L.G.

DECRETO Nº 1.487 M.I.C. y E.
08/06/07

Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.H. y O.P. a/c J.G.M. - Sánchez, J.C., M.I.C. y E. - Zalazar Gell, D.E., Subs. G.P.

Maza, A.E., Gobernador - Caridad, A.G., M.H. y O.P.

DECRETO Nº 1.488 M.I.C. y E.

08/06/07

DECRETO Nº 273
La Rioja, 15 de febrero 2007
Visto: el Decreto F.E.P. Nº 1.274 de la Función Ejecutiva Provincial con fecha 17 de agosto de 2006; y, Considerando:
Que mediante el mismo se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2006 el plazo fijado por el ultimo párrafo del Art.
24º de la Ley Provincial Nº 7.599 modificada por la Ley Nº 7.645, cuya prórroga dispusieran los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1.070/04 - ratificado por la Ley Nº 7.724, 268/05
y 739/05.
Que es propósito de la Función Ejecutiva Provincial disponer una nueva prórroga del plazo referido en el párrafo precedente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 30 de junio de 2007, el plazo fijado por el último párrafo del Art. 24º de la Ley Provincial Nº 7.599, modificada por la Ley Nº 7.645, cuya
Aceptando la renuncia al cargo de Secretario Privado del señor Secretario de Desarrollo Local del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo -Personal No Escalafonadointerpuesta por el señor Marcelo Dante Silva Vargas, D.N.I. Nº 20.253.005.
Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.H. y O.P. a/c J.G.M. - Sánchez, J.C., M.I.C. y E. - Zalazar Gell, D.E., Subs. G.P.

DECRETO Nº 1.489 M.I.C. y E.
08/06/07
Aceptando la renuncia al cargo de Subsecretaria de Empleo del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo Funcionario No Escalafonadointerpuesta por la Lic.
Angela Beatriz Tello, D.N.I. Nº 21.356.759
Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.H. y O.P. a/c J.G.M. - Sánchez, J.C., M.I.C. y E. - Zalazar Gell, D.E., Subs. G.P.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 15/6/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date15/06/2007

Page count20

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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