Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 22/8/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 22 de agosto de 2006

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3

Considerando:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Modifícanse los importes establecidos en el Artículo 4 de la Ley Nº 7.927, estimándose un incremento en las Fuentes Financieras, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2.- Modifícanse los importes establecidos en el Artículo 1 de la Ley N 7.927, como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento en los Gastos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3.- Comuníquese por donde corresponda de la presente Modificación Presupuestaria a la Función Legislativa Provincial conforme lo establecido en el Artículo 13 de la Ley de Presupuesto N 7.927.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H.y O.P. - Caridad, A.G., S.H.
ANEXO
S.A.F. Nº 110 - Secretaría Gral. y Legal de la Gobernación S.A.F. Nº 992 - Recursos del Tesoro Provincial
Expte. Cód. F43 Nº 00229-8Año 2006

Ced
FF

17
2 1
TOTAL GENERAL

Sbconc.

Conc
Sbjur
Clase
S.A.F.

0

Tipo
Jur
Recursos
992

PA.

SP.

5

1

4

0

Disminuciones
I.

0 1 0 1401 111
TOTAL GENERAL

P.

F.F.

OB.

0

UG.

SP.

1

AC.

PG.

110

PY.

S.A.F.

Jur.

1

500.000,00
500.000,00

DECRETOS AÑO 2000
DECRETO N 241

Que el Aporte del Tesoro Nacional constituye un recurso propio de la Provincia, única destinataria de los fondos transferidos, de conformidad a la normativa que regula su ejecución, por lo que es propósito de esta Función Ejecutiva, en su carácter de órgano administrador y ejecutor del Presupuesto de la Provincia destinar la suma de $500.000,00 a la Secretaría General y Legal de la Gobernación S.A.F. Nº 110.
Que el Artículo 13 de la Ley de Presupuesto Nº 7.927 para a Administración Pública Provincial faculta a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los Créditos Presupuestarios y establecer su distribución en la medida que la mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2º y 4º de la citada ley.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Distribución Nº 01/06, Reglamentario de la Ley Nº 7.927.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 13º de la Ley de Presupuesto Nº 7.927 y 123 de la Constitución Provincial,
92

1 10

Sbjur.

Visto: el Expediente Código F43 N 00229-8-Año 2006, mediante el cual la Dirección General de Presupuesto tramita la incorporación de Recursos al Presupuesto de la Administración Pública Provincial Ley Nº 7.927, en concepto de Aportes del Tesoro Nacional, provenientes del Ministerio del Interior de la Nación por Resolución Nº 495/06 para ser aplicados a desequilibrios financieros de la Provincia; y
Orden
La Rioja, 26 de abril de 2006

Incrementos
Gastos
DECRETO N 700

Incrementos
1

0

111

500.000,00
500.000,00

Disminuciones
La Rioja, 03 de marzo de 2000
Visto: el Expediente Código B23 N 1098-8/99, por el cual se gestiona la baja definitiva del agente Sr. Manuel Alfredo Garrot, D.N.I. N 13.918.668, perteneciente a la Secretaría de Asuntos Municipales y Desarrollo Regional, a los fines de ser designado en el Municipio de Felipe Varela; y,Considerando:
Que la presente gestión surge como consecuencia del convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de La Rioja y la Intendencia del Departamento Felipe Varela.
Que es propósito de la Función Ejecutiva acceder a lo solicitado.
Que el Artículo 7 de la Ley de Presupuesto N 6.868, faculta a la Función Ejecutiva a disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias con la excepción de la Jurisdicción 1: Función Legislativa, con la única limitación de no alterar el total de erogaciones fijadas en los Artículos 1
y 3, comunicando la mismas a la Cámara en un plazo de cinco 5 días como también las disposiciones contenidas en los Artículos 8 y 9 de la citada norma legal.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo, en virtud a lo dispuesto por el Artículo 2 del Decreto de Distribución N 164/99 Reglamentario de la Ley de Presupuesto N 6.868/99.
Que la baja definitiva de la A.P.P. del agente Manuel Alfredo Garrot debe efectuarse a partir del 01 de noviembre de 1999, a propósito del Convenio que corre a fojas 3 a 7 de autos.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1- Modifícanse los cargos asignados por Ley de Presupuesto N 6.868, conforme se detalla a continuación:
Jurisdicción 20: Ministerio Coordinador de Gobierno Servicios 210
Actividad 1
Programa 4 - Conducción Unidad Ejecutora: Secretaría de Asuntos Municipales Categoría Programática: 4-0-0-1-0
Agrupamiento
Denominación
Administrativo
Categoría 18

Supresión
1

Artículo 2- Dispónese, a partir del 01 de noviembre de 1999, la baja definitiva en la Jurisdicción 20 - Ministerio Coordinador de Gobierno, Servicio 210, Actividad 1, Programa 4 - Conducción, Unidad Ejecutora: Secretaría de Asuntos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 22/8/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date22/08/2006

Page count18

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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