Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 1/2/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 01 de febrero de 2005

BOLETIN OFICIAL

Pág. 9

RESOLUCION M.I.C. y E. N 884

RESOLUCION D.G.P.E. N 032
La Rioja, 20 de setiembre de 2004

La Rioja, 29 de octubre de 2004

Visto: El Expte. D 1.1 - D 1.1 - 00049 -3- Año 2004, por el que la firma Hilado S.A. solicita la baja de un bien, aprobado por Resolución D.G.P.E. Nº 012/97, y la aprobación de un listado de bienes de uso, usados de origen nacional, correspondiente a su proyecto industrial promovido con los beneficios de la Ley Nacional Nº 22.021 mediante Decreto Nº 2.535/86 y su modificatorio N 599/93; y-

Visto: el Expte. Código D11-N 00078-0-04, mediante el cual la empresa Hilado S.A., beneficiaria del régimen promocional de la Ley Nacional N 22.021, solicita autorización para radicar parte de su actividad industrial en un local alquilado en el Parque Industrial de la ciudad Capital; y,
Considerando:

Considerando:

Que por Resolución D.G.P.E. Nº 012/97 se aprobaron los listados de bienes de uso, existente de origen nacional y nuevos a importar que figuran como Anexos I y II, respectivamente, y que la empresa incorporó en su proyecto industrial promovido.
Que el bien, cuya baja definitiva se solicita, figura como Anexo I - Item 8, de la Resolución D.G.P.E. Nº 012/97.
Que el bien a incorporar, detallado en el listado del anexo adjunto, es necesario para el normal funcionamiento de las actividades productivas de la planta industrial promovida.
Que del análisis técnico, económico y legal surge opinión favorable para acceder a lo solicitado.
Por ello, y de acuerdo con las normas de los Arts. 2º -incs. 5 y 11 y 3º del Decreto Nº 181/95, modificado por Decreto Nº 673/98,
Que con fecha 01 de julio de 2004 se celebró un Contrato de Locación entre la firma Textil Noreste S.A., representada por el señor Agop Karagozian, y la firma Hilado S.A., representada por el señor Teodoro Karagozian.
Que la cláusula primera del citado Contrato de Locación establece que la firma Textil Noreste S.A. cede a la firma Hilado S.A. un galpón industrial, sito en calle Colectora José Ignacio Rucci esquina Angel María Vargas N 3218 altura Ruta Nacional N 38, predio construido en los Lotes b, c y d de la Manzana N 498 del Sector IV
del Parque Industrial de la ciudad Capital.
Que en el inmueble referenciado se instalará la maquinaria para desarrollar los procesos de enconado, humidificación y empaque, con su correspondiente área de servicios, procesos éstos correspondientes a los proyectos industriales de la firma Hilado S.A. promovidos por la Ley Nacional N 22.021, mediante Decretos Ns. 1.945/86, 2.535/86, 2.596/86, 243/87, 1.004/88, 1.005/88 y sus modificatorios Ns. 599/93 y 211/95.
Que la empresa Hilado S.A. gestiona la autorización para instalar algunos equipos pertenecientes a los proyectos promovidos mencionados para realizar procedimientos productivos similares en una planta alquilada a la empresa Textil Noreste S.A. en el Parque Industrial de esta ciudad Capital.
Que la Administración de Parques Industriales, a fs.
30 de autos, considera viable iniciar los trámites pertinentes a fin de ampliar su proceso productivo que ya tiene instalados en la provincia y que gozan de los beneficios impositivos de la Ley Nacional N 22.021.
Que de la evaluación practicada por los Analistas dependientes de la Dirección General de Promoción Económica surge opinión favorable para acceder a lo solicitado por la empresa Hilado S.A. sugiriendo consignar en el instrumento legal a dictar la autorización para realizar los procesos industriales anteriormente citados y el correspondiente traslado de los equipos y maquinaria que figuran en el anexo adjunto, respectivamente.
Que Asesoría Letrada del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo, en Dictamen N 65 obrante a fs. 48/49
de autos, estima procedente el dictado del acto administrativo pertinente que autorice la radicación que propicia la firma Hilado S.A., en un todo de acuerdo a las previsiones establecidas en el Decreto-Ley N 4.011 y su Decreto Reglamentario N 1.323/88.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto FEP N 1.004 t.o. 2003 - Ley de los Ministerios
EL DIRECTOR GENERAL DE PROMOCION
ECONOMICA
RESUELVE:
1º- Desafectar, en forma definitiva, el bien que figura en el Anexo I - Listado de bienes de uso, existentes de origen importado - Item 8 - Máquina bobinadora automática, tipo Murata Mach Coner, cono a cono, completa con todos los elementos necesarios para su normal funcionamiento Cantidad 1 de la Resolución D.G.P.E. N 012/97, correspondiente al proyecto industrial promovido con los beneficios de la Ley Nacional N 22.021, mediante Decreto N 2.535/86 y su modificatorio N 599/93.
2º- Aprobar el listado de bienes usados, de origen nacional, que figura como Anexo I de la presente Resolución y que la firma Hilado S.A. incorporará a su proyecto industrial promovido.
3º- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
De Gaetano, M.A., D.G.P.E.
ANEXO I
Listado de Bienes de Uso, Existentes de Origen Nacional Item Descripción 1
Máquina enconadora marca Murata Mach Coner 7 II Completa con todos sus elementos para su normal funcionamiento
Unidad
Cantidad
U

Una 1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 1/2/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date01/02/2005

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