Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 12/3/2004
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja
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Viernes 12 de marzo de 2004
BOLETIN OFICIAL
DECRETOS
DECRETO N 036
La Rioja, 09 de enero de 2004
Visto: la gestión promovida por la Jefatura de Gabinete de Ministros, a través de la cual se propicia la continuidad del personal transitorio que presta servicios en las distintas áreas de su dependencia; y,-
Fabiana Escudero, Juan Manuel Martínez, Sonia Nadina Carrizo, Mario Enrique Dirección General del IMTI
Díaz, María Alejandra Jefatura de Gabinete de Ministros Moreno, Adriana Silvina Quinteros Casas, Adriana Moreno, Analía Verónica
Considerando:
16.780.119
16.664.583
26.335.624
18
14
18
Profesional Admin..
Admin..
20.301.745
24
Profesional
22.135.008
21.866.404
21.866.495
21
13
23
Profesional Admin..
Admin..
DECRETOS AÑO 2003
Que en tal sentido cabe destacar que al personal precitado le fueron asignadas sus funciones en carácter de personal transitorio hasta el 31 de diciembre del corriente año.
Que la Dirección General de Administración, en su informe de competencia se expide favorablemente sobre la disponibilidad de fondos para hacer frente a tal erogación.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva disponer la prórroga del personal transitorio de las distintas áreas dependientes de la Jefatura de Gabinete, por el término de un 1 año, atento a las razones de servicio que así lo imponen, y habiendo demostrado asimismo la capacidad e idoneidad en la materia de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Provincial en su Artículo 123, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1 - Prorróganse a partir del 01 de enero del 2004 y hasta el 31 de diciembre de 2004, la asignación de los cargos en carácter de Personal Transitorio del Personal cuya nómina y documento de identidad se mencionan en el Anexo I del presente decreto, para prestar servicios en las que para cada caso se especifican, dependientes de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 2 - Los gastos que demande el cumplimiento de estas erogaciones se atenderán con fondos de las partidas específicas asignadas para tal fin por el presupuesto vigente.
Artículo 3 - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General y Legal de la Gobernación y refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Herrera, L.B., J.G.M.
Catalán, R.C., S.G. y L.G.
ANEXO I
Personal Transitorio Dcción. Gral. de Catastro
D.N.I. N
Cat.
Vidal de la Colina, Teresa Flores, Marcelo Carlos Valenzuela, Mónica González, María Cecilia Pacheco, Alejandra Rosa
17.544.411
22.135.067
24.152.326
22.634.356
20.308.310
16
16
16
18
18
Cargo Técnico Técnico Técnico Profesional Profesional
DECRETO Nº 172
La Rioja, 16 de diciembre de 2003
Visto: el Sistema de Prestaciones Controladas SISPRECON, implementado por la Administración Provincial de Obra Social, a partir del 01 de agosto del corriente año; y,Considerando:
Que, para la atención del citado sistema esta Función Ejecutiva a previsto, hasta la finalización del corriente año, una contribución del Tesoro General de la Provincia por la suma de $ 300.000 mensual a fin de absorber el déficit, de igual monto, que genera el nuevo sistema prestacional.
Que se hace necesario dotar, a la Administración Provincial de mención, de los recursos comprometidos para afrontar el pago, a favor de los prestadores de la Obra Social, de las facturaciones devengadas.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas la entrega, a favor de la Administración Provincial de Obra Social, de la suma antes mencionada y a los fines señalados precedentemente, mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley 6425.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial,EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º - Autorízase al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a concretar la entrega al S.A.F. Nº 121Gerencia de Administración de la Administración Provincial de Obra Social, de la suma de Pesos Trescientos Mil $ 300.000, a través de un anticipo de fondosFormulario C-42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Articulo 2º - El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la