Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 21/1/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 216 - 21/01/2014

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

ARTICULO 153º.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología a través del área de planeamiento educativo coordinará las líneas prioritarias de investigación educativa e integrará otros sistemas de investigación tales como universidades, institutos superiores, ciencia y tecnología, constituyendo un centro de documentación y sistematización de experiencias educativas transformadoras, complementarias e innovadoras.
CAPITULO IV
LA EDUCACION, EL TRABAJO Y LA
PRODUCCION
ARTICULO 154º.- El Sistema Educativo de la Provincia de Catamarca reconoce y propicia el valor del trabajo socialmente productivo en articulación con la cultura escolar, las prácticas educativas, los procesos de enseñanza y aprendizaje y la integración social, en todos los Niveles y Modalidades.
La promoción de la cultura del trabajo se consolidará a través de la incorporación del trabajo a las propuestas educativas para desarrollar en los alumnos capacidades para generar proyectos productivos, emprendimientos comunitarios o individuales que viabilicen su autonomía económica y su participación en la matriz productiva provincial, regional y nacional. También se consolidará la cultura del trabajo con la interacción y el reconocimiento de los saberes laborales no formales de las personas provenientes del ámbito de la producción y el trabajo.
ARTICULO 155º.- La Ley Nacional de Educación Técnico Profesional 26.058, esta Ley y todas las disposiciones específicas provinciales configuran el marco normativo que regula y asegura la interacción entre la educación y el trabajo y la producción. Asimismo la autoridad de aplicación de la presente ley propiciará la formalización de convenios de cooperación e integración con entidades sindicales, empresarias y sociales y asegurará a través de las áreas competentes que las propuestas curriculares preparen efectivamente para el trabajo y la formación ciudadana.

Núm. 6

ARTICULO 156º.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en coordinación con el Consejo General de Educación proponen políticas públicas que articulen la educación, el trabajo y la producción en el contexto del desarrollo sustentable y estratégico nacional, regional, provincial y local.
ARTICULO 157º.- Créase la Agencia de Acreditación de Competencias Laborales en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología como el organismo responsable de llevar adelante y coordinar las políticas de certificación y acreditación de saberes adquiridos por los trabajadores en circuitos formales o no formales de sus trayectorias laborales y educativas.
Son sus objetivos:
a Certificar las competencias y saberes socialmente productivos de los trabajadores que lo soliciten, independientemente de la forma como fueron adquiridos.
b Acordar el diseño de indicadores y el desarrollo de procedimientos válidos y confiables para la evaluación.
c Establecer conjuntamente con los Niveles y Modalidades que correspondan itinerarios formativos para quienes no alcancen la certificación.
d Recolectar información de la población a acreditar, para evaluarla en función de los referenciales previamente realizados y acordados con el sistema productivo y laboral, y con los niveles y modalidades del sistema educativo.
e Aportar insumos para el diseño de la oferta de formación técnico profesional del sistema educativo provincial.
f Construir los referenciales de cada oficio u ocupación tomando como base el estudio de los procesos de trabajo; el marco económico, productivo y de relaciones laborales en la que se inscribe la tarea; el análisis exhaustivo de la actividad; los contenidos implícitos en la misma así como las certificaciones y contenidos que el sistema educativo otorga en sus diversos niveles y modalidades.
g Analizar la oferta de educación formal y no formal existente con el objeto de su articulación con las actividades específicas de la Agencia.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 21/1/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaysArgentine

Date21/01/2014

Page count36

Edition count1388

Première édition01/12/2006

Dernière édition23/04/2021

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