Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 29/11/2017

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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 806 - Publicado el: 29/11/2017

3. Autoridades y elecciones: El Consejo de la Discapacidad será coordinado por un representante del Departamento Ejecutivo. Sus autoridades presidente, vicepresidente, secretario y otros se elegirán, en su primera reunión, surgiendo indistintamente del estamento compuesto por los representantes de las instituciones o del Departamento Ejecutivo. Corresponde a los suplentes asumir en el caso de ausencia transitoria o permanente de los titulares. La votación se realizará a mano alzada y a viva voz y se resolverá por mayoría simple. Ante tres inasistencias injustificadas o renuncia de los miembros electos, se informará a la Asamblea de Organizaciones a fin de que convoque a una nueva elección para reemplazarlos.

4. Funcionamiento: Se sesionará con el quórum de la mitad más uno de los integrantes. De no reunirse el quórum de la mitad más uno de los integrantes, luego de una espera de media hora contada desde la hora convocada como inicio de la Asamblea, se sesionará con los miembros presentes. Las resoluciones serán tomadas por mayoría simple.
Artículo 7 O : Reglaméntase el artículo 35O: Comisión Fiscalizadora":

1. Objetivos: Sus funciones y objetivos son estrictamente los previstos en los incisos a, b, c y d del artículo 350.

2. Integrantesy requisitos:
Su composición será la que establece el Artículo 35 en su primer párrafo:
a. Dos 2 miembros del Departamento Ejecutivo serán elegidos por éste.
b. Dos 2 representantes del Concejo Municipal, uno indefectiblemente perteneciente a la Comisión de Derechos Humanos de dicho Cuerpo, que serán elegidos por el mismo conforme su normativa.
c. Cuatro 4 representantes de las instituciones privadas sin fines de lucro que aborden la temática de la discapacidad que deberán tener la inscripción vigente en el Registro previsto en el Artículo 320 de la Ordenanza 9.524. Los mismos deben reunir las condiciones de idoneidad que les permita su participación plena y, en su caso, contar con los apoyos necesarios que faciliten el ejercicio de su capacidad jurídica.

3.

Autoridades y elecciones: Las autoridades de la Comisión Fiscalizadora son: presidente,
vicepresidente, Secretario de Actas y sus respectivos suplentes, que se elegirán, en su primera reunión, surgiendo indistintamente del estamento compuesto por los representantes de las instituciones o del Departamento Ejecutivo. La comisión Fiscalizadora será coordinada por un 1
representante del Departamento Ejecutivo. Corresponde a los suplentes asumir en el caso de ausencias transitorias o permanentes de los titulares. Las votaciones se realizarán a mano alzada y a viva voz y se resolverá por mayoría simple. Ante tres 3 inasistencias injustificadas o renuncia de los miembros electos, se informará a la Asamblea a fin de que convoque a una nueva elección para reemplazarlos.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 29/11/2017

TitreBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

PaysArgentine

Date29/11/2017

Page count8

Edition count1223

Première édition10/10/2012

Dernière édition26/07/2024

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