Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/10/2019

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5716 - 08/10/2019

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 156

Que pese a sus dichos, de la prueba acompañada y del reconocimiento del sumariado queda acreditada la infracción por cuanto el subsanar las omisiones en liquidaciones posteriores no lo exime de responsabilidad, como así tampoco la circunstancia de que la información que provenga de terceros sea incompleta, por cuanto es responsabilidad del administrador confeccionar las liquidaciones con los datos que fija la ley;
Que finalmente, se le imputó la presunta infracción al artículo 12 de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 12. Declaración jurada: Los/as administradores/as inscriptos/as en el Registro creado por esta ley, deben presentar anualmente un informe con el siguiente contenido, el que tendrá carácter de declaración jurada: a. Listado actualizado de los consorcios que administra, consignando si lo hace a título gratuito u oneroso. b. Copia de las actas de asamblea relativas a rendiciones de cuentas. c.
Detalle de los pagos de los aportes y contribuciones previsionales, de seguridad social, y cualquier otro aporte de carácter obligatorio, seguro de riesgo de trabajo y cuota sindical si correspondiese, relativos a los trabajadores de edificios dependientes de cada uno de los consorcios que administra. d. Detalle de los pagos efectuados en concepto de mantenimientos e inspecciones legalmente obligatorios. e. Declaración jurada patrimonial ante el consorcio y aprobada por este, destinado a garantizar sus responsabilidades como administrador. Esta declaración podrá sustituirse por la constancia de la constitución a favor del consorcio de propietarios, a cargo del administrador, de un seguro de responsabilidad profesional emitido por una compañía de seguros. Se exceptúa de las obligaciones impuestas en este artículo a los/as administradores/as voluntarios/as gratuitos/as;
Que la citada imputación se sustentó en la nota NO-2017-25069522-DGDYPC, de la cual surge que el sumariado no habría presentado la declaración jurada para el consorcio de French 2872 de esta Ciudad, en los periodos 2014, 2015 y 2016, en infracción al artículo imputado;
Que sostuvo el imputado en su descargo que sólo le corresponde la DDJJ 2016 desde 01-06-2016 a la fecha, por no pertenecer las anteriores a su gestión;
Que refirió además que según lo establecido en el Manual de Procedimiento para la presentación de Declaraciones Juradas 2014/2015/2016 redactado por el GCBA, a fin de obtener las matrículas del Registro Público de Administradores de Consorcios debe cumplimentarse la primera etapa, que es la renovación de la matrícula del administrador propiamente dicha, para luego pasar a la segunda, que es la incorporación del consorcio como administrado de dicho matriculado, consistente en la presentación de dicho consorcio para el año respectivo;
Que también, sostiene que al día de la fecha, aún el RPA no ha cumplimentado la primera etapa, habiéndose presentado toda la documentación requerida, en tiempo y forma. Cuando el RPA habilite la segunda etapa, se presentará la declaración jurada del consorcio para el año 2016. De todos modos esa documentación se acompaña a este escrito, para que no se interprete como medida dilatoria, la no presentación de la misma. A estos fines probatorios, adjunto la siguiente documentación, requerida como se ha dicho, por la separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de la que surge el Manual de Procedimiento DDJJ2014-2015-2016 para el Registro de Administradores Consorcios - Matrículas, de fecha 1/11/2016;
Que no obstante lo manifestado, debe señalarse que la primera parte a la que hace mención el sumariado corresponde a su presentación por expediente electrónico 4582271/2017, siendo en relación al período 2015. Surgiendo, por otra parte, del sistema interno que no existe ninguna otra presentación más que la mentada. En consecuencia debe tenerse por corroborado que el Sr. Scampini no ha presentado la declaración jurada correspondiente al período 2016 ni ha declarado el consorcio de la calle French 2872 de esta Ciudad para el mismo período, por lo que corresponde que sea sancionado;
BO-2019-5716-GCABA-DGCCON

página 156 de 308

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/10/2019

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date08/10/2019

Page count309

Edition count5622

Première édition06/08/1996

Dernière édition05/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Octubre 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031