Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/10/2017

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5237 - 20/10/2017

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 183

de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires PROTEATRO con el Grupo "EL PARTENER", representado en este acto por el señor Daniel Enrique Porcellana, CUIT/CUIL 20-10897055-4, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "EL PARTENER";
Que PROTEATRO ha asignado al Grupo "EL PARTENER", en concepto de contribución la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA $37.450.- conforme lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio;
Que el modelo de contrato aplicado al presente caso se ha ajustado a lo propuesto por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen correspondiente.
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 5.460, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires PROTEATRO con el Grupo "EL
PARTENER", representado en este acto por el señor Daniel Enrique Porcellana, CUIT/CUIL 20-10897055-4, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "EL PARTENER", por una contribución de PESOS TREINTA Y SIETE MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA $37.450.- y con sujeción a las restantes condiciones pactadas.
Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del mencionado convenio.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor del señor Daniel Enrique Porcellana.
Artículo 4º.- El representante deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deposite la contribución correspondiente.
Artículo 5º.- El representante se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande la presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria en vigor.
Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase , para su conocimiento y demás efectos al Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires PROTEATRO.y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Petitt
RESOLUCIÓN N.º 9710/MCGC/17
Buenos Aires, 10 de octubre de 2017
VISTO:
La Ley N 2.264, los Decretos Nros. 886/07, su modificatorio 1.135/09 y las Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 y el Expediente Electrónico N
21.735.953/MGEYA-DGTALMC/2017, y
BO-2017-5237-DGCCON

página 183 de 533

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/10/2017

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date20/10/2017

Page count534

Edition count5619

Première édition06/08/1996

Dernière édition02/07/2024

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