Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/1/2015

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4559 - 15/01/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
con la máquina le sustrajeron papeles con los que tenía que trabajar durante el feriado de semana santa; que las computadoras portátiles eran usadas para realizar los trabajos y capacitar a los funcionarios de las distintas áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires donde había proyectos financiados por el BID, del cual ella era la Coordinadora Adjunta;
Que, la Subdirección General de Relaciones con el BID informó que en ese organismo no existía ningún procedimiento establecido para el retiro de bienes;
Que, existiendo mérito suficiente, se decretó la indagatoria a Mirta Edit Botzman;
Que, notificada en varias oportunidades a fin de prestar declaración indagatoria, la requerida no se presentó;
Que, en orden a todo lo actuado se le formuló el siguiente cargo administrativo: En su carácter de Coordinadora Operativa de la Dirección Relaciones con el BID no haber tomado los recaudos necesarios a fin de preservar la notebook marca HP COMPAC
NX 9010, pentium 4, bien propiedad del Gobierno de la Ciudad, que se encontraba en su poder a las 24 horas del día 12 de abril del año 2006;
Que, la sumariada planteó la extinción de la acción y la nulidad de todo lo actuado, subsidiariamente presentó descargo y ofreció prueba documental, informativa y testimonial acompañando los respectivos pliegos;
Que, abierto el proceso a prueba, se aceptó la documental ofrecida y se recibieron las declaraciones testimoniales de Marcelo Luis Cañón, Margarita Inés Scheitzon y Katherine Berken;
Que, notificada a fin de que produzca alegato, la misma no hizo uso de su derecho;
Que, con posterioridad se recibió la respuesta al pedido de informes ofrecido por la sumariada los que fueron glosados;
Que, la sumariada sostiene la extinción de la acción en dos causas, la primera, por haber transcurrido entre el 12/04/06, en que ocurrió el robo, y el 19/05/11, en que se le notificó el cargo, el lapso de cinco años contemplado en el artículo 54 de la Ley N471;
Que, en torno al punto, cabe recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene dicho, de manera pacífica e invariable, que Las correcciones disciplinarias no importan el ejercicio de la jurisdicción criminal ni del poder ordinario de imponer penas, razón por la cual no se aplican a su respecto los principios generales del derecho penal, siendo particularmente relevante, en lo que es materia de análisis, el criterio de que la falta de interés social para perseguir el esclarecimiento de un delito, después del transcurso del término que la ley prefija, fundada en la presunción de haber desaparecido los motivos de la reacción social defensiva, no rige en el ámbito disciplinario administrativo, en el que prima lo atinente a la aptitud para la correcta prestación del servicio público que conviene con el adecuado mantenimiento de la disciplina y que la doctrina que condujo a la jurisprudencia clásica de esta Corte a proscribir la prescripción de la acción en materia sancionatoria disciplinaria, lleva por las mismas razones a la interpretación estricta de los preceptos que la admiten Fallos 310:316, María Pereiro de Buodo c/Res 948, 4º considerando;
Que, a partir de tal principio y recordando que el proceso de autos transita por los carriles del derecho administrativo, pacíficamente se concluye que la norma local citada por la encartada no lleva en el presente caso a la conclusión que postula, en tanto la acción disciplinaria fue ejercida antes de que se cumpliera el plazo fatal que el convocado artículo 54 fija para liberar al sujeto de la potestad disciplinaria;
Que, en este sentido ha de repararse que, tal como lo destaca la defensa, el hecho investigado ocurrió en el año 2006 y, en ese mismo año, se dictó el acto administrativo
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/1/2015

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date15/01/2015

Page count391

Edition count5625

Première édition06/08/1996

Dernière édition11/07/2024

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