Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/7/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3714 - 27/07/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N47

Que realizado el comicio para elegir Jefe y Vicejefe de Gobierno, el día 10 de julio de 2011, y en virtud que ninguna de las fórmulas participantes obtuvo la mayoría absoluta de los votos emitidos, el día 31 de julio del corriente año se realizará la segunda vuelta electoral prevista en el Decreto Nº 157/11, de la cual participarán las dos fórmulas que obtuvieron la mayoría de los votos;
Que el Artículo 13 de la Ley Nº 268 establece el financiamiento de las campañas de las dos fórmulas que hubieren accedido a la segunda vuelta, cuyo monto surge de multiplicar una Unidad Fija, actualmente fijada en la suma de un peso $1.-, por cada elector/a empadronado/a, para votar en dicha elección;
Que de conformidad con la información suministrada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Padrón Definitivo asciende a la cantidad de 2.486.991 electores hábiles empadronados, correspondiendo asignar la suma total de pesos dos millones cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos noventa y uno $2.486.991.-;
Que en virtud de lo informado por el Tribunal Superior de Justicia mediante Oficio Nº 148/11, la Fórmula Macri-Vidal obtuvo 836.608 votos, y la fórmula Filmus-Tomada obtuvo 495.339 votos;
Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 13 inciso a de la Ley Nº 268, corresponde asignar la suma de pesos ochocientos treinta y seis mil seiscientos ocho $836.608.- a la fórmula Macri-Vidal; y la suma de pesos cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos treinta y nueve $495.339.- a la fórmula Filmus-Tomada;
Que en cuanto a la distribución del remanente, por aplicación del Artículo 13 inciso b de la citada ley, la misma se realizará en forma igualitaria entre las dos fórmulas, ascendiendo dicho monto a la suma de pesos quinientos setenta y siete mil quinientos veintidós $577.522.- para cada una.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le fueron conferidas mediante Ley Nº 2506 y Decretos Nº 2075/07, Nº 157/11 y Nº 172/11, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- Determínase el Aporte al Fondo de Campaña previsto en el Artículo 13 de la Ley Nº 268, para la segunda vuelta, en la suma de pesos dos millones cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos noventa y uno $2.486.991.-.
Artículo 2.- Establécese que el importe correspondiente a la fórmula Macri-Vidal por aplicación del Artículo 13 inciso a de la Ley Nº 268, es de pesos ochocientos treinta y seis mil seiscientos ocho $836.608.-.
Artículo 3.- Establécese que el importe correspondiente a la fórmula Filmus-Tomada por aplicación del Artículo 13 inciso a de la Ley Nº 268, es de pesos cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos treinta y nueve $495.339.-.
Artículo 4.- Establécese el importe de pesos quinientos setenta y siete mil quinientos veintidós $577.522.-, para cada una de las fórmulas, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 13 inciso b de la Ley Nº 268, correspondiente al Fondo Remanente.
Artículo 5.- Autorízase la Dirección General Contaduría a transferir la suma total de pesos un millón cuatrocientos catorce mil ciento treinta $1.414.130.- a la Alianza Pro-Propuesta Republicana, mediante depósito en la Cuenta Corriente Especial Nº 29488/3, del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 111, de titularidad de la Alianza Transitoria Pro-Propuesta Republicana.
Artículo 6.- Autorízase la Dirección General Contaduría a transferir la suma total de pesos un millón setenta y dos mil ochocientos sesenta y uno $1.072.861.- a la Alianza Frente para la Victoria, mediante depósito en la Cuenta Corriente Especial Nº 29487/6, del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 111, de titularidad de la Alianza Frente para la Victoria CABA.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/7/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date27/07/2011

Page count173

Edition count5622

Première édition06/08/1996

Dernière édition05/07/2024

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