Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/7/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3714 - 27/07/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N46

Que, el Decreto Nº 148/11 aprueba el Régimen de Transferencias, Comisiones de Servicios y Adscripciones del personal permanente de la administración centralizada del Poder Ejecutivo de la Ciudad;
Que, el Capítulo I del Anexo I del mencionado Decreto, en su Art. 4 establece que cuando la transferencia sea entre diferentes unidades orgánicas de un mismo Ministerio, Secretaría u organismo descentralizado, el acto administrativo pertinente será dictado por la máxima autoridad del área, sin necesidad de que intervenga, en forma previa, la Secretaría de Recursos Humanos;
Que, según surge de los expedientes señalados en el Visto, diferentes unidades orgánicas de este Ministerio solicitan la transferencia de personal de planta permanente;
Que, las diferentes unidades de orgánicas involucradas han prestado su conformidad para la realización de tales transferencias.
Por ello, y en uso de las facultades atribuidas por Decreto Nº 148/11, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- Transfiérese a los agentes que se indican en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se señala, quienes revistan como personal de planta permanente.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Recursos Humanos, quedando a cargo de la Subgerencia Operativa de Administración de Personal, dependiente de la Gerencia Operativa de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio de Justicia y Seguridad las comunicaciones de práctica a las unidades orgánicas involucradas.
Cumplido, archívese. Montenegro
ANEXO

RESOLUCIÓN N. 503/MJYSGC/11.
Buenos Aires, 25 de julio de 2011
VISTO:
Lo dispuesto por el Artículo 96 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las Leyes Nº 268 -modificada por la Ley Nº 3803- y Nº 2506, los Decretos Nº 2075/07, Nº 157/11 y Nº 172/11, y el Expediente Nº 1232448/11, y CONSIDERANDO:
Que tal como surge del segundo párrafo del Artículo 96 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las fórmulas para Jefe y Vicejefe de Gobierno son elegidas por mayoría absoluta, y en caso de que ninguno de los candidatos hubiera obtenido la mayoría necesaria de votos, se convoca a una segunda vuelta para definir la elección, de la que participarán las dos fórmulas más votadas;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/7/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date27/07/2011

Page count173

Edition count5621

Première édition06/08/1996

Dernière édition04/07/2024

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