Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/1/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3586 - 18/01/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N25

determinará en base al daño verificado por el organismo competente, circunstancia que en el caso de marras no pudo ser cumplimentada, al no presentarse la interesada a la verificación de los daños;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia mediante Dictamen PG Nº 81.186/10, advirtiendo que el temperamento adoptado por la Subsecretaría de Emergencias en el acto administrativo recurrido resulta ajustado a derecho y acorde con el marco normativo de aplicación, razón por la cual corresponde desestimar el Recurso Jerárquico incoado.
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- Desestímase el Recurso Jerárquico presentado por la Sra. Irene Teresa Foradori, D.N.I. Nº 11.702.854, contra la Resolución Nº 2670/SSEMERG/10, por los daños sufridos en el automóvil dominio FMB 972.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Notifíquese a la interesada y pase, para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de Emergencias. Cumplido, archívese. Montenegro
RESOLUCIÓN N.º 27/MJYSGC/11
Buenos Aires, 12 de enero de 2011
VISTO:
El Expediente N 1.303.956/10, y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita la solicitud del subsidio por inundación previsto por la Ley Nº 1.575, presentada por la Sra. María Celina Montes de Oca, D.N.I.
Nº 11.477.045, por los daños sufridos en el automóvil dominio SVS 683, ocasionados por el fenómeno meteorológico de fecha 15 de febrero 2010;
Que por Resolución Nº 1945/SSEMERG/10, se denegó dicha solicitud, por no haber acreditado la titularidad del bien;
Que el citado acto administrativo fue notificado mediante la Cédula de Notificación pertinente, el día 7 de octubre de 2010;
Que con fecha 12 de octubre de 2010, la administrada interpuso Recurso Jerárquico contra la mencionada Resolución, el que tramitó por Registro Nº 1.199.280-SSEMERG/10, correspondiendo en esta instancia su tratamiento, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 108 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad;
Que el Artículo 3º de la Ley Nº 1.575, estipula que los damnificados de bienes registrables deberán acreditar la titularidad dominial respecto del bien que hubiere sufrido el daño, circunstancia que no fue cumplimentada por la administrada, ya que el título de propiedad del automotor dañado figura en un porcentaje del 100% a nombre de otra persona;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la debida intervención emitiendo el Dictamen PG Nº 081211/10, considerando que la recurrente no cumplió con los extremos exigidos por la norma de aplicación, al no

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/1/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date18/01/2011

Page count163

Edition count5622

Première édition06/08/1996

Dernière édition05/07/2024

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