Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/8/2008

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3001 - 27 de agosto de 2008

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N 19

Art. 1 - Rechácese la petición efectuada por el Señor Armando Félix Mancini.
Art. 2 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Seguridad Urbana y a la Subsecretaría de Justicia, del Ministerio de Justicia. Cumplido, archívese. Molinero
RESOLUCIÓN N 279 - SSSU/08
Buenos Aires, 1 de agosto de 2008.
Visto el Decreto N 2075-GCBA-2007, la Resolución N 558-SsSu-SsPyCEPSSTyT-2006 y la Nota N 1073-DGTRANSI-2008, y CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana será la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y público asistente.
Que, por la Nota mencionada, la Subsecretaría de Derechos Humanos, solicita permiso para efectuar el corte total de la Av. Del Barco Centenera, desde Chilavert y hasta Itaqui, el día 1 de agosto de 2008, en el horario de 18:00 a 21:00 horas, con motivo de realizar un reclamo por la aparición de Johana de los Ángeles Escobar;
Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto del corte total solicitado y que visto la proximidad de la fecha del evento no es posible cumplimentar el circuito administrativo dispuesto por Resolución N 558-SsSU-SsPyCEP-2006, por lo que se remite directamente y sin intervención a la Dirección General de Seguridad Vial, para su consideración y dictado del acto administrativo respectivo;
Que, a tales efectos la Subsecretaría de Seguridad Urbana, teniendo en cuenta lo expuesto precedentemente por la Dirección General de Tránsito, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, siendo la Policía Federal Argentina quién deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N 51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas, EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Art.1 Autorizar el corte total de tránsito solicitado por la Subsecretaría de Derechos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/8/2008

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date27/08/2008

Page count125

Edition count5617

Première édition06/08/1996

Dernière édition28/06/2024

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