Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/4/2003

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 1673

16/4/2003

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N 37

ANEXO I - RESOLUCIÓN N 150/CMCABA/2003 continuación 30. ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN
31. REGISTRO DE DEUDORES/AS ALIMENTARIOS/AS MOROSOS/AS
32. IMPUGNACIÓN DEL ACTO DE PREADJUDICACIÓN
33. COMUNICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
34. INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN
35. PLAZO DE ENTREGA
36. ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LO ADJUDICADO
37. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
38. CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
39. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS
40. FORMA DE PAGO.
41. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
42. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
43. PENALIDADES
44. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN.
45. COMPETENCIA JUDICIAL

1.- MARCO NORMATIVO
El presente pliego se regirá por las disposiciones de la Ley N
31 con las modificaciones de la Ley N 1.007, Arts. 29 Inc. 6to. y 22 Inc. b, 3, la Ley N 70, el Decreto N 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N 23.354/56, adoptado por la Ordenanza N 31.655 B.M. N 15.193, y sus modificatorios Decretos Nros. 383/PEN/73, 825/PEN/88, 826/PEN/88, 827/PEN/88, Ordenanza N 35.718 B.M. N 16.264, Decretos Nros. 6.927/80
B.M. N 16.414, 1.711/94 F.M. 19.868, 737/97 B.O.C.B.A. N
227, 977/GCBA/97 B.O.C.B.A. N 266, la Ley N 590 con las modificaciones de la Ley N 595, la Ley N 269 B.O.C.B.A. N 852
del 5/1/2000 y su modificatoria Ley N 510 B.O.C.B.A. 1073 del 20/11/2000, el Decreto N 1.510/97 de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires B.O.C.B.A. N 310, Res.
AFIP N 135/98, la Ordenanza N 33.440 B.M. N 15.493, los principios generales del Derecho Administrativo y las contenidas en este pliego y en el pliego de condiciones particulares.
2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
Este Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios se aplicará a los contratos que celebre el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para sí y para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción del Tribunal Superior. Los procedimientos de selección podrán ser: licitación o concurso públicos, subasta pública, licitación o concurso privados o contratación directa. Este pliego se aplicará a los contratos de compraventa, suministro, locaciones de bienes o servicios -incluso alquileres con opción a comprapermutas y concesiones de uso de los bienes de dominio del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y no se aplicará a los contratos de obra pública.
3.- CÓMPUTO DE PLAZOS
Todos los plazos se contarán en días hábiles administrativos.
Cuando se fijen en semanas, se contarán por períodos de siete días corridos. Cuando se fijen en meses o años, se contarán de acuerdo a lo dispuesto por el Código Civil.
4.- MOTIVACIÓN
Este pliego reglamenta las contrataciones tendientes a satisfacer las necesidades del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción del Tribunal Superior, de acuerdo a los requerimientos que se describan en los pedidos de presupuestos, invitación a formular ofertas y/o pliego de bases y condiciones particulares, de especificaciones técnicas, que, juntamente con el presente constituirán las bases del acto correspondiente.

5.- PUBLICIDAD
La convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cartelera del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ubicada en lugar público y visible, por los siguientes términos:
5.1. Licitación pública cuyo monto supere los $ 5.000.000 pesos cinco millones: se publicará por ocho 8 días con doce 12
de anticipación a la fecha de apertura de las ofertas.
5.2. Licitación pública cuyo monto no supere los $ 5.000.000
pesos cinco millones: se publicará por dos 2 días con cuatro 4
de anticipación a la fecha de apertura de las ofertas.
5.3. Licitación privada: se publicará por dos 2 días con tres 3
de anticipación a la fecha de apertura de las ofertas.
El plazo de antelación a la apertura de los sobres se empezará a computar a partir del día siguiente a la última publicación.
5.4. Contratación directa: se publicará por un 1 día, dentro de los tres 3 días posteriores a la celebración del contrato respectivo.
La adjudicación de contrataciones directas superiores a $
50.000.- pesos cincuenta mil se publicarán en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de los tres 3 días posteriores a su celebración, indicando: proveedor, especificación del bien o servicio, cantidad y precio.
Asimismo podrán publicarse anuncios:
5.5. En el órgano de publicación de los actos del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, si lo hubiere.
5.6. Por Internet u otro medio electrónico.
6.- COMPRA DE LOS PLIEGOS
Si el Pliego de condiciones particulares así lo indicare, los interesados deberán adquirir pliegos.
7.- ACEPTACIÓN DE CLÁUSULAS DE LOS PLIEGOS
La presentación de la oferta significa, por parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación.
8.- INHABILIDAD PARA CONTRATAR
No podrán contratar:
8.1. Los que no estén legalmente capacitados para contratar.
8.2. Los evasores y deudores morosos del Fisco nacional o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
8.3. Las personas físicas y jurídicas sancionadas por organismos administrativos competentes. Mientras dure la sanción esta prohibición alcanzará a toda persona física cuya participación en la persona jurídica lo faculte para adoptar decisiones en los órganos sociales.
8.4. Los sucesores de proveedores que estén sancionados, cuando existan indicios suficientes para presumir que media, en el caso, una simulación con el fin de eludir los efectos de la sanción impuesta a los antecesores.
8.5. Los funcionarios y empleados, cualquiera fuera su forma de contratación, del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o la Comisión Municipal de la Vivienda, sus cónyuges, y las personas jurídicas integradas total o parcialmente por los mismos.
8.6. Los inscriptos en el Registro de Deudores/as Alimentarios/
as Morosos/as, dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
9.- CONSULTAS Y ACLARACIONES. COMUNICACIONES
Durante el plazo para la presentación de la oferta y hasta cuatro 4 días antes de la apertura de aquella, los interesados podrán formular consultas por escrito. La aclaración correspondiente

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/4/2003

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date16/04/2003

Page count56

Edition count5620

Première édition06/08/1996

Dernière édition03/07/2024

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