Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/12/2018 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 5513 - 6/12/2018

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 552

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Es obligación de la Empresa Adjudicataria realizar todas las tareas básicas previstas por el presente Pliego de Especificaciones Técnicas, según lo estipule la Autoridad de Aplicación.
El Empresa Adjudicataria es responsable de los daños perjuicios o molestias ocasionadas a bienes o terceras personas con motivo de los trabajos sobre las macetas como de la no realización de los mismos en el tiempo debido dispuesto por la Autoridad de Aplicación.
La Empresa Adjudicataria deberá disponer de todas las medidas de protección y señalización que garanticen la seguridad tanto del personal que trabaja en la vía pública, como de las terceras personas en general.
Para garantizar los posibles daños o perjuicios que puedan producirse, la Empresa Adjudicataria dispondrá de un seguro de responsabilidad civil y daños a terceros en el monto que establezca el Pliego de Condiciones Generales.

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Las tareas realizadas se presentarán al finalizar las mismas para ser certificadas por la Autoridad de Aplicación y conforme lo estipulado en el art. 46 del Pliego de Condiciones Particulares.

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La empresa adjudicataria deberá disponer de los medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, a fin de conseguir una óptima ejecución de las labores de conservación, para lo que habrá de contar con los medios adecuados a tal fin.
Es obligación de la Empresa Adjudicataria, contar con la representación de un Representante Técnico. El mismo será quien conduzca y certifique las tareas y será el interlocutor oficial con la Autoridad de Aplicación.
En ningún caso podrá tener el carácter de simple asesor, sino que ha de encontrarse permanentemente afectado a la dirección de los trabajos. El Representante Técnico de la empresa, debe ser una persona con experiencia comprobable en el manejo de plantas, paisajismo y vivero, además de cumplir con lo estipulado anteriormente.
Cualquier cambio que se produjera en este personal, por los motivos que fuesen, durante el período de adjudicación, deberá ponerse en conocimiento de la DGEV.
El personal de la Adjudicataria, antes descrito, en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto a la DGEV del GCABA, debiendo dicha empresa tener debidamente informado a su personal.
IF-2018-32381458- -DGEV

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/12/2018 (Anexo)

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaysArgentine

Date06/12/2018

Page count710

Edition count3412

Première édition14/08/2008

Dernière édition31/07/2024

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