Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/12/2018 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 5513 - 6/12/2018

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 551

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Verificación de la profundidad de plantación observando que el cuello de raíz quede a nivel del sustrato o un poco sobre el mismo a su vez que la cobertura deje el cuello de la planta por encima del suelo y apisonado.
Concluida la tarea de plantación y tutorado, se debe realizar el riego de asiento utilizando abundante agua con el objetivo de que las raíces de las especies vegetales tomen contacto con el sustrato que las rodea.
Terminados los trabajos en el sitio la Adjudicataria deberá retirar todos los residuos generados durante el proceso de plantación, a su coste.

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La Dirección General de Espacios Verdes, como Autoridad de Aplicación y dentro de sus respectivas competencias, vigilará y controlará en todo momento la forma de prestación de los diferentes servicios adjudicados en relación con las especificaciones del presente Pliego y darán cuenta a la Adjudicataria de las personas que han de tener relación directa con él.
Las funciones de los técnicos designados por la Autoridad de Aplicación, serán las siguientes:
Entregar a la empresa la Orden de Servicio en tiempo y forma.
Controlar que las labores se efectúen oportunamente y de la forma estipulada, tanto respecto a las tareas básicas como también de los trabajos complementarios.
Controlar si se cumple tanto lo estipulado en el Pliego como en los posibles compromisos posteriores del Adjudicatario en cuanto al número y cualificación del personal y auxiliar en las distintas áreas.
Las decisiones de los técnicos se reflejarán en el Libro de Órdenes y serán cumplidas de forma inmediata, o en su caso, en el plazo que se fije por el adjudicatario o persona que en cada momento lo represente.
El control por parte de la Autoridad de Aplicación sobre la organización de los recursos materiales y humanos, los trabajos y operaciones previstos conforme a lo solicitado en el Pliego y las mejoras que se consideren adecuadas, sin variar el monto del contrato, será continuo e inmediato a través del programa de gestión.
La Autoridad de Aplicación podrá recabar de la Empresa Adjudicataria, asistida por sus colaboradores cualificados, los informes, datos, apoyo en operaciones de inventario, planificación, mediciones, trabajos de índole experimental, medios materiales y humanos, etc., que sean necesarios para mejorar o racionalizar los trabajos objeto del contrato sin cargo alguno por parte del contratista.
IF-2018-32381458- -DGEV

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/12/2018 (Anexo)

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaysArgentine

Date06/12/2018

Page count710

Edition count3398

Première édition14/08/2008

Dernière édition11/07/2024

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