Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/5/2009 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 3175 - 15/5/2009

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 72

ANEXO - RESOLUCIÓN N 68 - SSATCIU/09 continuación
Cuando se trate de una UTE, el oferente deberá cumplir con las siguientes exigencias:
a.- El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria, conjunta e ilimitada de todas y cada una de las empresas asociadas en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato, renunciando en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato, renunciando todas ellas al beneficio de excusión y división.
b.- El compromiso de mantener la vigencia de la U.T.E, hasta que se hayan extinguido todas las obligaciones que derivan del contrato.
c.- El compromiso de mantener la composición de la U.T.E durante el plazo antes mencionado, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes sin la previa conformidad del GCBA.
d La designación de uno o más representantes legales que acrediten mediante poder, otorgado por escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante.
e.- En los documentos mediante los cuales se confieren los poderes y, por los que se constituye la UTE, deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que le corresponden como autoridades en funciones de cada una de las empresas que integran la UTE.
2.1.11 PLAZO DE GARANTÍA:
El plazo de garantía para todas las obras será de 365 días corridos a partir de la fecha de otorgamiento de la recepción provisoria de obra efectuada por la Administración. Durante este período el Contratista procederá a efectuar todas las reparaciones o subsanar los inconvenientes que surgieren por deficiencias, tanto del material como del trabajo.
2.1.12 PLANOS:
Integran la documentación todos los planos que acompañan el pliego de Especificaciones Técnicas.
2.1.13 PLANOS DE OBRA Y CONFORME A OBRA:
Los planos de obra indicados en las Especificaciones Técnicas deberán ser ejecutados por el Contratista, quién deberá presentarlos a la Inspección para su aprobación, previo a la iniciación de los trabajos pertinentes.Asimismo, deberá dar cumplimiento a lo normado en la ley 1747 y demás exigencias de la reglamentación en vigencia del Código de la Edificación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y toda otra reglamentación que legisle en la materia.
Junto con el pedido de Recepción Definitiva, el Contratista presentará los planos conforme a obra en film poliéster y con tres copias heliográficas y disco compacto CD, en CAD 2000.
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/5/2009 (Anexo)

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaysArgentine

Date15/05/2009

Page count448

Edition count3394

Première édition14/08/2008

Dernière édition04/07/2024

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