Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 19/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

Núm. 34.19 de marzo de 2020

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

3

-Ratio alumnado/monitor:
Edad 3 a 5 años 6 a 14 años
Ratio: grupo dirigido por cada monitor/a Máximo 15 menores por grupo.
Máximo 20 menores por grupo.

-Titulación mínima requerida: Certificado de Monitor/a de Tiempo Libre Infantil y Juvenil o acreditación equivalente expedida por Administración Pública o titulación superior. Si se presta el servicio de desayuno el personal contratado deberá disponer del Certificado de Formación en Manipulación de Alimentos.
-Certificado negativo, en vigor, de Delitos de Naturaleza Sexual La entidad beneficiaria de subvención podrá optar por la contratación directa del personal y de los suministros, o alternativamente, a través de una empresa concesionaria de servicios.
B UNIDADES DE CONCILIACIÓN FAMILIAR.
-Beneficiarios. Requisitos:
a Ayuntamientos: con población inferior a mil quinientos habitantes, que se comprometan a la habilitación de Centro autorizado de Educación Infantil de Primer Ciclo 0-3 años y que no disponga de recurso educativo o asistencial de titularidad pública o privada, destinado a la atención de población infantil de edad inferior a tres años. Se garantizará el acceso a sus servicios, de población infantil domiciliada en otros municipios, de un mismo ámbito comarcal o territorialmente colindantes, cuya población también sea inferior a mil quinientos habitantes.
Los municipios que estén interesados en desarrollar este servicio deberán asumir las siguientes obligaciones:
-Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
-Aportar el inmueble en que se va a llevar a cabo el programa, y que reunirá las siguientes condiciones:
-Altura libre interior mínima 2,50 m, y con una sala con una superficie de al menos 2, 50 m por plaza, que disponga de un espacio diferenciado para la preparación de biberones, con fregadero y microondas, un aseo visible desde el interior de las aulas y fácilmente accesible, inodoros y lavabos de altura adecuada y un patio de juegos al aire libre cuya ubicación podrá no ser colindante al servicio o encontrarse habilitado en una superficie de esparcimiento siempre que se garantice su seguridad e instalación de linea telefónica fija.
- Actividades, cuantía de la subvención y gasto subvencinable corriente y de inversión.

Asignación de subvenciones destinadas unitariamente, a la atención de gastos corrientes o de inversión derivados de los siguientes conceptos:
-Ayuntamientos titulares de Unidades de Conciliación Familiar, una cuantía máxima de 21.000,00 euros que deberán destinarse exclusivamente a los gastos derivados de personal gasto corriente, con efectos de 1 de enero a 31 de diciembre.
-Ayuntamientos que habilitaran nuevas Unidades de Conciliación Familiar:
Una cuantía máxima de 8.000,00 euros para la ejecución de obras de acondicionamiento del inmueble y/o a la adquisición de bienes inventariables gasto de inversión.
Una cuantía máxima de 4.000,00 euros para la adquisición de bienes no inventariables y material fungible gasto corriente.
Una cuantía máxima de 12.000,00 euros destinados a la contratación de personal gasto corriente, con efectos de 1 de junio a 31 de diciembre de 2020, con una dedicación laboral semanal de treinta horas. Dicho personal, deberá disponer de titulación como Técnico/a en Educación Infantil u homóloga.
C PROGRAMAS DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES.
-Beneficiarios: Ayuntamientos de Municipios con población inferior a mil habitantes.
-Actividad y gasto subvencionable: Programas municipales de actividades extraescolares desarrolladas en horario extraescolar vespertino, con los objetivos de favorecer la convivencia y adquirir destrezas de trabajo en equipo gasto corriente.
2.-SERVICIOS RELACIONADOS CON EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO.
A OBRAS DE MEJORA O ACONDICIONAMIENTO DE INMUEBLES HABILITADOS COMO CLUBES DE PERSONAS MAYORES.
-Beneficiarios: Ayuntamientos de Municipios con población inferior a diez mil habitantes, que ostenten la titularidad de inmuebles habilitados con dicha finalidad.
-Actividades y gastos subvencionables: Atención de los gastos derivados de la ejecución de obras de acondicionamiento y mejora de inmuebles habilitados como Clubes de Personas Mayores gastos de inversión. El objeto de los gastos de inversión correspondientes a la presente modalidad, deberá disponer de la previa propuesta documentalmente emitida por la Junta Directiva de la entidad asociativa de Jubilados y Pensionistas concesionaria del uso del inmueble.
B INICIATIVAS ENVEJECIMIENTO ACTIVO.
-Beneficiarios: Ayuntamientos de Municipios con población inferior a diez mil habitantes.
-Actividades y gastos subvencionables. Articulación de Programas de dinamización y actividades culturales destinadas a personas mayores y/o intergeneracionales gasto corriente.

-Beneficiarios: Ayuntamientos de Municipios en riesgo de despoblación con población inferior a mil 1.000 habitantes, ubicados en zonas de prioridad demográfica, por concurrir en los mismos factores de elevado riesgo de despoblación escasa densidad demográfica, elevado índice de envejecimiento, bajo indice de natalidad y pérdida de población, podrán acceder a subvención económica, destinada a la articulación de iniciativas locales, de entre las incluidas en el Documento de Acción elaborado por la Comisión de Despoblación de la Federación Española de Municipios y Provincias, y preferentemente vinculadas con las siguientes actividades cuyos gastos, en todo caso, serán considerados CORRIENTES:
Ayudas especiales a la natalidad.
Planes de acogida e integración a la población inmigrante extranjera, y, en su caso, de acogida a población refugiada.
Gestión de bolsas de viviendas.
4.- PROGRAMAS DE TRANSPORTE DE PERSONAS
-Beneficiarios: Ayuntamientos de Municipios con población inferior a cinco mil habitantes.
-Actividades y gastos subvencionables gasto corriente: Prestar servicios de ámbito municipal o supramunicipal de transporte de personas, destinados al acceso a servicios a la ciudadanía que, en razón de su edad, dolencia o situación personal o familiar no dispongan de medios de transporte.
-Modalidades:
a Contratación de servicio discrecional en taxi, preferentemente destinado al acceso a servicios hospitalarios.

CVE: 20200300340054

3.- INICIATIVAS LOCALES CONTRA LA DESPOBLACIÓN.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 19/3/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaysEspagne

Date19/03/2020

Page count84

Edition count4559

Première édition20/01/2011

Dernière édition11/07/2024

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